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Sr. Luis Antonio Dall’Armellina y Otra S/ Donación Sin Cargo

O R D E N A N Z A 3509

VISTO: El Expte. 3564-“D”-08, por el cual el Sr. Luis Antonio Dall’Armellina y Otra S/ Donación Sin Cargo, y;

CONSIDERANDO: Que conforme surge de las actuaciones obrantes en el Expte. del rubro los Sres. Luis Antonio Dall’Armellina y Nelly Dall’Armellina, vienen por el presente a hacer Donación Sin Cargo a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.), de una fracción de terreno destinada a Calle Pública ya librada al uso público ya librada al uso público con anterioridad a la fecha, ubicada en ésta Ciudad de General Alvear, con una superficie de (2.778,00 mts2), dos mil setecientos setenta y ocho metros cuadrados, con las medidas lineales y linderos que la individualizan, figuran en el plano obrante a Fs. 08 del presente Expte.

Que según el informe de la Sub-Dirección de Catastro Municipal obrante a Fs. 10, la citada calle se adecua al desarrollo urbanístico de la Zona.

Que resulta conveniente a los Intereses Municipales, aceptar la Donación Sin Cargo efectuada.

Que en el Expte. del rubro se registran los antecedentes de la Donación mencionada.-

POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º).- Acéptase la Donación Sin Cargo de las fracciones de terreno propiedad de los Sres. Luis Antonio Dall’Armellina y Nelly Dall’Armellina, destinada a Calle Pública, constante de una superficie (2.778,00 mts2), dos mil setecientos setenta y ocho metros cuadrados, ubicada en ésta Ciudad de General Alvear (Mza.), ya librada al uso público, todo conforme al Plano obrante a Fs. 08 cuyas medidas lineales, linderos y demás detalles que la individualizan se especifican en la Escritura Traslativa de Dominio.-

Continuación Ordenanza 3509 (Hoja Nº 2)

ARTICULO 2º).- Por Dirección de Rentas Municipal, se procederá a efectuar las anotaciones pertinentes en los Padrones respectivos según corresponda a la fracción de terreno donada.-

ARTICULO 3º).- Procédase a realizar la Escritura Traslativa de Dominio a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.), de la Fracción de Terreno Donada, inscripta en el Registro de la Propiedad como 3ra. Inscripción al Nº 5951-T-26”A”, Fs.107 de General Alvear con fecha 10/04/72.-

ARTICULO 4º).- Facúltase al D.E. Municipal para designar él o los Profesionales encargados de llevar a cabo las gestiones, trámites y diligencias que sean necesarias para la Escrituración a que se refiere el Art. 3º de la presente Ordenanza.-

ARTICULO 5º).- La presente Donación se realiza conforme lo normado por el Art. 71 – Inc. 4 de la Ley 1079 y Arts. 1810, 1811, 1826 y concordantes del Código Civil.-

ARTICULO 6º).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL OCHO. – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –