O R D E N A N Z A 3494
VISTO: El Expte. 5033-“T”-06, por el cual el Sr. Takczek, Próspero y Otros S/ Donación de Calles, y;
CONSIDERANDO: Que conforme surge de las actuaciones obrantes en el Expte. del rubro, los Sres. Próspero Takczek y Otros, vienen por el presente a hacer Donación Sin Cargo a favor de la Municipalidad de General Alvear, (Mza.), de las fracciones de terreno destinadas a ensanche de calle Antonio Di Paolo y prolongación calle Enrique Bardaro, todo conforme a Plano de Mensura a Fs. 17 de Expte. del rubro, las que constan de una superficie global de (840,86 mts2), Ochocientos Cuarenta Metros Ochenta y Seis Decímetros Cuadrados.
Que según el informe de la Sub-Dirección de Catastro Municipal obrante a Fs. 18, las mismas se adecuan al desarrollo urbanístico de la Zona.
Que resulta conveniente a los Intereses Municipales aceptar la Donación Sin Cargo efectuada.
Que en el Expte. del rubro se registran los antecedentes de la Donación mencionada.-
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º).- Acéptase la Donación Sin Cargo de las fracciones de terreno, propiedad de los Sres. Próspero Takczek y Otros, destinadas a ensanche de calle Antonio Di Paolo y Prolongación calle Enrique Bordano, constante de una superficie global de (840,86 mts2), Ochocientos cuarenta metros ochenta y seis decímetros cuadrados, que se ocupan de acuerdo al siguiente detalle:
Prolongación Calle Enrique Bordano: Superficie (327,71 mts2) Trescientos veintisiete metros setenta y un decímetro cuadrados.
Ensanche Calle Antonio Di Paolo: Superficie (489,15 mts2) Cuadrados ochenta y nueve metros quince decímetros cuadrados, todo conforme al Plano de Mensura antes referido, cuyas medidas lineales, linderos y demás detalles que las individualizan se especificarán en la Escritura Traslativa de Dominio.-
Continuación Ordenanza 3494 (Hoja Nº 2)
ARTICULO 2º).- Por Dirección de Rentas Municipal, se procederá a efectuar las anotaciones pertinentes en los Padrones respetivos según corresponda a las fracciones de terreno donadas.-
ARTICULO 3º).- Procédase a realizar las Escritura Traslativa de Dominio a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.), de las fracciones de terreno donadas, cuya inscripción en el Registro de la Propiedad figuran en el Plano de Mensura referido a Fs. 17 del presente Expte.-
ARTICULO 4º).- Facúltase al D.E. Municipal para designar él o los Profesionales encargados de llevar a cabo las gestiones, trámites y diligencias que sean necesarias para la Escrituración a que se refiere el Art. 3º de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 5º).- La presente Donación se realiza conforme lo normado por el Art. 71 – Inc. 4 de la Ley Nº 1079 y Arts. 1810; 1811; 1826 y concordantes del Código Civil.-
ARTICULO 6º).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL OCHO.- – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –