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Se Solicita Instalación en Plazas Juegos Discapacitados

R E S O L U C I O N 3588-14

VISTO: El Expte. HCD 9357/14, por el cual se Solicita Instalación en Plazas Juegos Discapacitados, y;

CONSIDERANDO: La necesidad de adaptar los juegos de las plazas departamentales a fin de lograr la inclusión de los ciudadanos con capacidades diferentes.

Que las plazas de nuestra Ciudad constituidas en escenarios habituales de niños que acuden a disfrutar del esparcimiento natural que ofrecen estos lugares, los que carecen del juegos o entretenimientos para discapacitados.

Que ante esta realidad y como continuación de esta política social que caracteriza al accionar de este Cuerpo, se hace necesario poner a disposición de la gente menuda discapacitada, los mínimos elementos que les permita disfrutar, al igual que al resto de sus semejantes juegos y comodidades acorde a sus posibilidades.

Que en el marco de esta igualdad, la incorporación propuesta posibilitará resguardarlos de alternativas anormales que pudiere suscitarse del uso de elementos inapropiados y ante los cuales se encuentran poco menos que desprotegidos.

Que la iniciativa tiene como finalidad la posibilidad de adaptar las Plazas del Departamento de General Alvear a la integración de todos los niños independientemente de sus posibilidades naturales, ya que si creemos en la inclusión del niño con capacidades diferentes, debemos fomentar su integración en el espacio de juegos de la plaza.

Que en el Pto. se contemplan modificaciones en las Plazas como la construcción de rampas de acceso, veredas perimetrales y caminos diagonales e internos libres de obstáculos e irregularidades, con indicadores adecuados para bastones blancos, que permitan a los disminuidos visuales el recorrido y con condiciones de accesibilidad para las sillas de ruedas.

Continuación Resolución 3588-14 (Hoja N° 2)

También bancos al borde de las veredas rodeadas de un espacio llano que permita el estacionamiento de sillas de ruedas. Abundantes espacios verdes perfectamente delimitados para el juego recreativo, sin obstáculos de accesibilidad. Además señalización de árboles y plantas en braile, o similar, y en escritura convencional, y de todos los espacios definidos, construcciones y jardines con plantas.

Que se prevé también que en los espacios de recreación esté recubierto en astilla orgánica, material natural, dúctil, inofensivo ante caídas de niños, accesible para cochecitos de bebé y sillas de ruedas. Y como instrumentos recreativos se pondrían areneros, llamados mesas de arenas, con una altura de entre 60 y 70 centímetros, altura promedio para la utilización desde las sillas de ruedas y hamacas especiales con las medidas adecuadas de seguridad. “Solo desde las acciones integradas se puede hablar de una estrategia participativa con dimensiones solidarias y en ese marco considero que no resulta coherente con la inclusión del niño con capacidades diferentes, la imposibilidad o limitación en el uso de los espacios de juego de la plaza, ya que el concepto implica la eliminación de todo tipo de barreras, resultando en consecuencia indispensables realizar adecuaciones sobre los espacios públicos que por su propia condición, deben ser aptos para la utilización y el disfrute por parte de todas las personas”.
Objetivos:
– Instalar en la comunidad una visión inclusiva, referente para iniciativas de nuestros espacios físicos, y de mejora y adaptación de los existentes.
– Estimular el protagonismo de la población con discapacidades, en tanto informantes y promotores claves, en la construcción de una ciudad inclusiva.-

POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones:

R E S U E L V E

ARTICULO 1º).- Solicitar al D.E. Municipal disponga la instalación de juegos y/o entretenimientos para discapacitados en las distintas plazas de nuestro Departamento, en efectivo cumplimiento de lo dispuesto en la Ordenanza N° 3722.-

Continuación Resolución 3588-14 (Hoja N° 3)

ARTICULO 2º).- El D.E. Municipal, determinará a través del área técnica pertinente, la elección e instalación de los juegos y/o entretenimientos conforme a las características de lugar.-

ARTICULO 3°).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MZA.; A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL CATORCE.- – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –