R E S O L U C I O N 5053-20
VISTO: El Expte. HCD 12273/20, por el cual se Solicita Adherir Pto. Ley Oncopediátrica, y;
CONSIDERANDO: El Pto. de Ley ingresado bajo Expte. N° 74.765 en la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Mendoza.
Que tal iniciativa presentada por el Senador Marcelo Rubio, que ingresa el 31 de Agosto de 2020 y toma estado parlamentario el 01 de Septiembre de 2020, fue derivado a las Comisiones de Salud, Hacienda y Presupuesto y de Legislación y Asuntos Constitucionales para su estudio y tratamiento.
Que el Pto. de Ley tiene como fin la Creación del Programa Provincial del Cuidado Integral de Niños y Niñas y Adolescentes con Cáncer.
Que la iniciativa se fundamenta en “la necesidad de repensar dicho abordaje y planificar una infraestructura hospitalaria y/o servicio oncológico donde sean tenidos en cuenta especialmente los adolescentes”.
Que además como en toda enfermedad, el diagnóstico y abordaje oportuno mejora el pronóstico del niño/a y adolescentes, disminuyendo la mortalidad precoz, con un tratamiento menos intenso y con menos complicaciones pudiendo, a la vez, disminuir las secuelas orgánicas y psicológicas.
Que también regula la atención para los adolescentes, “…aquellos comprendidos entre los 15 y los 20 años, ya que si bien son atendidos por oncólogos de adultos, es evidente que deberían ser abordados con criterios pediátricos en lugar de recibir sus tratamientos en servicios pensados para mayores, fundamentalmente porque está comprobado que un tumor no es igual en la niñez, en la adolescencia o en la adultez…”.
Que desde el Departamento de General Alvear, como parte de la Provincia, no está ajeno a este tipo de patologías, donde cada vez que surgen niñas y niños, como adolescentes con cáncer, la comunidad toda se moviliza y solidariza para que la familia de los pacientes que tienen que recibir su tratamiento y atención intensiva.
Que es procedente el adherir a esta iniciativa, como también el de solicitar a los y las Legisladoras Provinciales le den tratamiento y sanción en forma urgente para contar con un programa tan necesario para todos aquellos niños y niñas, y adolescentes de la Provincia de Mendoza.-
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
R E S O L U C I O N
ARTICULO 1º).– Adherir y Solicitar a las Sras. Y Sres. Legisladores de la Provincia de Mendoza, se de tratamiento y sanción al Pto. de Ley de manera urgente que se encuentra bajo el Expte. N° 0000074765, que Crea y Regula el Programa Provincial del Cuidado Integral de Niños y Niñas y Adolescentes con Cáncer.-
ARTICULO 2º).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.