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Remuneración Fuera de Nivel 2024

ORDENANZA N°4842

VISTO Y CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 1.079 corresponde a este Concejo Deliberante la fijación del importe de las Dietas y Compensación Funcional de los Señores concejales y la fijación de la remuneración del Señor Intendente Municipal y demás Autoridades, Funcionarios, Personal que revista en cargos políticos y Personal Fuera de Nivel. – 

POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:  

ORDENANZA   

Artículo Nº1:  Fijase la remuneración mensual del Sr. Intendente Municipal a partir del día primero de enero del año dos mil veinticuatro, de la suma resultante de los siguientes ítems. 

Dos (2) Sueldos que corresponde a la Asignación de Clase (Sueldo Básico) de un empleado categoría Trece (13) del Escalafón Municipal de General Alvear, con valores al mes de Diciembre del Ejercicio anterior, quedando sujeto a los incrementos correspondientes a la Paritaria Municipal de General Alvear correspondiente al año vigente; más los siguientes adicionales: 

  • Título Universitario    69,91% (Sesenta y Nueve con Noventa y uno por ciento) 
  • Jerarquización                      45% (Cuarenta y Cinco por Ciento) 
  • Responsabilidad Fiscal                            100% (Cien por Ciento) 
  • Mayor Dedicación                 85% (Ochenta y Cinco por Ciento) 

Del mencionado importe el Setenta por Ciento (70%) constituye el sueldo básico y el treinta por ciento (30%) restante Compensación Funcional. 

Artículo Nº2:  Fijase la dieta del Señor presidente del Honorable Concejo Deliberante a partir del primero de enero del año dos mil veinticuatro en un importe equivalente al setenta y cinco por ciento (75%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. Del mencionado importe el setenta por ciento (70%) constituye básico y el treinta por ciento (30%) restante Compensación Funcional. – 

Artículo Nº3:  Fijase la Dieta de los Señores concejales a partir del primero de enero del año dos mil veinticuatro en un importe equivalente al setenta por ciento (70%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. Del mencionado importe el setenta por ciento (70%) constituye básico y el treinta por ciento (30%) restante Compensación Funcional. – 

Artículo Nº4:             Fijase la remuneración del Señor secretario de Gobierno, del Señor 

Secretario de Hacienda y Administración, del Señor secretario de Obras y Servicios Públicos, del Señor secretario de Desarrollo y Promoción Departamental, Señor secretario de Desarrollo Humano y del Señor Juez Adm. Municipal de Transito a partir del primero de enero del año dos mil veinticuatro en un importe equivalente al setenta por ciento   (70%)   de  la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. Del mencionado importe el setenta por ciento (70%) constituye básico y el treinta por ciento (30%) restante Compensación Funcional. –  

Artículo Nº5: Fijase la remuneración de los funcionarios y demás personal que revista en cargos políticos en el Departamento Ejecutivo Municipal y en el Honorable Concejo Deliberante a partir del primero de enero del año dos mil veinticuatro en la forma que se detalla a continuación: 

  1. Secretario Privado Intendencia: Cuarenta y Cinco por ciento (45%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. 
  2. Director de Comunicación Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. 
  3. Director de Defensa Civil Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. 
  4. Director Asuntos Jurídicos (Abogado) Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.     
  5. Encargado de Ceremonial y Protocolo Cuarenta y cinco por ciento (45%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. 
  6. Director de Transito: Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. 
  7. Director de Recursos Humanos Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. 
  8. Asesor Técnico en Seguridad e Higiene Laboral (Prof.Univ./Terc.) Cuarenta y cinco por ciento (45%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. 
  9. Director de Deportes, Actividad Física y Recreación Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. 
  10. Asesor de Gestión Deportiva: Cuarenta y cinco por ciento (45%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. 
  11. Director de Cultura: Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. 
  12. Director de Educación: Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. 
  13. Delegado Municipal de Bowen: Cincuenta y siete por ciento (57%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.            
  14. Delegado Municipal de San Pedro del Atuel Cincuenta y siete por ciento (57%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. 
  15. Delegado Municipal Alvear Oeste Cincuenta y siete por ciento (57%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. 
  16. Contador General. (CPN) Sesenta y cinco por ciento (65%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.                   
  17. Director de Rentas Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.    
  18. Director de Servicios Públicos Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. 
  19. Director de Obras Públicas y Privadas: Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. 
  20. Director de Hábitat Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. 
  21. Asesor en Medio Ambiente: Cuarenta y cinco por ciento (45%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. 
  22. Director de Innovacion, Agricultura, Ganadería y Faena Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. 
  23. Director de Turismo Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. 
  24. Director de Inspección General Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. 
  25. Asesor Técnico en Turismo (Prof.Univ./Terc.) Cuarenta y cinco por ciento (45%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. 
  26. Director de Familias Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. 
  27. Director de Contingencias Sociales Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. 
  28. Asesor de la Mujer y Desarrollo de las Familias Cuarenta y Cinco (45%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. 
  29. Asesor de Juventud: Cuarenta y cinco por ciento (45%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. 
  30. Asesor para Personas con Discapacidad Cuarenta y cinco por ciento (45%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. 
  31. Secretario Honorable Concejo Deliberante Sesenta y uno (61%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.                        
  32. Sub-Secretario Honorable Concejo Deliberante Cincuenta y siete por ciento (57%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.             
  33. Secretario de Sala de Comisiones H.C.D. Cincuenta y cuatro por ciento ( 54%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. 
  34. Secretarios de Bloque H.C.D. Cincuenta por ciento (50%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.         
  35. Encargada de Computación H.C.D. Cuarenta y cinco por ciento (45%) de la 

remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.                                            

  • Secretaria Administrativa y Técnica H.C.D. Cuarenta y tres por ciento (43%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. 
  • Jefe de Prensa y Difusión H.C.D. Cuarenta y tres por ciento (43%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. 
  • Asesor Legal H.C.D. (Abogado) Cuarenta y cinco por ciento (45%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. 
  • Asesor de Bloque Cuarenta y uno por ciento (41%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.                
  • Secretario Adm. Juzgado Mpal.de Transito (Abogado) Sesenta (60%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.    
  • Pro Secretario Administrativo Mpal.de Transito (Abogado) Cincuenta por ciento (50%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. 

Artículo Nº6: Dejase establecido que ningún funcionario que revista en cargos políticos y Fuera de Nivel, percibirá el adicional por antigüedad ni podrán percibir la asignación por función jerárquica y ningún otro beneficio salarial que rija para el personal escalafonado, salvo los que específicamente se establezcan en la presente Ordenanza. 

Artículo Nº7:  Comuníquese, Publíquese y Dese al D.M.- 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE  LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.