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Sra. Olga Villatoro S/Donación Con Cargo

O R D E N A N Z A 3483

VISTO: El Expte. 5674-“V”-07, por el cual la Sra. Olga Villatoro S/Donación Con Cargo, y;

CONSIDERANDO: Que conforme surge de las actuaciones obrantes en el Expte. del rubro la Sra. Villatoro Olga, a Fs. 13 ratifica, hace Donación Con Cargo a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.), de dos (2) fracciones de terreno la Primera destinada a ensanche de Calle Pública ya librada al uso público, constante de una superficie de 252,31 mts2 (Doscientos Cincuenta y Dos Metros con Treinta y Un Decímetros Cuadrados) y la Segunda destinada a la Prolongación de Calle Pública de 20 mts. de ancho ya librada también al uso público, constante de una superficie de 1.120,80 mts2 (Un Mil Ciento Veinte Metros con Ochenta Decímetros Cuadrados), todo conforme a Plano de Mensura obrante a Fs. 03 del Expte. de referencia.
Que según informe de Sub-Dirección de Catastro Municipal a Fs. 10 las citadas fracciones se adecuan al desarrollo urbanístico del sector.
Que resulta conveniente a los Intereses Municipales aceptar la Donación Con Cargo efectuada.
Que en el Expte. del rubro se registran los antecedentes de la donación mencionada.-
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º).- Aceptase la Donación Con Cargo de las fracciones de terreno propiedad de la Sra. Olga Villatoro, destinada a ensanche y prolongación de Calles Públicas ubicadas en esta Ciudad de General Alvear (Mza.), ya libradas al uso público, constante de una superficie la Primera destinada al ensanche de calle 252,31 mts2 (Doscientos Cincuenta y Dos Metros con Treinta y Un Decímetros Cuadrados) y la Segunda destinada a la Prolongación de Calle Pública de 20 mts. de ancho ya librada también al uso público, constante de una superficie de 1.120,80 mts2 (Un Mil Ciento Veinte Metros con Ochenta Decímetros Cuadrados), cuyas medidas lineales, linderos y demás detalles que las individualizan se especifican en la Escrituras Traslativa de Dominio.-

Continuación Ordenanza 3483 (Hoja Nº 2)

ARTICULO 2º).- Aceptase el cargo solicitado por la oferente que consiste en la Eximición de Tasas y Servicios Municipales, a partir del 1º Bimestre del año 2008 hasta el 6º Bimestre del año 2009, al Padrón Municipal Nº 7405-1, que conforme el informe de Dirección de Rentas Municipal asciende a la suma de Pesos Doscientos Sesenta y Cinco con Setenta Centavos (265,70).-

ARTICULO 3º).- Por Dirección de Rentas Municipal, se procederá a efectuar las anotaciones pertinentes en los Padrones respectivos, según corresponda a la fracción de terreno donada.-

ARTICULO 4º).- Procédase a realizar la Escritura Traslativa del Dominio a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.), del lote de terreno donada, inscripto en el Registro de la Propiedad como Matrícula Nº 7111/18, Asiento A-1 del Folio Real con fecha 26/04/1994.-

ARTICULO 5º).- Facultase al D.E. Municipal para designar el o los Profesionales encargados de llevar a cabo las gestiones, trámites y diligencias que sean necesarias para la escrituración a que se refiere el Art. 4º de la presente.-

ARTICULO 6º).- La presente Donación se realiza conforme lo normado por el Art. 71º, Inc. 4º de la Ley 1079 y Art. 1810, 1811, 1826 y concordantes del Código Civil.-

ARTICULO 7º).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL OCHO. – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –