Sra. Sarachini, Angela Isabel de Salazar S/ Plan de Pago

O R D E N A N Z A 3547

VISTO: El Expte. 5682-“S”-06, por el cual la Sra. Sarachini, Angela Isabel de Salazar S/ Plan de Pago, y;

CONSIDERANDO: Que del análisis efectuado por la Comisión de Hacienda y Presupuesto se desprende la factibilidad de dar por ratificado el Acta Acuerdo, suscripta entre el Intendente Municipal y la Sra. Angela Sarachini de Salazar por un Plan de Pago de la Deuda que mantiene la misma por un Crédito de Microemprendimiento.

Que en Sesión de la fecha, se da por Ratificado el mencionado.-

POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º).- Ratifícase en todas y cada una de sus partes el Acta Acuerdo, suscripta entre el Sr. Intendente Municipal y la Sra. Angela Sarachini de Salazar, a saber:
“… En General Alvear, Mendoza, a los 27 días del mes de Diciembre de 2007 entre la Sra. Angela Isabel Sarachini y por la otra parte la Municipalidad de General Alvear, representada por el Sr. Intendente el Ing. Juan Carlos De Paolo, acuerdan:
Artículo Primero: Recibir en parte de pago del Microemprendimiento otorgado por Expte. 3581-“S”-1996, el 27 de Noviembre Año 1996 por la Municipalidad de General Alvear, de Pesos Un Mil Quinientos Cuarenta y Cinco ($ 1.545.-), los siguientes bienes.
Según consta en Acta de recepción de la Sub-Dirección de Depósito General de fecha 23 de Octubre de 2006:
17 Colmenas de Cámaras de Cría (colmenas simples).
07 Colmenas de Alsa (cajas dobles), con las siguientes medidas: 30 cm. de alto, 42 cm. de ancho y 51 cm. de frente.
Artículo Segundo: Dichos bienes se reciben en parte de pago de capital o interesentes según lo determinen el Concejo Deliberante en la aprobación de dicho acuerdo.
Artículo Tercero: Las colmenas se tomarán por su valor de mercado al momento del acta de recepción por parte de la Sub-Dirección General según informe de valuación presentado por perito idóneo en el tema, en Ing. Ariel Eduardo Silvestre estimado en Pesos Dos Mil ($ 2.000.-).

Continuación Ordenanza 3547 (Hoja Nº 2)

Artículo Cuarto: El presente acuerdo cancelará parcial o totalmente el crédito no comprendiendo las costas judiciales, ni honorarios generados por el mismo las que se cancelarán de contado.
Artículo Quinto: El presente acuerdo será ad-referendum del Honorable Concejo Deliberante …”.-

ARTICULO 2º).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL OCHO. – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –