Supervisores DGE Plantean Recuperar Proporcionalidad Docentes Jerárquicos

R E S O L U C I O N  5608-25

VISTO: El Expte. 2025-04155467- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual se Supervisores DGE Plantean Recuperar Relación Proporcionalidad ITEM 2049 (Docentes Jerárquicos), y;

CONSIDERANDO: La nota ingresada y visita a este honorable Cuerpo Legislativo de los Supervisores de distintos niveles y modalidades de General Alvear con fecha 02/06/2025.

Que los mismos plantean varias peticiones fundamentadas en la normativa vigente, referidas a su cargo jerárquico y función especial para el desarrollo de la gestión educativa. Los reclamos más significativos son:

  • Resignificar la función jerárquica otorgada por la Ley provincial Nº 4924 y el Decreto reglamentario Nº 313.
  • Recuperar la relación de proporcionalidad en ítem 2.049 (Docentes Jerárquicos).
  • Revisar de manera urgente la escala salarial (equivalente a doble cargo directivo).
  • Incluir en el Acuerdo Paritario del 08/05/25 el incremento de sueldo a supervisores, ya que solo llega hasta directores/vicedirectores (brecha de desigualdad) Recuperar el ítem exclusividad supervisor (ítem 1.448).
  • Respetar el llamado a Concurso de Méritos y Antecedentes para cubrir cargos de Inspector Técnico seccional vacantes.
  • Cumplir lo acordado en el Decreto 852 (paritaria 2014) se incumplió desde 2015 hasta 2020 4 básicos de Maestro de grado.

Que el Decreto 1.917 le otorga al Inspector Técnico Seccional la distinción jerárquica de “funcionario público” por el orden de distribución de autoridad y responsabilidad que esta designación implica.

Que la Ley provincial 4.924 en el Capítulo XIl, Art.27/28 expresa que el ascenso al cargo de Inspector Técnico Seccional lo obtiene un Director Titular por concurso de Antecedentes y Mérito. Esto implica que el aspirante debe rendir primero el concurso para Director y luego rendir nuevamente para ser Inspector. En el Capítulo XV Art. 40 – dice “el adicional por dedicación exclusiva será percibido por los secretarios Técnicos y el personal de inspección, que se desempeñen en todos los niveles de la enseñanza con  dedicación exclusiva.

Que el Decreto 313 Capítulo XX! Art.142 expresa: ”Los ascensos a los cargos de ViceDirector y de Inspector Técnico Seccional y de materias especiales se harán por concurso de méritos, antecedentes y de oposición, con intervención de la Junta Calificadora de Méritos.-

POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

R E S O L U C I O N

ARTICULO 1º).- Solicitar al Ministro de Educación, Cultura, Infancia y DGE Lic. Tadeo García Zalazar atender al reclamo solicitado por los Supervisores de distintos niveles y modalidades del Departamento de General Alvear.-

ARTICULO 2º).- Pedir al S.U.T.E (Sindicato Unido de Trabajadores de la educación) intervenga y acompañe el reclamo expuesto por los Supervisores de distintos niveles y modalidades del Departamento de General Alvear.-

ARTICULO 3º).- Solicitar a los Legisladores de la provincia de Mendoza tomar conocimiento efectuar las gestiones pertinentes para atender al reclamo de los Supervisores de distintos niveles y modalidades del Departamento de General Alvear.-

ARTICULO 4º).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA; A LOS TREINTA Y UN DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.