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S/Régimen Nominaciones de Calles

ORDENANZA Nº 3356.-

VISTO: El Expte. HCD 6166/06, por el cual se S/Régimen Nomi-naciones de Calles; y,

CONSIDERANDO: La falta de un régimen para denominar las calles y lugares públicos que refleje los valores de los protagonistas de la historia del Departamento de General Alvear.

Que al reivindicar y homenajear a aquellos hombres y mujeres a través de la imposición de sus nombres en calles y/o espacios públicos, de acuerdo a las atribuciones y competencias de este Consejo Deliberante, debe ser una forma de recuperar la historia verdadera de los hacedores de nuestro Departamento.-
Que el Archivo de Patrimonio Municipal, es el lugar indicado para contar con un régimen de nombres con sus respectivas biografías y antecedentes que lo hacen merecedor del homenaje y reconocimiento de que su nombre figure en algún lugar público.
Que para contar con un criterio uniforme y dentro de un marco de igualdad y coherencia, es necesario establecer una antigüedad de
fallecida, la persona que se intenta homenajear.-
Que además, es necesario establecer que aquellos nombres propuse-tos, dicha persona no haya sido contrario a la democracia ni que hayan participado en hechos en contra de los derechos humanos.-

POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de General Alvear, Mendoza, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1° – Establécese en el Ámbito del Departamento de General Alvear, un Régimen de Ordenamiento para las Denominacio-nes de Calles y Espacios Públicos.-

ARTICULO 2° – El D.E. Municipal, reglamentará la presente Ordenanza a través del Archivo de Patrimonio Departamental Municipal, en un plazo no mayor de 30 (treinta) días de promulgada la presente, la cual será ad-referendum de éste Concejo Deliberante para su aprobación.-

ARTICULO 3º – El D. E. Municipal deberá tener en cuenta para su reglamentación, lo siguiente:
– Creación de un registro de nombres de personas con sus respectivas biografías y antecedentes históricos verdaderos como Ciudadano de General Alvear.
– Los nombres a registrarse tiene que ser de Personas Físicas (alguien destacado) como habitantes, con más de 3 (tres) años de fallecido.-
– No deben ser Personas Físicas que hayan sido contrario a la democracia ni haber sido, partícipe de hechos que hayan atentado contra los derechos humanos.-

ARTICULO 4º – Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MZA.; A LOS

GRAL. ALVEAR, 5 de diciembre de 2006.-

POR TANTO: Téngase por Ordenanza Municipal N° 3356.-

Comuníquese, publíquese y dése al D.M.

DR. JUAN CARLOS MARTÍNEZ Ing. JUAN CARLOS DE PAOLO
Secretario de Gobierno Intendente Municipal