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Sres. Luis Olivas y Daniel Elías López S/ Donación Con Cargo

O R D E N A N Z A 3503

VISTO: El Expte. 1946-“O”-08, por el cual los Sres. Luis Olivas y Daniel Elías López S/ Donación Con Cargo, y;

CONSIDERANDO: Que conforme surge de las actuaciones obrantes en el Expte. del rubro los Sres. Oliva, Luis y López, Daniel Elías, hacen Donación Con Cargo a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.), de una fracción de terreno destinada a la Prolongación de Calle Nº 1 de ésta Ciudad de General Alvear (Mza.), constante de una superficie de (494,51 mts2), cuatrocientos noventa y cuatro metros cincuenta y un decímetros cuadrados según plano de Fs. 06 con las medidas lineales, linderos y demás detalles que la individualizan figuran en el plano referido, cuya discriminación se consigna en la Escritura Traslativa de Dominio que llevará a cabo el Escribano interviniente.

Que según informe se Sub-Dirección de Catastro Municipal a Fs. 09 la citada fracción se adecuan al desarrollo urbanístico del sector.

Que resulta conveniente a los Intereses Municipales, aceptar la Donación Con Cargo efectuada.

Que en el Expte. del rubro se registran los antecedentes de la donación mencionada.-

POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º).- Acéptase la Donación Con Cargo de las fracciones de terreno propiedad de los Sres. Oliva, Luis y Lopez, Daniel Elías, destinada a la Prolongación de Calle Pública Nº 1, ubicada al Este de Calle Pedro Escudé y al Norte de Calle Lavalle de esta Ciudad de General Alvear (Mza.), constante de una Superficie de Cuatrocientos Noventa y Cuatro Metros, Cincuenta y Un Decímetro Cuadrados (494,51 mts2), con las medidas lineales, linderos y demás detalles que la individualizan figuran en el plano de Fs. 06 del Expte. del rubro, cuya discriminación serán detalladas en la Escritura Traslativa de Dominio que llevará a cabo el Escribano interviniente.-

Continuación Ordenanza 3503 (Hoja Nº 2)

ARTICULO 2º).- Acéptase el Cargo solicitado por los oferentes que consiste en la eximición de la deuda del Padrón Municipal Nº 1749-5 de su propiedad, que conforme el detalle realizado por Dirección de Rentas Municipal obrante a Fs. 12, asciende a la suma de $ 3.201,33 (Tres mil doscientos un pesos con treinta centavos).-

ARTICULO 3º).- Por Dirección de Rentas Municipal, se procederá a efectuar las anotaciones pertinentes en los Padrones respectivos, según corresponda a la fracción de terreno donada.-

ARTICULO 4º).- Procédase a realizar la Escritura Traslativa de Dominio a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.), del lote de terreno donado, inscripto en el Registro de la Propiedad como Matrícula Nº 9540/18, Asiento A-2 del Dpto. de Gral. Alvear con fecha 06/01/1999.-

ARTICULO 5º).- Facúltase al D.E. Municipal para designar él o los Profesionales encargados de llevar a cabo las gestiones, trámites y diligencias que sean necesarios para la escrituración a que se refiere el Art. 4º de la presente, conforme lo establecido en el Título XVI, Art. 145º de la Ordenanza Tributaria que expresa textualmente “… Cuando se efectúe una donación de terreno sea o no remunerativa, será a cargo del donante, la confección del plano de mensura, honorarios de escrituración al profesional interviniente y todo otro gasto que demande el referido trámite …”.-

ARTICULO 6º).- La presente Donación ser realiza conforme lo normado por el Art. 71, Inc. 4 de la Ley 1079 y Art. 1810, 1811, 1826 y concordantes del Código Civil.-

ARTICULO 7º).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS TREINTA Y UN DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL OCHO.- – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –