ORDENANZA N°4842
VISTO Y CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 1.079 corresponde a este Concejo Deliberante la fijación del importe de las Dietas y Compensación Funcional de los Señores concejales y la fijación de la remuneración del Señor Intendente Municipal y demás Autoridades, Funcionarios, Personal que revista en cargos políticos y Personal Fuera de Nivel. –
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo Nº1: Fijase la remuneración mensual del Sr. Intendente Municipal a partir del día primero de enero del año dos mil veinticuatro, de la suma resultante de los siguientes ítems.
Dos (2) Sueldos que corresponde a la Asignación de Clase (Sueldo Básico) de un empleado categoría Trece (13) del Escalafón Municipal de General Alvear, con valores al mes de Diciembre del Ejercicio anterior, quedando sujeto a los incrementos correspondientes a la Paritaria Municipal de General Alvear correspondiente al año vigente; más los siguientes adicionales:
- Título Universitario 69,91% (Sesenta y Nueve con Noventa y uno por ciento)
- Jerarquización 45% (Cuarenta y Cinco por Ciento)
- Responsabilidad Fiscal 100% (Cien por Ciento)
- Mayor Dedicación 85% (Ochenta y Cinco por Ciento)
Del mencionado importe el Setenta por Ciento (70%) constituye el sueldo básico y el treinta por ciento (30%) restante Compensación Funcional.
Artículo Nº2: Fijase la dieta del Señor presidente del Honorable Concejo Deliberante a partir del primero de enero del año dos mil veinticuatro en un importe equivalente al setenta y cinco por ciento (75%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. Del mencionado importe el setenta por ciento (70%) constituye básico y el treinta por ciento (30%) restante Compensación Funcional. –
Artículo Nº3: Fijase la Dieta de los Señores concejales a partir del primero de enero del año dos mil veinticuatro en un importe equivalente al setenta por ciento (70%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. Del mencionado importe el setenta por ciento (70%) constituye básico y el treinta por ciento (30%) restante Compensación Funcional. –
Artículo Nº4: Fijase la remuneración del Señor secretario de Gobierno, del Señor
Secretario de Hacienda y Administración, del Señor secretario de Obras y Servicios Públicos, del Señor secretario de Desarrollo y Promoción Departamental, Señor secretario de Desarrollo Humano y del Señor Juez Adm. Municipal de Transito a partir del primero de enero del año dos mil veinticuatro en un importe equivalente al setenta por ciento (70%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. Del mencionado importe el setenta por ciento (70%) constituye básico y el treinta por ciento (30%) restante Compensación Funcional. –
Artículo Nº5: Fijase la remuneración de los funcionarios y demás personal que revista en cargos políticos en el Departamento Ejecutivo Municipal y en el Honorable Concejo Deliberante a partir del primero de enero del año dos mil veinticuatro en la forma que se detalla a continuación:
- Secretario Privado Intendencia: Cuarenta y Cinco por ciento (45%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Director de Comunicación Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Director de Defensa Civil Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Director Asuntos Jurídicos (Abogado) Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Encargado de Ceremonial y Protocolo Cuarenta y cinco por ciento (45%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Director de Transito: Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Director de Recursos Humanos Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Asesor Técnico en Seguridad e Higiene Laboral (Prof.Univ./Terc.) Cuarenta y cinco por ciento (45%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Director de Deportes, Actividad Física y Recreación Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Asesor de Gestión Deportiva: Cuarenta y cinco por ciento (45%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Director de Cultura: Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Director de Educación: Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Delegado Municipal de Bowen: Cincuenta y siete por ciento (57%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Delegado Municipal de San Pedro del Atuel Cincuenta y siete por ciento (57%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Delegado Municipal Alvear Oeste Cincuenta y siete por ciento (57%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Contador General. (CPN) Sesenta y cinco por ciento (65%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Director de Rentas Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Director de Servicios Públicos Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Director de Obras Públicas y Privadas: Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Director de Hábitat Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Asesor en Medio Ambiente: Cuarenta y cinco por ciento (45%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Director de Innovacion, Agricultura, Ganadería y Faena Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Director de Turismo Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Director de Inspección General Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Asesor Técnico en Turismo (Prof.Univ./Terc.) Cuarenta y cinco por ciento (45%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Director de Familias Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Director de Contingencias Sociales Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Asesor de la Mujer y Desarrollo de las Familias Cuarenta y Cinco (45%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Asesor de Juventud: Cuarenta y cinco por ciento (45%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Asesor para Personas con Discapacidad Cuarenta y cinco por ciento (45%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Secretario Honorable Concejo Deliberante Sesenta y uno (61%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Sub-Secretario Honorable Concejo Deliberante Cincuenta y siete por ciento (57%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Secretario de Sala de Comisiones H.C.D. Cincuenta y cuatro por ciento ( 54%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Secretarios de Bloque H.C.D. Cincuenta por ciento (50%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Encargada de Computación H.C.D. Cuarenta y cinco por ciento (45%) de la
remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Secretaria Administrativa y Técnica H.C.D. Cuarenta y tres por ciento (43%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Jefe de Prensa y Difusión H.C.D. Cuarenta y tres por ciento (43%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Asesor Legal H.C.D. (Abogado) Cuarenta y cinco por ciento (45%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Asesor de Bloque Cuarenta y uno por ciento (41%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Secretario Adm. Juzgado Mpal.de Transito (Abogado) Sesenta (60%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
- Pro Secretario Administrativo Mpal.de Transito (Abogado) Cincuenta por ciento (50%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.
Artículo Nº6: Dejase establecido que ningún funcionario que revista en cargos políticos y Fuera de Nivel, percibirá el adicional por antigüedad ni podrán percibir la asignación por función jerárquica y ningún otro beneficio salarial que rija para el personal escalafonado, salvo los que específicamente se establezcan en la presente Ordenanza.
Artículo Nº7: Comuníquese, Publíquese y Dese al D.M.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.