Sra. Agostini, Angela S/ Donación Con Cargo

O R D E N A N Z A 3496

VISTO: El Expte. 691-“A”-08, por el cual la Sra. Agostini, Angela S/ Donación Con Cargo, y;
CONSIDERANDO: Que conforme surge de las actuaciones obrantes en el Expte. del rubro, la Sra. Angela Agostini, hace Donación Con Cargo a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.), de una fracción de terreno destinada al ensanche de calle Prolongación Max Graff de ésta Ciudad de General Alvear (Mza.), constante de una superficie de (63,25 mts2), Sesenta y tres metros veinticinco decímetros cuadrados según plano de Fs. 9, con las medidas lineales, linderos y demás detalles que la individualizan figuran en el plano referido, cuya discriminación se consigna en la Escritura Traslativa de Dominio que llevará a cabo el Escribano interviniente.
Que según informe de Sub-Dirección de Catastro Municipal a Fs. 18, las citadas fracciones se adecuan al desarrollo urbanístico del sector.
Que resulta conveniente a los Intereses Municipales, aceptar la Donación Con Cargo efectuada.
Que en el Expte. del rubro se registran los antecedentes de la donación mencionada.-
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º).- Acéptase la Donación Con Cargo de las fracciones de terreno propiedad de la Sra. Angela Agostini destinada a ensanche y prolongación de calles Públicas ubicadas en éste Ciudad de General Alvear (Mza.), constante de una superficie de (63,25 mts2), Sesenta y tres metros veinticinco decímetros cuadrados, con las medidas lineales, linderos y demás detalles que la individualizan figuran en el plano de Fs. 09 del Expte. del rubro, destinada al ensanche de Prolongación calle Max Graff, cuya discriminación serán detalladas en la Escritura Traslativa de Dominio que llevará a cabo el Escribano interviniente.-

Continuación Ordenanza 3496 (Hoja Nº 2)

ARTICULO 2º).- Acéptase el cargo solicitado por la oferente que consiste en la Eximición de la Deuda por Tasas y Servicios Municipales del Padrón Nº 4178-1, que asciende a la suma de Pesos Un Mil Ochenta y Tres con Dieciocho Centavos ($ 1.083,18), hasta el 3ª Bimestre del año 2008, quedando las costas y accesorias a cuenta de la Donante.-

ARTICULO 3º).- Por Dirección de Rentas Municipal se procederá a efectuar las anotaciones pertinentes en los Padrones respectivos, según corresponda a la fracción de terreno donada.-

ARTICULO 4º).- Procédase a realizar la Escritura Traslativa de Dominio a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.), del lote de terreno donado, inscripto en el Registro de la Propiedad como Matrícula Nº 4018/18, Asiento A-2 del Dpto. Gral. Alvear con fecha 30/08/1991.-

ARTICULO 5º).- Facúltase al D.E. Municipal para designar él o los Profesionales encargados de llevar a cabo las gestiones, trámites y diligencias que sean necesarios para la Escrituración a que se refiere el Art. 4º de la presente; conforme lo establecido en el Título XVI, Art. 145 de la Ordenanza Tarifaria que expresa textualmente “… Cuando se efectúe una donación de terreno sea o no remunerativa, será a cargo del donante, la confección del plano de mensura, honorarios de escrituración al profesional interviniente y todo otro gasto que demande el referido trámite …”.-

ARTICULO 6º).- La presente Donación se realiza conforme a lo normado por el Art. 71, Inc. 4 de la Ley 1079 y Arts. 1810, 1811, 1826 y concordantes del Código Civil.-

ARTICULO 7º).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL OCHO.- – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –