R E S O L U C I O N 5724-26
VISTO: El Ex-2026-03355318- -GDEMZA-HCD#ALVEAR por el cual se Solicita Regularización Prestaciones OSEP, y;
CONSIDERANDO: La necesidad de tomas posición sobre la situación de OSEP (Obra Social de Empleados Públicos).
Que es fundamental para los vecinos de nuestro departamento que este Honorable Concejo Deliberante exprese su preocupación por la situación actual de la Obra Social de Empleados Públicos (OSEP) y manifieste su voluntad de que el Poder Ejecutivo Provincial adopte medidas concretas orientadas a mejorar la calidad, accesibilidad y equidad territorial de las prestaciones de salud brindadas a sus afiliados y afiliadas.
Que, en este sentido, resulta necesario promover instancias de participación que permitan relevar las demandas reales de los usuarios del sistema, así como también avanzar en la ampliación y descentralización de servicios esenciales de salud, especialmente en los departamentos donde se registran mayores dificultades de acceso.
Que este hecho es de suma relevancia, no solo por la situación de la obra social per se y las condiciones de sus trabajadores y trabajadoras, sino que, su principal consecuencia es la vulneración concreta del derecho humano del acceso a la salud de miles de trabajadores y trabajadoras.
Que cabe destacar que desde el año 1994 forman parte de nuestro sistema normativo con jerarquía constitucional convenciones internacionales que contemplan como derecho humano el acceso a la salud, como es el caso de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica) que en su artículo cuarto dice que “Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción”.
Que la Declaración Americana de los derechos y Deberes del Hombre expresa en su artículo 11 que “toda persona tiene derecho a que su salud sea preservada por medidas sanitarias y sociales, relativas a la alimentación, el vestido, la vivienda y la asistencia médica (…)”.
Que si observamos a OSEP en el marco de la normativa nacional este se encuentra regulado por: la ley 26.660 (Ley de Obras Sociales), junto con la ley 23.661 (Sistema Nacional del Seguro de Salud) que en su primer artículo estipula que se creará el Sistema Nacional del Seguro de Salud: “a efectos de procurar el pleno goce del derecho a la salud para todos los habitantes del país sin discriminación social, económica, cultural o geográfica”.
Que a pesar de ser acompañados y acompañadas de un gran respaldo normativo, los y las afiliados y afiliadas de OSEP se encuentran hoy frente a una suerte de desuetudo jurídico en detrimento de su derecho humano fundamental, que es la salud.
Que la obra social atraviesa una frágil situación y la muestra de ello son los titulares constantes que describen, explican e informan respecto del mal funcionamiento de OSEP, escenario que se ha visto profundamente exacerbado en estos últimos años.
Que algunos titulares que dan cuenta de esta realidad pueden ser los publicados por el Diario del Sol el 8 de marzo del corriente año, dónde afirma que: “Radiografía de la crisis en OSEP: deuda millonaria y aumento en los atrasos en los pagos a prestadores”, o bien la realidad que describe el titular del diario Mendoza Today: “Entre el aval judicial y la crisis de servicios: el complejo momento que atraviesa OSEP” (Nota publicada el 19 de febrero del 2026).
Que OSEP no está garantizando los servicios básicos de salud en todos los departamentos, principalmente quienes viven fuera del Gran Mendoza, obligando a los y las afiliados y afiliadas, a que deban trasladarse largos trayectos para acceder a la salud o en su defecto, se encuentren “rehenes” de los prestadores privados, vulnerando su derecho de acceso a la salud.
Que es fundamental para garantizar la salud de los y las alvearenses que este proyecto sea acompañado por la totalidad de los ediles de este cuerpo en defensa del derecho humano fundamental que significa el acceso a la salud de miles de trabajadores y trabajadoras de la provincia de Mendoza.-
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones:
R E S U E L V E
ARTICULO 1º).- Solicitar al Poder Ejecutivo Provincial, a la Legislatura Provincial y al Directorio de OSEP, regularicen las prestaciones por parte de OSEP en tratamientos oncológicos y en la entrega de medicamentos necesarios para los mismos.-
ARTICULO 2°).- Solicitarle al Gobierno de la Provincia que a través de OSEP promueva la creación de un órgano consultivo participativo en el ámbito de la misma, con el objetivo de relevar demandas de los afiliados y afiliadas, mejorar las prestaciones y fortalecer la transparencia y el control social del sistema.-
ARTICULO 3º).- Instar al Poder Ejecutivo Provincial de Mendoza a través de la OSEP implemente en el departamento el acceso efectivo a prestaciones esenciales de salud, en particular:
• Atención primaria.
• Pediatría.
• Urgencias y emergencias.
• Vacunación.
• Controles prenatales.
• Provisión de medicación crónica indispensable.
• Servicio de diagnóstico.
• Servicio de rehabilitación.
• Salud mental.
• Odontología.
• Todas las prestaciones que resulten necesarias para evitar traslados innecesarios y garantizar el acceso equitativo a la salud.-
ARTICULO 4°).- Solicitarle al Gobierno de la Provincia de Mendoza en caso de que sea imposible asegurar en el departamento alguno de los servicios de salud ut supra mencionados por parte de la OSEP, sea responsabilidad de la misma la firma de los convenios correspondientes con prestadores privados locales, para que los afiliados y afiliadas puedan acceder a los servicios sin costo alguno.-
ARTICULO 5º).– Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS.