Se dona a la A.F.I.P., una fracción de terreno de propiedad de la Municipalidad de General Alvear

O R D E N A N Z A 3359

VISTO: El Expte. HCD 6223/06, por el cual la A.F.I.P. S/ Modificación Ordenanza Nº 2804; y,

CONSIDERANDO: Lo establecido mediante la Ordenanza Nº 2804, por la cual se dona a la A.F.I.P., una fracción de terreno de propiedad de la Municipalidad de General Alvear.

Que en la mencionada donación, se establecía la construcción de un edificio para el funcionamiento de la A.F.I.P. y de la Dirección General de Aduanas.

Que en la Ordenanza 2804 se establece que, además de las direcciones mencionadas precedentemente, también se incluía a la Delegación del Instituto Nacional de Vitivinicultura.

Que en nota de fecha 13 de diciembre de 2006, la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.), solicita la modificación de la citada Ordenanza.

Que la modificación consiste en que se extraiga de los considerandos (3º y 8º párrafo) y del Art. 2º a la Delegación del Instituto Nacional de Vitivinicultura, ya que no forma parte de la fusión de las Direcciones Generales de Impositiva y de Aduanas.-

POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º).- Elimínase de los considerandos de la Ordenanza Nº 2804 lo siguientes: “… una Delegación del I.N.V. …”.-

ARTICULO 2º).- Modifícase el Art. 2º de la Ordenanza Nº 2804, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“… La A.F.I.P. deberá, en un plazo no mayor de 15 (quince) años a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, construir en el inmueble detallado un edificio para el funcionamiento de una Delegación en ésta Ciudad de General Alvear, (Mza.) de A.F.I.P. y de Aduana …”.-

ARTICULO 3º).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL SEIS.- – – – – – – – – – – – – – – – – – – –