Solicitan se declare de Interés Departamental la plantación de árboles denominados Aguaribay existentes en la calle Pedro Escude de nuestra Ciudad

O R D E N A N Z A 1428 VISTO: El Expte.: «HCD» 544/89 por el cual vecinos de nuestro Departamento, solicitan se declare de Interés Departamental la plantación de árboles denominados Aguaribay existentes en la calle Pedro Escude de nuestra Ciudad.- CONSIDERANDO: Que los mencionados árboles son parte fundamental en la historia de General Alvear, ya que desde su implantación en la década del 20, a la indicada arteria se la conoce mas que por su nombre, como «calle de los Pimientos».- Que del aconseje final emitido por la Comisión de Obras y servicios Públicos de este Cuerpo, se desprende la aprobación a lo solicitado, como así también al Proyecto de resguardo de vegetabilidad presentado por la Oficina de Planeamiento Comunal.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear (Mza) en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º – Declarase de Interés Departamental a la plantación de árboles denominados Aguaribay o Pimientos (Schinus Molles), existente en la calle Pedro Escude de nuestra Ciudad.- ARTICULO 2º – Autorizase al D.E., a realizar, a fin de amparar el periodo vegetativo de los mencionados árboles, el proyecto de resguardo

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Ofrecimiento donación campo para construcción complejo recreativo Laguna El Trapal

O R D E N A N Z A 1175 VISTO: El expediente Nº 356-letra «M» del año 1985, caratulado ENRIQUE MESRI sobre ofrecimiento donación campo para construcción complejo recreativo Laguna El Trapal, y; CONSIDERANDO: Que a fs. 1 y 2 del expediente referido, el señor Enrique Mesri hace donación con cargo de una fracción de terreno constante de CIENTO CUARENTA Y TRES HAS. DOS MIL METROS CUA-DRADOS (143 HAS. 2.000 m2.), ubicadas en el Paraje denominado Poste de Hierro, de este Departamento de General Alvear (Mza.). Que el cargo mencionado consiste en: 1º) Que se destine a la construcción de un complejo recreativo. 2º) El Complejo de referencia deberá llevar el nombre de «FRIDA SCHLAIEN», madre del donante. 3º) Que deberá funcionar sin fines de lucro, asegurando el uso por parte de toda la comunidad sin mas restricciones que las que impongan la Salud, La Moral y las Buenas Costumbres. 4º) Que deberá realizarse a contar de la fecha de aceptación, un plan de trabajo conforme al siguiente detalle: PRIMER AÑO : Formación de una Comisión de apoyo y difusión del proyecto, Mixta, Municipalidad y Pueblo. Realizar los caminos necesarios para el uso y cuidado del sector elegido (costado

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Inclusión Banda Municipal en Ordenanza Nº 1607

O R D E N A N Z A 2828 VISTO: El Expte. HCD 3780/01, por el cual el Jefe de Museo Municipal S/ Inclusión Banda Municipal en Ordenanza Nº 1607, y; CONSIDERANDO: Que el Jefe de Departamento del Museo Municipal de Historia Natural y el Director de la Banda de Música Municipal, solicitan a este Concejo Deliberante la inclusión en la Ordenanza Nº 1607 sobre «Protección de Bienes Culturales y Reservas Naturales», a la Banda de Música Municipal. Que el pedido se basa en el deber de proteger los Bienes Culturales Departamentales a fin de que permanezcan en el tiempo como testimonio del pasado, para referenciarnos históricamente y proyectarnos hacia el futuro con una identidad particular. Que de acuerdo a datos históricos, la primera actuación de la Banda de Música fue el 20 de setiembre de 1912, la cual amenizaba los carnavales, kermeses, romerías, actos oficiales y fiestas familiares. Que el Acta de Sesión del 18 de junio de 1913 de la Comisión de Banda Municipal de Colonia Alvear, bajo la Presidencia de Dn. Guillermo Lange, en su cuarto punto se acuerda conceder al Director de la Banda de Música local, Dn. Juan Rian, una asignación mensual de cincuenta

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La Dirección de Turismo presente Proyecto sobre Patrimonio Histórico

O R D E N A N Z A 1994 VISTO: El Expte. HCD 1729/94, por el cual la Direccion de Turismo presente Proyecto sobre Patrimonio Historico, y; CONSIDERANDO: Que en el mismo se solicita la factibilidad de incorporar dentro de los alcances de la Ordenanza 1607, sobre Proteccion de Bienes Culturales y Reservas Naturales, distintos sitios de nuestro Departamento.- Que existen lugares que desde el punto de vista Historico Departamental y en cuanto a sitios naturales se refiere, requieren de una preservacion como parte de nuestro patrimonio cultural y natural, ya que juntos constituyen los lugares mas accesibles de nuestro Departamento,tales como bañados y lagunas donde habitan y se pueden apreciar la diversa variedad de la avifauna y flora regional, ademas varias casas que hacen a la historia Departamental.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear (Mza) en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º).- Incorporese dentro de la Ordenanza 1607, los siguientes sitios: Casa Pedro Christophersen – San Pedro del Atuel.- Casa » La Montilla» – Bowen.- Casa » Administracion» – La Escandinava – Calle 22.- Casa » El Puma» de Gonzalo Subercaseux – Calle

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Adm (Dirección de Cultura y Museo) sobre Declaración Interés patrimonial

O R D E N A N Z A Nº 1607.- VISTO: El expte. A-1132-91, caratulado: Adm (Direccion de Cultura y Museo) sobre declaración Interes patrimonial, y; CONSIDERANDO: Que resulta imprescindible asegurar la proteccion de los Bienes Culturales y Reservas Naturales dentro de los li-mites departamentales y que estos constituyen el patrimonio his-torico cultural de pertenencia de toda la comunidad. Que protegidos y revalorizados los sitios de interes arqueologi-co, historico, artistico o natural, constituyen tambien recursos economicos al igual que las riquezas naturales del pais. En consecuencia las medidas conducentes a su preservacion y adecua-da utilizacion no solo guardan relacion con los planes de desa-rrollo, sino que forman o deben formar parte de los mismos, porque tambien constituyen un gran aporte al desarrollo turisti-co local.- Que es necesario habilitar un Registro de la Propiedad Intelec-tual para proteger las obras debidas al genio individual o co-lectivo.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear (Mza) en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º – El Poder Ejecutivo Municipal declarase responsable y protector de los Bienes Culturales y de las Reservas Naturales existentes en el Departamento de General Alvear.- ARTICULO

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Solicita Declarar Interés Festival Folklórico Instituto San Antonio

O R D E N A N Z A 4585 VISTO: El Expte. HCD 11957/19, por el cual se Solicita Declarar Interés Festival Folklórico Instituto San Antonio, y; CONSIDERANDO: El Festival anual de folklore “Melodías de Vendimia”. Que este importante evento, es organizado y forma parte de la curricula del Instituto P-30 “San Antonio” de la Ciudad de General Alvear. Que en el año 1991 la Institución educativa toma la decisión de incorporar el folklore como un área de enseñanza y aprendizaje. Que ante esta decisión surge la necesidad de mostrar a la comunidad el trabajo realizado en esta área durante las horas de clases, organizándose ese mismo año la primera muestra anual de folklore, en el marco del día de la tradición. Que con el transcurso del tiempo se continúa realizando anualmente y deviene el Festival de Folklore, el cual fue creciendo y perfeccionándose a través de los años, a cargo de profesores de folklore de la institución. Que son 28 años en forma ininterrumpida la realización de este festival, donde su organización involucra a toda la comunidad educativa desde el inicio del ciclo lectivo, produciendo su propio guion argumental, con una participación activa de todo el personal y

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Solicita Modificar Art. 2° Ordenanza 3801

O R D E N A N Z A 4581 VISTO: El Expte. HCD 11907/19, por el cual se Solicita Modificar Art. 2° Ordenanza 3801, y; CONSIDERANDO: La Ordenanza 3801, por la cual se fija el procedimiento para la elección de la Reina Departamental de la Vendimia. Que por intermedio de la misma se realiza una modificación de la anterior Ordenanza con la finalidad apuntar a la democratización del sistema. Que la misma pone énfasis en la implementación de un proceso de elección colegiado. Que la Ordenanza 3801/12, en su artículo 2° dispone el procedimiento para la elección de la Reina Departamental de la Vendimia, detallando: “Podrán emitir voto para la elección de la Reina Departamental de la Vendimia: a. Las Autoridades Departamentales (Intendente Municipal, Presidente del Honorable Concejo Deliberante y demás Concejales, Un (1) representante de las Autoridades Policiales del Departamento, un (1) representante del Gobernador de la Provincia de Mendoza y Legisladores Provinciales por el Departamento de General Alvear.- b. Las Reinas Departamentales con mandato cumplido, Reina y Virreina Nacionales actuales, si estuviesen presentes, y Reinas Departamentales actuales de distintas entidades y las Reinas Nacionales con mandato cumplido por General Alvear. c. Un representante por cada Medio de

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Solicita Declarar Interés Departamental «Semana de las Artes”

O R D E N A N Z A 4580 VISTO: El Expte. HCD 11881-19 por el cual se Solicita Declarar Interés Departamental “Semana de las Artes”, y; CONSIDERANDO: La solicitud presentada por la Directora de la Escuela N° 1-492, Delia Euliarte de Salonia. Que el pedido presentado, la Directora expresa que “La Semana de las Artes, es una propuesta que desde la Áreas Artísticas se impulsa con el objetivo de convertir al establecimiento educativo en un espacio abierto intervenido artísticamente, expandiendo sus límites hacia la comunidad”. Que la “Semana de las Artes” es un proyecto institucional que busca arraigarse y permanecer en la vida escolar de este establecimiento educativo, dándole identidad al mismo y poniendo en valor los efectos positivos que generan las actividades artísticas en el niño y adolescente. Que durante el año 2017 se declaró de Interés Cultural y en el año 2018 de Interés Educativo y Social por este Honorable Cuerpo. Que por ello busca cada año ampliar metas y generar mayor interés en los demás establecimientos educativos, por la que en esta edición se realizan talleres de capacitación docente. Que este pedido se fundamenta en que la Institución Educativa tiene como uno de los objetivos

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Solicita Declarar de Interés Departamental Centro de Lactancia Materna

O R D E N A N Z A 4579 VISTO: El Expte. HCD 11889/19, por el cual se Solicita Declarar de Interés Departamental Centro de Lactancia Materna, y; CONSIDERANDO: El Centro de Lactancia Materna que funciona en el Hospital “Enfermeros Argentinos” de nuestro Departamento. Que el Centro de Lactancia Materna que funciona en el Hospital “Enfermeros Argentinos” de nuestro Departamento, fue creado desde hace 5 años para atender las necesidades de las mamás lactantes del Departamento. Que este espacio Amigo de la Lactancia, a parte del excelente trato que reciben las mamás lactantes, también se desarrollan acciones de promoción y concientización de la importancia de la lactancia materna. Que UNICEF y la Organización Mundial de la Salud (OMS), recomiendan como indispensable la lactancia materna de forma exclusiva durante los primeros seis meses del recién nacido, y seguir amamantando durante dos años, luego de que se incorporan alimentos sólidos a su dieta. Que la alimentación con leche materna es fundamental para los niños y niñas porque ésta les aporta todos los nutrientes, anticuerpos, hormonas, factores inmunitarios y antioxidantes que necesitan para desarrollarse de forma saludable. Además, promueve un desarrollo físico y cognitivo óptimo y reduce el riesgo de contraer ciertas

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Solicita Declarar de Interés Departamental Mural Edificio Municipal

O R D E N A N Z A 4578 VISTO: El Expte. HCD 11839/19, por el cual se Solicita Declarar de Interés Departamental Mural Edificio Municipal, y; CONSIDERANDO: La solicitud ingresada a este Cuerpo por los integrantes de la Asamblea del Pueblo por la que solicitan Declarar de Interés Departamental el Mural existente frente al Edificio Municipal. Que el mencionado mural fue realizado en momentos en que el pueblo alvearense llevaba adelante la lucha en contra de la mega minería y por la sanción de la Ley 7722. Que dicha obra fue pintado en su momento por estudiantes secundarios y ya forma parte de la memoria popular y la permanente expresión de la ciudadanía alvearense a favor de la Ley 7722. Que en 2012 este Cuerpo aprobó la Resolución N° 3219 por la cual solicitaba al D.E. Municipal que se mantuviera y conservara el Mural pintado en el frente del Edificio Municipal, poniendo énfasis en lo que representa el mismo para todo el pueblo alvearense. Que desde esa época y hasta la fecha el mismo se ha mantenido como fiel expresión, por lo que sería trascendental asegurar la perdurabilidad del mismo, para que futuras generaciones conozcan acerca de la

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