O R D E N A N Z A 3810
VISTO: El Expte. HCD 7013-09 por el cual se Solicita Diversidad alimentaria de prestadores de servicio, y;
CONSIDERANDO: La necesidad de generar espacios donde “todos” los vecinos de nuestro departamento y turistas, pueden encontrar un menú adecuado sus problemáticas de salud.
Que existen enfermedades muy comunes entre la población (como hipertensión arterial, diabetes, obesidad, celíacos, enfermedades hepáticas, gastrointestinales) que limita el consumo de alimentos.
Que estas patologías impiden el consumo de los menús que comúnmente se ofrecen en cualquier empresa de servicio gastronómico.
Que el portador de alguna de estas enfermedades, se siente limitado y hasta discriminado de asistir a los lugares normales de expendio de comidas, ya que no se encuentra nada adecuado a sus necesidades.
Que el enfermo celíaco es aquel que sufre de intolerancia a ciertos compuestos alimenticios puede acarrear serios problemas de salud si se ignoran las prohibiciones y no se establece una dieta restrictiva. La celiaquía es una enfermedad crónica e incurable que, una vez detectada, prohíbe el consumo de un elemento muy presente en las comidas que preparamos diariamente: el gluten.
Los Celíacos están sujetos a obligaciones alimenticias que deben respetar de por vida para no tener mayores complicaciones. La ingesta de esta proteína resulta fatal para el intestino delgado del paciente, lesionando la mucosa o recubrimiento interno e impidiendo que los nutrientes sean absorbidos. La función intestinal resulta esencial para nuestro organismo y sin ella estamos expuestos a deficiencias óseas, sanguíneas o nerviosas muy serias.
Que es fundamental la alimentación en la diabetes ya que la insulina provoca que la glucosa se concentre en la sangre, de forma que el cuerpo se ve privado de su principal fuente de energía. Además los altos niveles de glucosa en la sangre pueden dañar los vasos sanguíneos, los riñones y los nervios. No existe una cura para la diabetes. Por lo tanto, el método de cuidad su salud para personas afectadas por este desorden, es controlarlo: mantener los niveles de glucosa en la sangre lo más cercano posible a los normales.
Continuación Ordenanza 3810 (Hoja N° 2)
Que, un buen control de los niveles de azúcar es posible mediante las siguientes medidas básicas: una dieta planificada, actividad física, toma correcta de medicamentos y chequeos frecuentes del nivel de azúcar en la sangre.
Que la hipertensión es una de las enfermedades mas comunes entre los adultos de nuestro país y consiste en una elevación sostenida de los niveles de la presión sanguínea por encima de valores considerados normales. En el tratamiento de la hipertensión, es necesaria una dieta adecuada a las necesidades individuales, con control de sodio y una serie de recomendaciones que orienten a la persona hacia un estilo de vida mas saludable. Cuanto menos sodio contenga la dieta, más fácil será eliminar ese exceso por la orina y así contribuir a normalizar los niveles de tensión arterial. La dieta pobre en sodio, también beneficia a personas que padecen de enfermedad cardiovascular o hepática avanzada con retención de líquidos.
Que la obesidad es un importante problema de salud pública debido a que afecta a un gran porcentaje de la población y, a la vez, condiciona un aumento de la morbilidad y la mortalidad de los individuos que la padecen. Por lo tanto la ingesta de alimentos adecuados y constancia en ello es indispensable para su control.
Que el compartir los momentos de recreación, esparcimiento incluye generalmente la ingesta de alimentos dentro de los restaurantes, bares, resto bar y rosticerías.
Que el padecer alguna de estas enfermedades no debe ser impedimento para disfrutar de un servicio gastronómico, tanto en momentos de recreación como en tiempos de vacaciones.
Que este Honorable Concejo Deliberante brega constantemente por la salud, buenos hábitos alimentario, como así también por la inclusión e igualdad de todos los habitantes de nuestro departamento.
Que los turistas que visiten nuestro departamento podrían encontrar un lugar donde se sientan contenidos a la hora de consumir alimentos por tener como oferta gastronómica, al menos un menú adecuado para las enfermedades mas populares de nuestro país; y que sumándoles las bellezas naturales, la tranquilidad de ser una población con escasa inseguridad podría aumentar las posibilidades de los visitantes.
Que es menester ayudar desde este Concejo, tanto al comerciante como al consumidor a estrechar vínculos entre ellos, satisfaciendo mutuamente sus necesidades.
Continuación Ordenanza 3810 (Hoja N° 3)
Que sería beneficioso para toda la Comunidad el consumo de alimentos saludables, mucho de ellos productos regionales, incentivando así su consumo.-
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza., en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°).- Los Prestadores de Servicios Gastronómicos del Departamento de General Alvear deberán incluir dentro de la oferta habitual de alimentos y bebidas un menú para Celíacos, Diabéticos, Hipertensos y Bajos en calorías.-
ARTICULO 2°).- La Dirección de Inspección General de la Municipalidad de General Alvear deberá poner fehacientemente en conocimiento de los Prestadores de lo dispuesto en la presente Ordenanza en un tiempo no mayor a los Treinta (30) días de promulgada la misma.-
ARTICULO 3º).- La Dirección de Inspección General y las Áreas Municipales pertinentes deberán llevar a cabo las acciones necesarias a los fines de que los prestadores de servicio gastronómico den cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 1° de la presente.-
ARTICULO 4°).- Comuníquese, Publíquese y Dese al D.M.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DOCE. – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –