Sr. Francisco Oscar Ruiz Solicita Informe

O R D E N A N Z A 4609

VISTO: El Expte. 741-“R”-20, por el cual el Sr. Francisco Oscar Ruiz Solicita Informe, y;

CONSIDERANDO: Que del análisis efectuado por la Comisión de Legislación y Derechos y Garantías, se desprende la factibilidad de Ratificar el Convenio de Pago celebrado entre la Municipalidad de General Alvear y el Francisco Oscar Ruiz.
Que en Sesión de la fecha, se da por Ratificado el mencionado Convenio.-

POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1°).- Ratifícase en todas y cada una de sus partes del Convenio de Pago celebrado entre la Municipalidad de General Alvear y el Francisco Oscar Ruiz, a saber:
“…En la Ciudad de General Alvear, Mendoza, a los 29 de mes de Febrero del año dos mil veinte, entre los que suscriben Francisco Oscar Ruiz, argentino, mayor de edad, DNI N° 11.733.973, con domicilio real en Manzana B, Casa 8, Barrios Cooperativo, Distrito de Bowen, General Alvear, Mendoza, por una parte y por la otra parte el Lic. Walther Alberto Marcolini, en nombre y representación de la Municipalidad de General Alvear, Mza., convienen en mutuo y común acuerdo en celebrar el presente acuerdo de partes, en lo referido al pago de los daños causados en siniestro ocurrido en fecha 1 de Febrero del año en curso, obrantes en el Expte. Administrativo Municipal N° 741-“R”-20 en base a las siguientes Cláusulas:

Primera: La Municipalidad de General Alvear, Mendoza, expresa y se compromete a abonar al Sr. Francisco Oscar Ruiz la suma de Pesos Sesenta Mil ($ 60.000.-), en concepto de pago por los daños y perjuicios, daños materiales, daños emergentes, lucro cesante y cualquier otro rubro indemnizatorio que pudiera corresponder, causados en el vehículo de propiedad de la persona mencionada, en siniestro ocurrido en fecha 1 de Febrero de 2020 y cuyas constancias obran en el Expte. Administrativo de referencia.-

Segunda: El pago de la suma expresada en la Cláusula Primera será realizado por la Municipalidad de General Alvear, en Dos Pagos mediante cheque cargo de Banco de la Nación Argentina, Sucursal General Alvear, debiendo abonarse el primer pago dentro del plazo de 3 días hábiles posteriores a la promulgación de la eventual ratificación del presente acuerdo por parte del HCD, para efectuar dicho desembolso y el segundo pago a los 30 días de efectuado el primero.-

Tercera: El Sr. Francisco Oscar Ruiz presta su expresa y entera conformidad respecto a la suma a abonarse y a la forma de realización del pago.-

Cuarta: El Sr. Francisco Oscar Ruiz expresa que no tiene más nada que reclamar a la Municipalidad de General Alvear, Mendoza, en concepto de daños y perjuicios, lucro cesante, daños emergentes y cualquier otro rubro que pudiera corresponder, originados en el siniestro de fecha 1 de Febrero de 2020, entre las partes del presente convenio.-

Quinta: El Sr. Francisco Oscar Ruiz renuncia expresamente a realizar cualquier tipo de reclamo y/o acción judicial, extrajudicial y/o administrativa contra la Municipalidad de General Alvear, Mendoza, en relación al siniestro causa fuente del presente convenio de pago.-

Sexta: El Sr. Francisco Oscar Ruiz otorga expresamente formal y total carta de pago por los daños sufridos en el siniestro ut supra mencionado, sirviendo el presente convenio como formal recibo de pago.-

Séptima: El presente acuerdo queda supeditado a la ratificación expresa por parte del Honorable Concejo Deliberante del Departamento de General Alvear.-

Octava: De conformidad se firman Dos Ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de General Alvear, Mendoza.-…”.-

ARTICULO 2°).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.