O R D E N A N Z A Nº 2108
VISTO: El Expte. HCD 1962/95, por el cual se solicita al D.E. Mayor Control del Medio Ambiente, y;
CONSIDERANDO: Que día a día la naturaleza se ve amenazada por una mayor industrialización de los Países y es por ello que los problemas ecológicos han sido materia de preocupación en el Viejo Mundo y en los Estados Unidos desde hace más de tres décadas.-
Que en 1987 fué elaborado el informe de la Comisión Brundtland o informe de la Comisión Mundial de Medio Ambiente y Desarrollo, que se denominó (Nuestro Futuro común), aprobado por las Naciones unidas.-
Que a partir de dicho informe se amplió la discusión a nivel mundial del desarrollo sustentable: la armonización entre el crecimiento económico y preservación de los recursos naturales mediante actividades cualitativas y cuantitativas dirigidas en función del hoy y de las futuras generaciones humanas, que así garantizarán un auténtico desarrollo, el desarrollo compatible con el medio ambiente.-
Que el referido informe centra su discusión sobre medio ambiente y desarrollo en la salud.-
Que los agentes biológicos y contaminantes químicos que están en el aire, el suelo y la alimentación llevan a causar la muerte prematura de millones de personas, la mayoría lactantes y niños, como así la mala salud o la incapacidad de otros cientos de millones.-
Que la organización Mundial define a la Salud: (Como un estado completo de bienestar físico, mental y social y no la ausencia de enfermedades o debilidades).-
Que la salud humana depende de la capacidad de la sociedad para mejorar la integración entre las actividades humanas y el medio ambiente físico y ecológico, de forma tal que sea una salvaguarda y promoción de la salud, pero que no amenacen la integridad de los sistemas naturales de los cuales depende el medio ambiente físico y biológico, de modo entonces que la administración de los intereses locales, la salud e higiene pública imponen un control para evitar los problemas del medio ambiente; la contaminación de toda actividad, obra en establecimientos insalubres peligrosos, a efectos de evitar que rebalsen los límites de impurezas mundialmente aceptados.-
Que se deben establecer controles y proteger la contaminación de la atmósfera, del medio acuático, del suelo, la flora, la fauna, los efectos de una obra sobre el paisaje, de procesos erosivos, de alteraciones en curso de agua y/o su caudal, en síntesis sobre el suelo, subsuelo, flora, fauna, recursos hídricos, etc.-
Que a efectos de extender el control a obras ya realizadas o a realizarse, co l fin de mitigar el Impacto Ambiental o elaborar evoluciones y pronósticos en el proceso de análisis en la construcción y operación o puesta en marcha deberá actuar la Comuna de General Alvear.-
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de General Alvear, Mendoza, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º – El D.E. deberá incluir en los lineamientos establecidos en el Código Tributario, Ordenanza Tributaria y Ordenanza Tarifaria que rigen la Municipalidad de General Alvear las siguientes disposiciones:
EL D.E. MUNICIPAL TENDRA LA FACULTAD DE INSPECCIONAR Y CONTROLAR LAS SIGUIENTES ACTIVIDADES: OBRAS, LOCALES, ESTABLECIMIENTOS IN-SALUBRES PELIGROSOS PARA LA CONTAMINACION DEL AIRE, AGUA, SUELO, FLORA, FAUNA U OTROS EFECTOS NOCIVOS O POTENCIALMENTE NOCIVOS PARA EL MEDIO AMBIENTE Y ECOSISTEMA DEL DEPARTAMENTO DE GENERAL ALVEAR, BAJO LAS SIGUIENTES PAUTAS:
A) Control de residuos industriales orgánicos e inorgánicos (me-tales pesados, cromo, cadmio, plomo, radón, compuestos orgánicos, fosforados y clorados, silicios, etc); grasas aceites, materiales radiactivos, plásticos, agroquímicos, residuos pato-lógicos; comprenden todos los afluentes líquidos y sólidos que pueden ser fuentes de contaminantes.-
B) Control de gases, (fuentes quemadores de combustibles y válvulas de seguridad), residuales y no residuales, generación de electricidad, combustión para calefacción y refrigeración, otras; descarga a la atmósfera de afluentes industriales gaseosos transporten o no elementos sólidos, líquidos y/o calor u otra forma de energía; radiación ionizante, ruidos, alteración de campos electromagnéticos, ondas, hiperfrecuencia o microondas, etc.-
C) Control de cumplimiento de normas tendientes a evitar y/o minimizar el Impacto Ambiental que pudiera originar la construcción, habilitación, operación, etc., de obras públicas o privadas en el Departamento de General Alvear.-
D) Control de recomposición del medio ambiente y/o ecosistema afectados con las obras previstas en el Inciso anterior.-
E) Las actividades descriptas en los Incisos A y B serán gravadas de la siguiente forma:
1) Empresas, establecimientos, actividades de pequeño y mediano giro, abonarán anualmente por esta Tasa, el equivalente al 50% de la Tasa Anual de Comercio e Industria que le corresponda abonar, según clasificación efectuada.-
2) Empresas, establecimientos, actividades de mayor volumen y giro industrial y comercial abonarán por esta Tasa, el equivalente al 80% de la Tasa Anual de Comercio e Industria que le corresponda abonar, según clasificación efectuada.-
Para las imposiciones correspondientes a los puntos 1 y 2 el D.E. queda autorizado a dividir el Aforo en la cantidad de cuotas que se determine para las Tasas de Comercio e Industria e incluir el importe en las boletas de las mismas.-
3) Los hechos imponibles indicados enunciativamente en los Incisos C y D, pagarán por día una Tasa cuyo Aforo se determinará multiplicando un peso por Km. por millones de Mts3 (Metros Cúbicos), transportados por día y será abonado bimestralmente.-
El Aforo mínimo a abonar se determinará sobre la base de cuatro millones de Mts3 por día y por Km
4) Las personas obligadas al pago de la Tasa deberán presentar mensualmente (del 1 al 10 de cada mes), Declaración Jurada sobre los Mts3 transportados por día en el mes anterior.-
ARTICULO 2º – Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR (MENDOZA), A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.———————————————
FDO: RICARDO S. GIORDANO JORGE E. SCHMIDT
Secretario Presidente
GENERAL ALVEAR, 19 de diciembre de 1995.-
POR TANTO: Téngase por Ordenanza Municipal Nº 2108.-
Comuníquese, publíquese y dése al D.M.
FDO.: Cont. RUBEN A. NARPE Cont. JORGE RUIZ
Secretario de Gobierno Intendente Municipal