Ordenanza 4988 Institucionalizar Ley Nacional 26958

O R D E N A N Z A   4988 VISTO: El Ex-2025-08592610- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual se Solicita Institucionalizar Ley Nacional Nº 26958, y; CONSIDERANDO: Que la Ley Nacional N° 26.958 establece el “Día Mundial en Recuerdo de las Víctimas de Siniestros Viales”, a conmemorarse el tercer domingo del mes de noviembre de cada año, en coincidencia con la fecha fijada por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Que los siniestros viales constituyen una de las principales causas de muerte y lesiones en la República Argentina, generando graves consecuencias humanas, sociales y económicas. Que en Mendoza lo estableció la cámara de diputados al dar sanción definitiva al proyecto del bloque de senadores del FPV-PJ, Gustavo Arenas, por el cual nuestra provincia adhiere a la ley nacional. Que esta fecha tiene como finalidad rendir homenaje a las víctimas y sus familiares, así como promover políticas públicas orientadas a la educación vial, la prevención y la seguridad en el tránsito. Que en el departamento de General Alvear, al igual que en toda la provincia de Mendoza, se han registrado siniestros con consecuencias fatales, por lo cual resulta fundamental reafirmar el compromiso de los distintos niveles del Estado con la concientización

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Ordenanza 4987 Donación Sin Cargo Víctor Páez

O R D E N A N Z A   4987 VISTO: El Ex-2025-06846763- -GDEMZA-SECOBYSERV#ALVEAR, por el cual el Sr. Victor Paez Hace Donación Sin Cargo, y; CONSIDERANDO: Que conforme surge de las actuaciones obrantes en el expediente del rubro, la fracción de terreno ofrecida por Lemos Marcela Araceli, DNI 35.623.657 y Páez Víctor Hugo DNI 34.016.079, para el ensanche de calle “Alem Norte” (Fracción 17) del plano de mensura 18655/18, los mismos hace DONACIÓN SIN CARGO a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.), de una fracción de terreno destinado al ensanche mencionado, Distrito Ciudad, Departamento de General Alvear, totalizando una superficie global según plano de mensura adjunto de: según título y según mensura; de setenta y cinco metros cuadrados (75,00 m²), con las medidas lineales, linderos y demás detalles que las individualizan figuran en el plano referido, cuya discriminación se consignará en la escritura traslativa de dominio que llevará a cabo el Escribano interviniente. De la Matricula 22081/18.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º).– Acéptese la Donación sin cargo de la fracción de terreno ofrecida

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Ordenanza 4986 Donación Calle de Poggio Pedro Domingo

O R D E N A N Z A   4986 VISTO: El Ex-2025-09081904- -GDEMZA-SECOBYSERV#ALVEAR, por el cual el Sr. Poggio Pedro Domingo Hace Donación de Calle, y; CONSIDERANDO: Que conforme surge de las actuaciones obrantes en el expediente del rubro, la fracción de terreno ofrecida por POGGIO Pedro Domingo, DNI 11.082.232, CUIL 20-11082232-5, para el ensanche de calle Lisandro de La Torre y apertura de calle Salonia según croquis adjunto, el mismo hace DONACION SIN CARGO a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.), de una fracción de terreno destinado al ensanche y apertura mencionada, Distrito Ciudad, Departamento de General Alvear, totalizando una superficie global según proyecto adjunto de: según título; dos mil seiscientos cuarenta y dos con ochenta y seis decímetros cuadrados         (2642,86 m²) y según mensura; dos mil quinientos setenta y nueve con cincuenta y siete decímetros cuadrados (2579,57 m²), con las medidas lineales, linderos y demás detalles que las individualizan figuran en el plano referido, cuya discriminación se consignará en la escritura traslativa de dominio que llevará a cabo el Escribano interviniente. De la Matricula 21546/18.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R

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Ordenanza 4985 Convenio Acre y Municipalidad

O R D E N A N Z A   4985 VISTO: El Ex-2025-06307239- -GDEMZA-MUNI#ALVEAR, por el cual se Solicita Convenio Acre y Municipalidad – Alejandro Enrique Fiscalini, y; CONSIDERANDO: Que del análisis efectuado por el Plenario de Comisiones de éste Cuerpo, se desprende el aconseje de Ratificar el Decreto Nº 491-SG/2025. Que en Sesión de la fecha, se dá por Ratificado el mencionado Decreto.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º).- Ratifíquese en todas y cada una de sus partes el Decreto 491-SG/2025, a saber: “…DECRETO N.º 491 S.G./2025.- VISTO: El Expediente N° EX-2023-06307239-GDEMZA-MUNI#ALVEAR, Caratulado: “Convenio ACRE y Municipalidad – Alejandro Enrique Fiscalini”2de diciembre de 2006.-, y; CONSIDERANDO: Que mediante Decreto N.° 1436-SH/2023 de fecha 15 de junio de 2023 se adjudicó al Sr. Alejandro Enrique Fiscalini la explotación del 7% de las unidades producidas en la Sub-área B del ACRE, en el marco de la licitación pública convocada para la utilización de efluentes cloacales tratados con fines de riego; Que en virtud de dicha adjudicación se celebró contrato de gerenciamiento entre la Municipalidad de General Alvear y

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Ordenanza 4984 Declarar interés Copa ZÜMMY

O R D E N A N Z A   4984 VISTO: El Ex-2025-09025434- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual se Solicita Declarar Interés Departamental “Copa ZÜMMY, y; CONSIDERANDO: El evento deportivo denominado “Copa Zümmy”, campeonato de fútbol infantil que se llevará a cabo en las instalaciones del Club Atlético Ferro Carril Oeste de General Alvear, entre los días 20 y 23 de noviembre de 2025. Que La copa Zummy tuvo sus inicios en el año 2017, y su objetivo fue dar a los equipos infantiles de la liga Alvearense un torneo que juntara equipos de todo el país y diera la posibilidad de que las instituciones de General Alvear tuvieran la oportunidad de competir con dichos equipos. Que en el presente año se llevará cabo la 5ta edición, con la confirmación de equipos de las provincias de Buenos Aires, Santa Fe, La Pampa, San Luis, Río Negro Neuquén y los propios de la provincia de Mendoza. Que la Copa Zümmy constituye un acontecimiento de significativa relevancia deportiva, social, educativa y turística, que fortalece los valores de la convivencia, el respeto, el trabajo en equipo y el esfuerzo compartido, pilares esenciales en la formación de nuestros niños y jóvenes. Que este evento, organizado

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Ordenanza 4983 Adherir Ley Lenguaje Señas

O R D E N A N Z A   4983 VISTO: El Ex-2025-07924461- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual se Solicita Adherir Ley Nac. 27710 y Ley Pcial. 7393 – Lenguaje se Señas Argentina, y; CONSIDERANDO: La sanción de la Ley Nacional Nº 27.710, que reconoce a la Lengua de Señas Argentina (LSA) como lengua natural y originaria de las personas sordas en todo el territorio nacional, la Ley Provincial Nº 7393 y su Decreto Reglamentario Nº 2049/12, que garantizan la supresión de barreras comunicacionales a través del uso de la LSA en la Provincia de Mendoza. Que la Lengua de Señas Argentina constituye un derecho humano fundamental que permite la inclusión plena de las personas sordas en la vida social, educativa, cultural y laboral. Que la Provincia de Mendoza, a través de la Ley Nº 7.393, ha sido pionera en reconocer la importancia de la LSA como herramienta de comunicación y accesibilidad. Que corresponde al Municipio de General Alvear adherir expresamente a la normativa nacional y provincial vigente, promoviendo políticas locales de inclusión y accesibilidad.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z

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Ordenanza 4982 Creación Programa Abordaje Bulluying

O R D E N A N Z A   4982 VISTO: El Ex-2025-07540136- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual se Solicita Creación Programa Abordaje Bullying, y; CONSIDERANDO: La necesidad de abordar integralmente las problemáticas de bullying, discriminación y maltrato en las instituciones educativas, en el marco del Mes de la Familia (octubre) en el Municipio de General Alvear. Que la Convención sobre los Derechos del Niño (art.19) —con jerarquía constitucional en la República Argentina (art.75 inc. 22 de la Constitución Nacional), establece la obligación de los Estados de proteger a los niños contra toda forma de violencia física o mental, perjuicio o abuso, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, (https://www.un.org/es/events/childrenday/pdf/derechos.pdf) Que la Constitución Nacional Argentina en su art. 14 bis y art. 75 incisos 19 y 23 establece el deber de legislar y promover medidas de acción positiva para garantizar la igualdad real de oportunidades y de trato, protegiendo en particular a los niños y adolescentes (https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley- 24430-804/texto ). Que la Ley Nacional 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes garantiza el derecho de éstos a ser protegidos contra toda forma de violencia y maltrato, obligando a los poderes públicos a adoptar medidas de prevención,

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Ordenanza 4981 Establecer 6 de Diciembre Día del Gaucho

O R D E N A N Z A   4981 VISTO: El Ex-2025-07411393- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual se Solicita Establecer 6 de Diciembre como “Día del Gaucho”, y; CONSIDERANDO: La ley 24.303 del año 1993 que declara el 6 de diciembre como “Día Nacional del gaucho”, en nuestro País en conmemoración de la publicación de la primera parte de “El gaucho Martín Fierro” (1872), poema narrativo de José Hernández, la  obra más importante de la literatura gauchesca. Que en nuestro departamento hay diversas instituciones que ponen en valor la cultura gaucha, así como sus tradiciones, forma de vida y el amor por todo lo referido a la identidad gauchesca. Que en nuestro Departamento recientemente se inauguró LA “Plaza de la tradición”, en un espacio verde del barrio “El Nevado” de General Alvear, buscando fortalecer los lazos culturales y mantener viva nuestra identidad. Que en dicho espacio se colocó el monumento “Al Gaucho”, como un lugar definitivo para este monolito, convocando allí A los festejos referidos a la temática y a la tradición. Que la figura del gaucho representa la libertad, el coraje, la conexión con la tierra y el sentimiento nacional, figura que retrata de manera sublime la obra del

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Ordenanza 4980 Modificación Ordenanza Tarifaria 2025

O R D E N A N Z A   4980 VISTO: El Expte.2025-07107733- -GDEMZA-SECHAC#ALVEAR, por el cual se Solicita modificación valores Ordenanza 4922 -Tarifaria 2025, y; CONSIDERANDO: Lo estipulado en la Ordenanza 4922-Tarifaria 2025. Que en la Ordenanza 4922- Tarifaria 2025 establece el valor de las entradas a la pileta Polideportivo Municipal, el que se encuentra en $ 11650,00, siendo necesario acceder al redondeo de tal valor para facilitar el cobro. Que, la Dirección Municipal de Rentas solicita modificar la Ordenanza 4922-Tarifaria 2025, en su Art. 19)A inc.1)-c); inc.2)-a). Que, de acuerdo al dictamen emitido por la Comisión de Hacienda y Presupuesto se desprende el aconseje al Honorable Cuerpo la aprobación de las modificaciones solicitadas.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:                         O R D E N A N Z A ARTICULO 1º).- Modifíquese el Art. 19)A Inc.1)-c); Inc.2)-a) de la Ordenanza 4922-Tarifaria 2025, el que quedará redactado de la siguiente manera:     POLIDEPORTIVO MUNICIPAL CIUDAD, BOWEN:     c) Temporada Individual ………………………………………………………………   12.000,00     COLONIA DE VACACIONES: ARTICULO 2°).- Comuníquese, Publíquese y dese al D.M.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR,

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Ordenanza 4979 Declaración Interés Departamental Torneos Esc. Alfonsin

O R D E N A N Z A   4979 VISTO: El Ex-2025-07017266- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual se Solicita Declarar Interés Departamental Torneos Esc. Ricardo Alfonsin, y; CONSIDERANDO: La necesidad de Declarar de Interés Departamental la realización de los encuentros deportivos que organiza la Escuela 2-007 “Dr. Raúl Alfonsin”, destinado a escuelas de Educación Integral Especial, para adolescentes y jóvenes con discapacidad de toda la Provincia. Que la escuela en el presente ciclo se encuentra realizando la quinta edición de esta propuesta que año a año crece en participación de escuelas y diversidad de temáticas. Que la provincia de Mendoza cuenta con 28 escuelas de Educación Especial integral para adolescentes y jóvenes con discapacidad. Que en el año 2024 se logró la participación de 17 instituciones de distintos departamentos. Que la aceptación de la convocatoria sigue impulsando a la comunidad educativa de estas  escuelas a seguir apostando por el desarrollo de las mismas, como así también poner el acento en iniciativas que permitan la igualdad, la justicia y la calidad educativa del Departamento de General Alvear. Que la escuela 2-007 “Dr. Raul Alfonsin” es en esto, una institución pionera y gestora de propuestas abiertas creativas en el ámbito educativo, social

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