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S/ Política Ambiental Departamental

O R D E N A N Z A 3353

VISTO: El Expte. HCD 6051/06, por el cual se S/ Política Ambiental Departamental; y,

CONSIDERANDO: Lo dispuesto en la Ordenanza Nº 3316 – Política Ambiental.

La importancia y preponderancia que día a día adquiere la proble-mática relacionada con el Ambiente.

Que como se expresa en la Ordenanza 3316, resulta imprescindible para el Municipio y por ende para toda la comunidad, llevar adelante las acciones integrales que se vinculan con el Ambiente y el Desarrollo.

Que a fin de llevar adelante los principios para la preservación, conservación, defensa y mejoramiento del Ambiente de Gral. Alvear, se estima pertinente, útil y necesario crear los Instr.-mentos legales idóneos para avanzar con la implementación de una Política de Estado acorde a las circunstancias actuales, con el desarrollo sustentable y defensa del ambiente.

Que el Art. 5º de la Ordenanza 3316, creó cargos en la planta permanente, no así de carácter político o fuera de nivel que conduzcan la política ambiental.

Que en ese marco, se considera oportuno la creación de un cargo, de carácter político, fuera de nivel, como responsable de la Ges-tión Ambiental en el Departamento, dentro del ámbito del D.E. Municipal, dependiendo funcional y jerárquico de la Secretaría de Promoción y Desarrollo Departamental, con la remuneración previs-ta para las otras Direcciones existentes en la Comuna.

Que en tal sentido, se impone la necesidad de modificar la Ordenanza Nº 3316, disponiendo el agregado de una Art., 4º Bis, en el que se crea la Dirección de Gestión Ambiental, cuyas funciones y atribuciones serán las expresadas en su totalidad e integridad en la mencionada Ordenanza.-

Continuación Ordenanza 3353 (Hoja Nº 2)

POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º).- Agrégase el Art. 4º Bis en la Ordenanza Nº 3316, el cual deberá decir: “… Créase en el Ámbito Municipal, el cargo de “Director de Gestión Ambiental”, de carácter político, fuera de nivel. La remuneración de dicho cargo será el cincuenta y cinco por ciento (55%) de la prevista para el Intendente Municipal. A tal efecto, se faculta al D.E. Municipal a realizar las modificaciones presupuestarias pertinentes, tendientes a dar cumplimiento de lo dispuesto en el presente Art. El cargo político de “Director de Gestión Ambiental”, dependerá funcional y jerárquicamente dentro del ámbito del D.E. Municipal, de la Secretaría de Promoción y Desarrollo Departamental.-

ARTICULO 2º).- Modifíquese el Inc. g) del Art. 6º de la Ordenanza Nº 3316 el que dirá: “… Elaborar criterios de ordenamiento territorial y de usos del suelo en conjunto con la Subdirección de Planeamiento, para actualizar las normativas vigentes…”.-

ARTICULO 3º).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL SEIS.- – – – – – – – – – – – – – – – – – – –

Fdo. JOSÉ LUIS GÓMEZ Dr. CARLOS R. ROSA
Sub-Secretario Presidente

GRAL. ALVEAR, 5 de diciembre de 2006.-

POR TANTO: Téngase por Ordenanza Municipal N° 3353.-

Comuníquese, publíquese y dése al D.M.

DR. JUAN CARLOS MARTÍNEZ Ing. JUAN CARLOS DE PAOLO
Secretario de Gobierno Intendente Municipal