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Tarifaria Reglamentaria Ejercicio 2024

O R D E N A N Z A  4838

VISTO: El Ex­-2023-09329290- -GDEMZA-SECHAC#ALVEAR, por el cual se Eleva Pto. Ordenanza Tarifaria y Reglamentaria 2024, y;

CONSIDERANDO: La Ordenanza Tributaria vigente durante el año 2023 a través de la Ley N° 9361, se aprobó Código Tributario Municipal Armonizado que tiene por objeto:

. Unificar los procedimientos administrativos y tributarios en toda la provincia de Mendoza.

. Propiciar la colaboración entre los organismos de recaudación municipales y provinciales, a los efectos de planificar acciones conjuntas a fin de lograr:

   1-Disminución de la evasión

   2-Homogeneización de información y datos

   3-Capacitación de personal específico

   4-Mejora de la recaudación municipal

Que dicha ley fue estudiada, trabajada y consensuada en conjunto entre representantes del Ministerio de Hacienda de la Provincia, ATM y los equipos de Hacienda de los 18 departamentos de la provincia de Mendoza.

Que, en el ejercicio de su autonomía cada Municipio deberá adherir expresamente a esta Ley emitiendo las ordenanzas correspondientes y luego publicarlas en sus sitios web para que entre vigencia.

Que la precitada normativa es susceptible de modificaciones para el ejercicio 2024, y por ende Dirección General de Rentas de la Municipalidad de General Alvear sugiere modificaciones en pos de lograr una mayor eficacia en el sistema Tributario actual, con el consiguiente beneficio para el erario público.

Que conforme a ello, resulta una necesidad recaudatoria y administrativa las modificaciones que mediante este proyecto se pretenden.

POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza. en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1°).- Apruébese el Código Tributario  de Fs. 1 a 26; Ordenanza Reglamentaria Libro I y 11 de Fs. 1 a la 83, y Libro 111 Ordenanza Tarifaria Anual para el Ejercicio 2024 de F s. 1 a 68 enviado por el D.E. Municipal bajo Expte digital N°2023—09329290- -GDEMZA-SECHAC#ALVEAR; con la incorporación de lo dispuestos en el dictamen de fs. 16 del presente Expte.-

ARTICULO 2°).- Modificar el Art. 1°, el cual quedará redactado de la siguiente manera:  “Autorizase al D.E. Municipal a incrementar para el Ejercicio 2024 las “Tasas por Servicio a la Propiedad Raíz” y “Derechos Comercio, Industria y Actividades Civiles” y todo otro concepto en  un 70 %, excepto los que se encuentran detallados a fojas 2  a 9 del presente”.

ARTICULO 3°).- Se modifica el Art. 2°, el cual quedará redactado de la siguiente forma: “En la Ordenanza Reglamentaria se modifica el Art. 302 Inc. C) quedando de la siguiente manera: c)Aquellos contribuyentes de Tasas Municipales y Derechos de Comercio, cuyo capital bimestral sea inferior a $ 3.500,00 que no registren saldos deudores al 29-03-2024 participarán de un sorteo.

Vencimientos 2024: “Tasas por Servicios y Derechos de Comercio”

1° Bimestre y Anual……………… 29-03-2024

2° Bimestre…………………………………… 30-04-2024

3° Bimestre…………………………………… 28-06-2024

4° Bimestre…………………………………… 30-08-2024

5° Bimestre…………………………………… 31-10-2024

6° Bimestre…………………………………… 13-12-2024

ARTICULO 4°).– Modificase el Art. 3° que queda redactado de la siguiente forma: “Apruébese el Cuerpo Normativo que contiene el Código Tributario Municipal Armonizado para el Ejercicio 2024, según Ley N° 9361 de la Provincia de Mendoza”.-

ARTICULO 5°).– Comuníquese, Publíquese y Dese al D.M.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRES.