O R D E N A N Z A 4182
VISTO: El Expte. 6424-“D”-15, por el cual el Departamento de Ordenamiento Territorial Solicita Modificación Ordenanza 3730, y;
CONSIDERANDO: La necesidad de modificar el límite Sur perteneciente al indicador del “Área Complementaria-Zona Urbana de Expanción (ZUE)”; determinado en el Plano 4.1 y 4.3 – Zonificación Área Complementaria – Correspondiente a la Ordenanza N° 3730.
En la actualidad, la división entre Áreas Urbana y Rural está definida por el Eje de Avda. Santa Fe. Quedando así diferentes indicadores en los frentes que conforman la Avda. Santa Fe en ese sector.
Que se considera, modificar de la División por Eje de Calle, aplicando como recurso la norma espejo, para poder incorporar ambos frentes y quedando afectadas en la división todas las parcelas que dan frente a la Avda. Santa Fe.
Que con este recurso nos queda una parte del Área Rural, ubicada en la franja definida por los fondos de las parcelas que dan frente a la Calle Santa Fe (cara Sur) y la vías de Ferrocarril del Ramal Sarmiento que actúa como borde físico.
Que en esta franja quedan fracciones de parcelas y también parcelas completas que no ofrecen valor productivo para pertenecer al Área Rural.
Que el borde que establece la traza del ferrocarril y su área de seguridad, queda constituido como un Borde Urbano que definiría un cierre para el Área Urbana, borde con carácter definitivo para que una hipotética extención no deje este borde incorporado a la trama urbana generando una disfunción en la misma.-
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
Continuación Ordenanza 4182 (Hoja N° 2)
ARTICULO 1°).- Sustitúyase y Modifíquese en Plano 4.1 y 4.3 –Zonificación Área Complementaria; y como consecuencia de ello, Sustitúyase y Modifíquese asimismo el Plano N° 1 de la Ordenanza N° 3730, por los que se adjuntan a la presente Ordenanza como parte integrante de la misma.-
ARTICULO 2°).- Remítase copia de la presente Ordenanza a la Dirección Provincial de Catastro, a fin de que incorpore, dentro de la Cartografía Oficial de la Provincia de Mendoza, la nueva delimitación del Área Complementaria del Departamento de General Alvear, ello conforme lo normado por la Ley 8.501 de Ordenamiento Territorial.-
ARTICULO 3°).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A DOS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE. – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –