O R D E N A N Z A 4509
VISTO: El Expte. HCD 11467-18, por el cual se Solicita colocación Alarmas Comunitarias, y;
CONSIDERANDO: La necesidad de buscar todas las posibilidades que coadyuven a mejorar la seguridad de los habitantes de nuestro departamento.
Que teniendo en cuenta la predisposición del Departamento Ejecutivo, contribuyendo con la seguridad de los vecinos del Departamento, y la existencia del programa de colocación de “Alarmas Comunitarias” en el vecino Municipio de Godoy Cruz.
Que teniendo en cuenta el aumento permanente de la densidad poblacional de nuestra Comunidad.
Que a su vez, con el objeto de colaborar con las organizaciones civiles fundamentalmente uniones vecinales en la tarea de organizar a los vecinos, dándoles una herramienta útil y a su vez facilitar su implementación y la comodidad de cancelar costos de colocación de este servicio, “por única vez” junto con la boleta de tasas municipales, en forma individual.
Que para fortalecer el programa de Alarmas Comunitarias, se propone crear con el sistema de Prevención y Alerta Comunitaria, ofreciendo alternativas que contribuyan tanto con el vecino como con las organizaciones civiles que los representan.
Que a tal efecto se propone, realizar los actos administrativos pertinentes para que el Departamento Ejecutivo pueda ofrecer a los vecinos, la instalación de nuevas Alarmas Comunitarias; así como también el mantenimiento y reparación de las alarmas que ya están instaladas, o bien la actualización de equipos al nuevo sistema.
Los montos podrán ser cancelados a través de cada patrón y financiado hasta en seis (6) cuotas.
Que para ello será necesario que las organizaciones presenten los listados de los vecinos que estén interesados en incorporarse a este programa y que presenten la documentación pertinente, acreditando la titularidad del inmueble y autorización escrita del cobro de dicho costo a través de la cuenta corriente de su padrón municipal.
Continuación Ordenanza 4509 (Hoja N° 2)
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°).- Crease el Programa de “Sistema de Prevención y Alerta Comunitaria”, destinado a fortalecer la seguridad de los vecinos del departamento de General Alvear, dependiente de la Asesoría de Derechos Humanos.-
ARTICULO 2°).- La Asesoría de Derechos Humanos, deberá informar por escrito a la Dirección de Rentas el listado de padrones afectados a cada conjunto de alarmas comunitarias (mínimo 15 inmuebles), contando con la autorización de los propietarios de los inmuebles (debidamente acreditada y firma expresa de los titulares).-.-
ARTICULO 3°).- Facúltese al Departamento Ejecutivo, para que a través de la Dirección de Rentas, se cobre a través del padrón municipal, la cual podrá ser abonada hasta en 6 cuotas.-
ARTICULO 4°).- Incorpórese dentro de los alcances de la Ordenanza Tarifaria vigente lo dispuesto en la presente pieza legal.-
ARTÍCULO 5°).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.- – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –