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Terreno y Edificio C.I.C. Bowen

O R D E N A N Z A 3541

VISTO: El Expte. HCD 6729/08, por el cual se S/ Terreno y Edificio C.I.C. Bowen, y;

CONSIDERANDO: Que del mencionado Expte. surge el dictado de la Resolución Nº 2508-08, por la cual se solicita al D.E. Municipal informes sobre condiciones del terreno y construcción del edificio del Centro Integrador Comunitario (C.I.C.) del Distrito de Bowen.

Que la información solicitada consta de: a) condiciones naturales del terreno donde se construirá el edificio; b) factibilidad y evaluación de riesgos de construcción, futura habitabilidad y uso sobre el terreno en cuestión de una estructura con la complejidad de las que nos ocupa y c) si se ha evaluado otra ubicación para la citada construcción con apreciaciones técnicas, económicas, de impacto social y otras pertinentes si ello fuese factible.

Que a Fs. 05/28 corre agregada la información solicitada y que de la misma, surgen consideraciones técnicas respecto al ensayo de suelo realizado a efectos de la factibilidad de construcción en el terreno en cuestión, las cuales fueron llevadas a cabo por el Laboratorio “Prima” a cargo de los Profesionales, Ing. Pedro P. Martelli e Ing. Edgardo A. Di Nasso.

Que evaluadas las consideraciones, se hace necesario recomendar al D.E. Municipal llevar a cabo los trabajos y recomendaciones realizadas por los Profesionales, a los fines de prevenir situaciones a futuro.-

POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º).- El D.E. Municipal deberá, al momento de la construcción edilicia de Centro Integrador Comunitario (C.I.C.) del Distrito de Bowen, tener presente y respetar el Informe Técnico elaborado por los Profesionales, Ing. Pedro P. Martelli e Ing. Edgardo A. Di Nasso, por parte del Laboratorio “Prima” que consta a Fs. 05/28 del Expte. HCD 6729/08.-

Continuación Ordenanza 3541 (Hoja Nº 2)

ARTICULO 2º).- El trabajo que se realice en el terreno donde se construirá el C.I.C., deberá quedar debidamente documentado (fotografías, planos, informes director de obras, etc.), e informado a este H.C.D.-

ARTICULO 3º).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL OCHO. – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –