Designación Concejales Jury Tachas
O R D E N A N Z A 4890 VISTO: El Expte. 2024-05941689- GDEMZA-SECGOB#ALVEAR, por el cual la Secretaría de Gobierno Solicita Designación 3 Concejales, y; CONSIDERANDO: La constitución del Jury de Tachas que regula la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 1079. Que, de conformidad con lo previsto en la norma citada, corresponde al Concejo Deliberante nombrar a tres Ediles, para que de manera conjunta con el Sr. Juez de Paz de Letrado y Tributario de Gral. Alvear, Mendoza y presidiendo por éste Magistrado, conformen el Jury de Tachas que tendrá a cargo la depuración del Padrón Electoral Municipal de Extranjeros. Que el Jury indicado recibirá tachas y observaciones al padrón que formulen los partidos políticos o agrupaciones comunales inscriptos de acuerdo a la Ley Electoral y tiene las atribuciones, entre otras, que dispone el Art. 29º de la Ley 1079. Que el Registro de Electores locales es exclusividad de cada comuna y corresponde a ésta la inscripción de ciudadanos extranjeros, publicación provisoria del Registro Municipal, depuración del mismo, nombramiento y construcción de los Jurys de Tachas y publicación definitiva del Registro Municipal. Que lo precedentemente expuesto está regulado en los Arts. 15, 16, 17, 20, 22, 25, 26,