Declarar Interés Cultural y Educativo “Congreso Pcial. de Cultura”

O R D E N A N Z A 3500 VISTO: El Expte. HCD 6663/08, por el cual se S/ Declarar Interés Cultural y Educativo “Congreso Pcial. de Cultura”, y; CONSIDERANDO: El Congreso Provincial de Cultura a llevarse a cabo en la Ciudad de Mendoza, en fecha 30 de Agosto de 2008. Que dicho Congreso se desarrollará como instancia integradora Departamental y Regional, en las cuales, miembros de la comunidad cultural de la Provincia de Mendoza, discutirán sobre políticas culturales a establecerse a nivel Municipal, Provincial y Nacional. Que el Congreso indicado, tendrá como objetivos generar un estado de amplia participación en análisis, debate y concertación de políticas culturales públicas, con participación de los Municipios y de diversos actores públicos y sociales que intervienen en el quehacer cultural de la Provincia de Mendoza. Que asimismo, se elaborarán diagnósticos y propuestas que contribuyan a la estructuración de políticas y planes nacionales de cultura, con miras a la participación de la Provincia de Mendoza en el Segundo Congreso Argentino de Cultura. Que la organización del Congreso, estará a cargo de un Comité, integrado por representantes de la Secretaría de Cultura, Consejo Provincial de Cultura, con la totalidad de los Directores de Cultura

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Inspección Gral. y Dir. Defensa Civil – Realizar Relevamiento Negocios Pub y otros

O R D E N A N Z A 3499 VISTO: El Expte. HCD 6640/08, por el cual se S/ Inspección Gral. y Dir. Defensa Civil – Realizar Relevamiento Negocios Pub y otros, y; CONSIDERANDO: La necesidad de inspeccionar los comercios de Pub, y/o Restobar, y otros en los que se concentren agrupaciones de público, en el ámbito del Departamento de General Alvear, Mendoza. Que resulta conveniente llevar adelante las acciones necesarias para que desde el D.E. Municipal, a través del Área de Inspección General y Defensa Civil, a fin de que los comercios y locales mencionados se adecuen las medidas de seguridad durante el funcionamiento de los mismos. Que la Ley 1079, Orgánica de Municipalidades, especifica claramente en su Art. 79º, Inc. 1 y 3 y en el Art. 80º – Inc. 3º, lo siguiente: Art. 79º – Corresponde al Concejo en lo relativo a “Seguridad”. 1 – Intervenir en la construcción de teatros, templos, escuelas y demás edificios destinados a reuniones públicas; que deberán ser siempre asismicas reglamentando el orden y distribución interior de los existentes, consultando la seguridad y comodidad del público, disponiendo que tengan los servicios necesarios de luz, agua corriente, sanitarios y para combatir el

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Derogación Ordenanzas 3463 y 3478

O R D E N A N Z A 3498 VISTO: El Expte. HCD-6665-08 por el cual se S/ Derogación Ordenanzas 3463 y 3478 y; CONSIDERANDO: Las Ordenanzas Municipales Nº 3463 y su modificatoria Nº 3478. Que las razones que impulsaron la reforma de la Ordenanza Nº 3463, a través de la modificación implementada en la Ordenanza Nº 3478, han perdido vigencia y es pertinente regularizar la situación de sueldos de los cargos fuera de nivel. Que en la Comuna se han abonado en tiempo y forma, las remuneraciones y aguinaldo hasta junio de 2008 inclusive. Que se ha saneado en gran parte los inconvenientes financieros del Municipio. Que es atribución del H.C.D. la fijación del importe de dietas y compensación funcional de Concejales y remuneración del Sr. Intendente Municipal y demás autoridades, funcionarios y personal que revisten en cargos políticos. Que es necesario, práctico y útil, contar con una normativa única que establezca las remuneraciones del Sr. Intendente Municipal, Concejales, Funcionarios y Empleados fuera de nivel. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º).- Fijase la remuneración mensual

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Adquisición Bienes y Maquinarias

O R D E N A N Z A 3497 VISTO: El Expte.3003-D-08 caratulado: D.E.: S/Adquisición Bienes y Maquinarias, y; CONSIDERANDO: Que mediante Ordenanza 3482 se autorizó al D.E. Municipal a la utilización y/o adquisición de bienes y maquinarias, a través de leasing o compra de los mismos, mediante la constitución de Derecho Real de Prenda con Registro, conforme a los términos de la Ley de Contabilidad Nº 3799. Que con posterioridad se sancionó la Ordenanza 3485 mediante la cual se modificó el Artículo 1º y se derogó el Artículo 3º de la Ordenanza 3482. Que el Proyecto de Ley que el Ejecutivo Provincial elevó a la Legislatura, contempla en su artículo 3º una tasa que no podrá superar el doce por ciento (12%), de interés anual; por lo que corresponde modificar nuevamente la Ordenanza 3482 sustituyendo el Artículo 2º de la misma, adecuándola a los términos del Proyecto de Ley Provincial. Que la aprobación de una nueva Ordenanza modificando nuevamente la sanción 3482, puede acarrear confusiones y consecuentemente complicar el procedimiento para la adquisición de los bienes y maquinarias mencionadas oportunamente. Que a los efectos legales la autorización de endeudamiento que el Honorable Concejo Deliberante otorga al D.E. Municipal

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Sra. Agostini, Angela S/ Donación Con Cargo

O R D E N A N Z A 3496 VISTO: El Expte. 691-“A”-08, por el cual la Sra. Agostini, Angela S/ Donación Con Cargo, y; CONSIDERANDO: Que conforme surge de las actuaciones obrantes en el Expte. del rubro, la Sra. Angela Agostini, hace Donación Con Cargo a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.), de una fracción de terreno destinada al ensanche de calle Prolongación Max Graff de ésta Ciudad de General Alvear (Mza.), constante de una superficie de (63,25 mts2), Sesenta y tres metros veinticinco decímetros cuadrados según plano de Fs. 9, con las medidas lineales, linderos y demás detalles que la individualizan figuran en el plano referido, cuya discriminación se consigna en la Escritura Traslativa de Dominio que llevará a cabo el Escribano interviniente. Que según informe de Sub-Dirección de Catastro Municipal a Fs. 18, las citadas fracciones se adecuan al desarrollo urbanístico del sector. Que resulta conveniente a los Intereses Municipales, aceptar la Donación Con Cargo efectuada. Que en el Expte. del rubro se registran los antecedentes de la donación mencionada.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente: O R D E N A

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Sr. Quevedo, Nestor Enrique S/ Consideración de Deuda

O R D E N A N Z A 3495 VISTO: El Expte. 4022-“Q”-07, por el cual el Sr. Quevedo, Nestor Enrique S/ Consideración de Deuda, y; CONSIDERANDO: Que el Sr. Nestor Enrique Quevedo, con domicilio en Calle Alem Sur Nº 115, titular del Padrón Municipal Nº 3808-1, solicita ver la posibilidad de ser considerada su deuda por Tasas y Servicios y Obras Reembolsables Municipales en los acuerdos pactados por ensanche de Calle Alem Sur. Que este Concejo a través de la Ordenanza Nº 2717, se procedió a realizar la eximición de la deuda por Tasas y Servicios y Obras Reembolsables a los vecinos frentistas del costado Oeste de la Calle Alem Sur afectados por el ensanche y asfaltado de la mencionada arteria. Que cuando se lleva a cabo el dictado de la referida norma el recurrente, por problemas laborales, no se encuentra dentro del Departamento por lo que el mismo, cuando el resto de los vecinos hacen la prestación, queda excluido de la eximición concedida. Que lo solicitado por el contribuyente esta a derecho por lo que se debe producir el dictado de la norma legal, correspondiente a los fines de proceder a realizar un acto de igualdad del

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Sr. Takczek, Próspero y Otros S/ Donación de Calles

O R D E N A N Z A 3494 VISTO: El Expte. 5033-“T”-06, por el cual el Sr. Takczek, Próspero y Otros S/ Donación de Calles, y; CONSIDERANDO: Que conforme surge de las actuaciones obrantes en el Expte. del rubro, los Sres. Próspero Takczek y Otros, vienen por el presente a hacer Donación Sin Cargo a favor de la Municipalidad de General Alvear, (Mza.), de las fracciones de terreno destinadas a ensanche de calle Antonio Di Paolo y prolongación calle Enrique Bardaro, todo conforme a Plano de Mensura a Fs. 17 de Expte. del rubro, las que constan de una superficie global de (840,86 mts2), Ochocientos Cuarenta Metros Ochenta y Seis Decímetros Cuadrados. Que según el informe de la Sub-Dirección de Catastro Municipal obrante a Fs. 18, las mismas se adecuan al desarrollo urbanístico de la Zona. Que resulta conveniente a los Intereses Municipales aceptar la Donación Sin Cargo efectuada. Que en el Expte. del rubro se registran los antecedentes de la Donación mencionada.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º).- Acéptase la Donación Sin Cargo de

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Implementar Programa “Promotores de Educación”

O R D E N A N Z A 3493 VISTO: El Expte. HCD 6312/07, por el cual se S/ Implementar Programa “Promotores de Educación”, y; CONSIDERANDO: La necesidad de que jóvenes y adultos recuperen el interés por insertarse en el Sistema Educativo en los Centros de Educación de Jóvenes y Adultos y puedan culminar su educación y formación básica. Que de acuerdo a publicación en medio de prensa escrita, se conoció: “… prácticamente todos los menores del Gran Mendoza que están presos por delinquir eran analfabetos, o casi, al momento de que fueran detenidos. En ese sentido el 94 % de los jóvenes de entre 16 y 18 años que ahora están internados en el ex COSE por delitos graves, no tenían terminada la escuela primaria cuando cayeron en manos de la policía …”. Que la educación es sinónimo de igual de posibilidades y crecimiento de nuestra sociedad culturalmente. Que ante esta realidad social y como una acción concreta y efectiva para afrontarla, se han llevado a cabo experiencias por Directivos de CEBA y CEBJA del Departamento, con animadores comunitarios facilitados por el Municipio desde la Dirección de Desarrollo Social y Salud, quiénes cumplían la tarea de promoción y

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Realizar 1ª Jornadas Capacitación Participación Ciudadana

O R D E N A N Z A 3492 VISTO: El Expte. HCD 6648/08, por el cual se S/ Realizar 1ª Jornadas Capacitación Participación Ciudadana, y; CONSIDERANDO: La necesidad de recordar y exaltar el esfuerzo del Pueblo y Gobierno de General Alvear, en su lucha por un ambiente saludable, institucionalizado en le Ley Provincial 7722. Que cada 20 de Junio, nuestro Departamento no solo festeja la Conmemoración del Día de la Bandera, sino también el día en que la lucha por el agua y la vida del pueblo de General Alvear, se concreta en Ley, en contra de la minería contaminante. Que la realidad mundial, nos muestra las lamentables ruinas y los agotados paisajes que son testigos mudos de la civilización y de cómo el hombre no ha venido haciendo otra cosa que podar su propio bienestar. Que por primera vez en nuestra Provincia el Departamento de General Alvear, fue la primera en expresar con unión y esfuerzo de todo un pueblo, el valor a la vida ante la interacción inevitable entre crecimiento económico y sus consecuencias sociales y ambientales. Que es menester resaltar las acciones de visionarios que nos advertían sobre el perjuicio de la mano del hombre

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Planes Consolidación y Ejercicios Vencidos por Tasas y Derechos

O R D E N A N Z A 3491 VISTO: El Expte. 2118-“D”-08, por el cual el D.E. Municipal S/ Afectación Específica Fondos Ingresados en Concepto “Planes Consolidación y Ejercicios Vencidos por Tasas y Derechos”, y; CONSIDERANDO: El Convenio de Reestructuración de Deuda en Dólares, celebrado entre el Gobierno de la Provincia de Mendoza y la Municipalidad de General Alvear. Que mediante Ordenanza Nº 3301/06, el H.C.D. Autorizó al D.E. Municipal a suscribir con el Superior Gobierno de la Provincia de Mendoza, un “Contrato de Préstamo”, destinado al pago de la totalidad de la Deuda vencida y a vencer que el Municipio mantiene con los Organismos Multilaterales de Crédito (BID-BIRF) y la Administración Central del Gobierno de la Provincia. Posteriormente por Ordenanza Nº 3454/07, se Ratificó el Convenio celebrado oportunamente con el Gobierno Provincial para la reestructuración de esa deuda. Que es intención del D.E. Municipal, cumplir con el compromiso asumido y para ello considera necesario disponer el destino específico de lo recaudado en concepto de “Planes de Consolidación y Ejercicios Vencidos por Tasas y Derechos”. Que por tal motivo, resulta necesario Autorizar al D.E. Municipal a afectar, durante el plazo que se determine para la cancelación total de

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