O R D E N A N Z A 3451
VISTO: El Expte. HCD 6183/06, por el cual la Sociedad Española Bowen S/Condonación Deuda, y;
CONSIDERANDO: Que la Comisión Normalizadota de la Sociedad Española de Socorros Mutuos del Distrito de Bowen, solicitan la eximición de deuda y de pagos de Tasas y Servicios Municipales que la misma tiene desde el año 1983 hasta la fecha.
Que la referida deuda surge que dicha institución estuvo inactiva por un período de mas de 20 años, y que la misma se encuentra en proceso de normalización, conforme a la Resolución N º 1529 del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (I.N.A.E.S.).
Que la Sociedad Española de Socorros Mutuos de Bowen, actualmente ha sido reconocida como Centro colaborador de la Embajada de España para realizar todo trámite inherente de los inmigrantes españoles residentes en Argentina.
Que debido a su inactividad, la Comisión Normalizadota debe llevar adelante los trabajos necesarios para dejar en condiciones adecuadas las instalaciones, a fin de realizar el trabajo social que por tantos años venía haciendo la misma en pos de los residentes españoles.
Que para realizar las obras de acondicionamiento necesita tramitar la conexión del servicio de energía eléctrica, conforme a las normas técnicas y legales vigentes, lo que por mantener deuda con el Municipio no puede llevarlo a adelante.
Que en los últimos doce años, las instalaciones fueron utilizadas gratuitamente por el Municipio a través de la Delegación Municipal de Bowen, como depósito de materiales y tareas bajo techo.-
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º).- Exímase de la Deuda por Tasas y Servicios Municipales, al Padrón Municipal Nº 50114-1 cuyo titular es la Sociedad Española de Socorros Mutuos de Bowen, a partir del 1º Trimestre del año 1983 hasta el 6º bimestre del año 2007.-
ARTICULO 2º).- Exímase del Pago por Tasas y Servicios Municipales al Padrón Municipal Nº 50114-1 cuyo titular es la Sociedad Española de Socorros Mutuos de Bowen, a partir de año 2008.-
Continuación Ordenanza 3451 (Hoja Nº 2)
ARTICULO 3º).- Dirección de Rentas Municipal, deberá tomar debida nota en la presente Ordenanza y proceder en consecuencia.-
ARTICULO 4º).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR MENDOZA, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL SIETE.- – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –