Solicita Reconocer Trayectoria Sra. María Esther Sellanes

R E S O L U C I O N 4974-20 VISTO: El Expte. HCD 11983/19, por el cual se Solicita Reconocer Trayectoria Sra. María Esther Sellanes, y; CONSIDERANDO: La Destacada Trayectoria Artística y Cultural de la Sra. María Esther Sellanes. Que la Sra. María Esther Sellanes nació el 18 de Junio de 1939, demostrando desde pequeña un don natural para el arte en todas sus expresiones. Que cursó sus estudios iniciales en Unión (San Luis) y posteriormente daría culminación secundaria en la Ciudad de Lincoln (Bs.As.). Que su preparación académica en el orbe artístico es reflejada en sus Profesorados de Dibujo y Pintura (Instituto Palumbo), Danzas Folklóricas y Españolas, Teatro y posteriormente Música (en los Institutos “Conservatorio Superior de Música Scaramuzza” e “Instituto Grassi” de la Ciudad de Buenos Aires). Que al término de su formación, dictó clases en Lincoln hasta su traslado a la localidad natal, para desarrollar de allí en más, una laudatoria tarea de enseñanza y de creación de producciones integrales en las artes pictóricas y en la danza, con diferentes exposiciones en localidades y grandes ciudades de las Provincias de San Luis y Mendoza. Que es directora y creadora del reconocido Ballet Folklórico “El Pericón”,

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Solicita Declarar de Interés Social y Ambiental 1° Festival “A Defender el Agua” – “El Agua de Mendoza No Se Negocia”,

R E S O L U C I O N 4919-19 VISTO: El Expte. HCD 12007/20, por el cual se Solicita Declarar de Interés Social y Ambiental 1° Festival “A Defender el Agua” – “El Agua de Mendoza No Se Negocia”, y; CONSIDERANDO: La Primer Edición del Festival “A DEFENDER EL AGUA”. Que este próximo 4 de enero se realizará en nuestra Plaza Departamental el Festival denominado “A Defender el Agua”, como un símbolo más de la lucha en la defensa por el agua que ha llevado y persiste en nuestra gente. Que ante la aprobación y posterior promulgación de la Ley 9209, modificatoria de la Ley 7722 que fuera gestada en el Departamento de General Alvear, numerosos artistas alvearenses se dispusieron a realizar acciones para que se restituyera la Ley que protege nuestro agua. Que entre esas acciones y en consonancia con la lucha popular, decidieron organizar un Festival de acceso gratuito, junto con la Fundación “Ama al Mundo” y con cantantes y bandas locales, autoconvocados, tras el deseo de apoyar la defensa de la Ley N° 7722 y como demostración cabal que en la protección y preservación del agua de Mendoza, no hay diferencias ni sectarismos, es el

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Modificación Ordenanza 2820 Modif. Conformación Consejo Seguridad

O R D E N A N Z A 4638 VISTO: El Expte. HCD 12231/20, por el cual se Solicita Modificación Ordenanza 2820 (Modif. Conformación Consejo Seguridad), y; CONSIDERANDO: La necesidad de incorporar nuevos agentes como actores indispensables del Concejo de Seguridad de General Alvear. Que lo dispuesto por las Ordenanzas N° 2820 y 3432, y actual composición del Consejo Departamental de Seguridad. Que la seguridad pública de nuestro Departamento debe ser considerada como una política de estado, integrada por distintos actores de vital trascendencia, los que deben coordinar acciones bajo pautas de planificación, ejecución, control y evaluación, atendiendo la proyección de las necesidades colectivas. Que lamentablemente no existe sociedad humana sin criminalidad, violencia, contingencias o catástrofes naturales. La historia demuestra que la seguridad, como expresión de una necesidad vital del ser humano, es y ha sido siempre una de las preocupaciones centrales en toda sociedad. Ella es, paralelamente, una condición fundamental para el desarrollo de la persona y la sociedad, por cuanto –en esencia- implica certeza y ausencia de riesgo, amenaza o daño. Que, en este contexto, la seguridad es una construcción social y cultural, por ende, relativa y sujeta a los distintos actores sociales y el desarrollo de

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Declarar Interés Social, Cultural y Político-Jurídico Jornada “El Derecho de Familia y Sucesiones”

O R D E N A N Z A 4632 VISTO: El Expte. HCD 12204/20, por el cual se Solicita Declarar Interés Social, Cultural y Político-Jurídico Jornada “El Derecho de Familia y Sucesiones”, y; CONSIDERANDO: La disertación que realizará la Dra. Aída Kemelmajer de Carlucci en el Departamento de General Alvear. Que esta actividad se realizará el próximo día 30 de Septiembre y se abordará la temática “El Derecho de Familia y Sucesiones después de cinco años de vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación”. Que es una actividad de suma importancia histórica para el Departamento de General Alvear, por ser la primera vez que la Dra. Aída Kemelmajer de Carlucci, se dirigirá a nuestra comunidad. Que la Dra. Kemelmajer de Carlucci es Doctora de Derecho, coautora del C.C.C.N., miembro de las Academias Nacionales de Derecho y Ciencias Sociales de la Ciudad de Buenos Aires y de Córdoba. También es miembro honorario de la Real Academia de Derecho y Legislación de Madrid España. Que es Profesora Titular de Derecho Civil y Derecho Privado, de las facultades de Derecho y Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Cuyo, Profesora Honoraria de las Universidades de San Marcos y San Martín

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Declarar Día del Abordaje Integral del Aprendizaje

O R D E N A N Z A 4631 VISTO: El Expte. HCD 12200/20, por el cual se Solicita Declarar Día del Abordaje Integral del Aprendizaje, y; CONSIDERANDO: La Ley Nacional N° 27.306 “Declárase de Interés Nacional el Abordaje Integral e Interdisciplinario de los sujetos que presentan Dificultades Específicas del Aprendizaje” y la Ley de la Provincia de Mendoza N° 9.165 en Adhesión a la norma Nacional. Que el Art. 14 de la Constitución Nacional establece que todos los habitantes de la Nación goza, entre otros, del derecho de enseñar y aprender, conforme las Leyes que reglamentan su ejercicio. Que el Art. 75 de la Constitución Nacional en su Inc. 19, define que corresponde al Congreso sancionar leyes de organización y de base de la educación que consoliden la unidad nacional respetando las particularidades provinciales y locales, que aseguren, entre otros, la igualdad de oportunidades y posibilidades sin discriminación alguna. Que la Ley de Educación N° 26.206 y su modificatoria, en su Art. 79 establece que el Ministerio de Educación, en acuerdo con el Consejo Federal de Educación, fijará y desarrollará políticas de promoción de la igualdad educativa, destinadas a enfrentar situaciones que afecten el ejercicio pleno del derecho

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Regulación Cinerarios y Columbarios Cementerio Gral. Alvear

O R D E N A N Z A 4630 VISTO: El Expte. HCD 12168/20, por el cual se Solicita Regulación Cinerarios y Columbarios (Cementerio Gral. Alvear), y; CONSIDERANDO: El uso de cinerarios o cinezarios, y columbarios para depositar cenizas de personas fallecidas. Que sobre esta cuestión, la legislación eclesiástica dispone que se puede conceder el rito de las exequias cristianas, a no ser que su elección haya estado motivada por razones contrarias a la doctrina cristiana. Que respecto a esta opción, se debe exhortar a los fieles a no conservar en su casa las cenizas de los familiares, sino a darles la sepultura acostumbrada. Que si bien en Argentina recién se están implementando este método de utilización de cementerios, es una modalidad que avanza rápidamente y que es aceptada por la sociedad. Que la referencia Cinerario es el lugar o espacio destinado al depósito solamente de cenizas, sin urnas ni objetos de ninguna especie. Que es un método más económico y demanda menos espacio físico; y que su implementación permitirá solucionar el colapso que hoy sufren los cementerios. Que para ello es necesario establecer un registro de los restos depositados. Que el mantenimiento del cinerario estará a cargo del

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Crear Mesa Desarrollo Local y Planificación Intersectorial

O R D E N A N Z A 4627 VISTO: El Expte. HCD 12144/20, por el cual se Solicita Crear Mesa Desarrollo Local y Planificación Intersectorial, y; CONSIDERANDO: La necesidad de elaborar políticas con miras a reactivar la economía y cuidar el empleo, ante los efectos de la pandemia de Covid-19 que impacta de lleno en todos los ámbitos de la vida cotidiana. Que el mundo entero está atravesando una gran crisis sanitaria, económica y social por la pandemia del COVID-19. Que resguardar la salud de la población en general ha sido la prioridad de las políticas públicas. Que desde el día 19 de Marzo del año 2020 muchos comercios e industrias de nuestra ciudad se vieron afectados por los decretos Nacionales y Municipales, al día de hoy se encuentran cerrados salvo los exceptuados, que pudieron continuar con sus actividades, pero con horarios reducidos y disminución en ventas. Que por las medidas adoptadas y el acompañamiento de la ciudadanía, Mendoza comenzó a reabrir la economía y atenuar el fuerte impacto negativo transversal a todos los sectores productivos, comerciales y de servicios de la provincia. Que nos enfrentamos al desafío de seguir impulsando nuestra economía y por ello el gobierno

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Creación Abordaje y Concientización Infractores Viales por Consumo Sustancias Psicoactivas y/o Alcohol

O R D E N A N Z A 4626 VISTO: El Expte. HCD 12136/20, por el cual se Solicita Creación Abordaje y Concientización Infractores Viales por Consumo Sustancias Psicoactivas y/o Alcohol, y; CONSIDERANDO: Las Leyes Provinciales Nº9024; Nº9099 y su modificatoria Ley Provincial Nº9185, en lo relativo a la regulación sobre las conductas de las personas en la vía pública bajo los efectos de sustancias psicoactivas y/o alcohol. Que por Ley Provincial Nº 9185 se modifican la Ley Provincial de Seguridad Vial Nº 9024 y el código contravencional Ley Nº9099, estableciendo disposiciones exclusivas respecto de las sanciones a aplicar que corresponden para las conductas de conductores y transeúntes en estado de intoxicación alcohólica; con el objetivo fundamental de esta nueva regulación: “concientizar a todos aquellos conductores endureciendo estas sanciones”. Que las problemáticas de consumo, se hallan inmersas en una sociedad a la cual llamamos “Sociedad de Consumo”; los ciudadanos han aprendido que tanto las situaciones difíciles como las de disfrute, tienen que estar mediadas por el consumo. Que las personas que llegan a tener un problema de consumo de este tipo de sustancias, no detectan que están inmersos en una relación con estas que los supera o no pueden

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Licencias Especiales – Ordenanza 1764 Art. 79°/Estudios Prostáticos

O R D E N A N Z A 4623 VISTO: El Expte. HCD 12126/20, por el cual se Solicita Licencias Especiales – Ordenanza 1764 Art. 79° (Estudios Prostáticos), y; CONSIDERANDO: La necesidad de establecer un día especial con el objeto de facilitar la realización de los exámenes de prevención del Cáncer de Próstata, a todos los hombres que presten servicios al Estado Municipal. Que las patologías del Cáncer de Próstata, ocupan un altísimo porcentaje como causa de muerte, luego de las enfermedades cardiovasculares. Que teniendo en cuenta que la patología es prevenible a través de la realización de estudios y diagnósticos médicos, siendo esta última una de las herramientas más eficaces para hacer frente a este tipo de enfermedad. Que asimismo corresponde destacar que el estudio debe acentuarse en todos aquellos hombres mayores de 40 años, el cual debe realizarse al menos una vez al año. Que siendo estos estudios necesarios para un diagnóstico precoz de las enfermedades y de esta manera poder realizar los tratamientos necesarios a los efectos de prevenir el avance de las patologías. Que en agosto de 2.005, la Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza, dio media sanción al proyecto de ley de

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Adherir Ley Provincial 8792-Licencia Especial para Estudios de la Mujer

O R D E N A N Z A 4622 VISTO: El Expte. HCD 12122/20, por el cual se Solicita Adherir Ley Provincial 8792 (Licencia Especial para Estudios de la Mujer), y; CONSIDERANDO: La Ley N° 8792 de Mendoza, de fecha 25 de Marzo de 2015, donde se establece un día especial con el objeto de facilitar la realización de los exámenes de Colposcopía, Papanicolaou y Mamografía, a todas la mujeres que presten servicios al Estado Provincial. Que las patologías mamarias malignas ocupan el primer lugar de causa de muerte por Cáncer en mujeres y la segunda causa de muerte, luego de las enfermedades cardiovasculares. Que teniendo en cuenta que la patología es prevenible a través de la realización de estudios, diagnósticos, mamografías, siendo esta última una de las herramientas más eficaces para hacer frente a este tipo de enfermedad. Que asimismo corresponde destacar que el estudio debe acentuarse en todas aquellas mujeres mayores de 40 años, el cual debe realizarse al menos una vez al año. Que además, para la prevención del cáncer de cuello de uterino, tercera causa de muerte en la mujer, es necesario realizar estudios de Colposcopía y Papanicolaou. Que siendo estos estudios necesarios para un

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