O R D E N A N Z A 2537
VISTO: El Expte. HCD 2920/98, por el cual se S/ Reglamentar Ordenanza Nº 2420, y;
CONSIDERANDO: Que el Art. 1º de la Ordenanza Nº 2420, establece; un Reconocimiento a los Profesionales por sus trayectorias en el Arte de Curar dentro del ámbito del Departamento de General Alvear.
Que este Honorable Concejo Deliberante, para el cumplimiento de la Ordenanza mencionada establece, la siguiente Reglamentación.-
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.;
en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º).- Reglamentación para el Reconocimiento a los Profesionales de la medicina, estipulado por Ordenanza Nº 2420, a saber:
Condiciones Exigidas:
a – Tener más de 50 años de edad.
b – Manifestar actitudes ejemplificadora y de solidaridad con el prójimo a través de su actuación personal.
c – Revistar en situación pasiva o con efectiva prestación de servicio en el área de la Medicina en el Departamento.
Llamado
– Se solicitará a todas las instituciones privadas o públicas, relacionadas con el área de la salud la nominación de una o dos personas para reconocerlas por su trayectoria; dentro del ámbito del Departamento de General Alvear.
– El llamado público o la comunicación escrita la realizará la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante todos los primeros días de los meses de octubre.
– Las instituciones deberán acompañar con la nominación; los antecedentes profesionales y datos personales.
Jurado
– La selección del profesional médico para cumplimentar con el Art. 1º de la Ordenanza Nº 2420 lo realizará la Comisión de Salud del Honorable Concejo Deliberante.
Continuación Ordenanza 2537 (Hoja Nº 2)
Entrega de Premios
A – Se realizará los días 3 de Diciembre de todos los años en el recinto del Honorable Concejo Deliberante.
B – La entrega la efectuará él/la galardonado/a del año anterior; y en caso de ausencia; él/las persona/s que el Honorable Concejo Deliberante designe.
C – La mención consistirá en plato/plaqueta, etc., que el Honorable Concejo Deliberante convenga oportunamente.
D – El día previsto se leerán los postulantes con sus curriculum vitaes, el ganador y la Ordenanza Nº 2420.
E – Se dará la publicidad previa correspondiente.-
ARTICULO 2º).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE ABRIL DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.- – – – – – – – – – – – – – – – – –
RICARDO GIORDANO Cdor. EDUARDO BORGNA
Secretario Presidente
GRAL. ALVEAR, 23 de abril de 1999.-
POR TANTO: Téngase por Ordenanza Municipal Nº 2537.-
Comuníquese, Publíquese y dése al D.M.-
Cdor. RUBEN A. NARPE Cdor. JORGE RUIZ
Secretario de Gobierno Intendente Municipal