Muñoz Leandro Martín Presenta Recurso de Apelación

                 R E S O L U C I O N   5655-25 VISTO: El Ex-2025-07061743- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual el Sr. Muñoz Leandro Martín: Presenta Recurso de Apelación, y; CONSIDERANDO: Que el Sr. Leandro Martín Muñoz presenta un Recurso de Apelación contra la resolución del Departamento Ejecutivo Municipal mediante el Decreto N° 397-S.G./2025, el que dispone la desadjudicación de la parcela denominada “C” del Parque Industrial de General Alvear (PIGA), con destino a la instalación de una Planta de Panificados y Pastas Secas, la que oportunamente fuese adjudicada en forma condicional por el Decreto N° 346-SH/2017 de fecha 09/03/2017. Que, considerando que la desadjudicación, responde al incumplimiento del recurrente del cargo de adjudicación, conforme a los pliegos licitatorios y que el Sr. Muñoz no presentó ninguna prueba en contrario que justifique a este Concejo Deliberante un accionar distinto. Que, analizado el recurso de revisión incoado por el Sr. Muñoz, la Comisión de Legislación y Derechos y Garantías, aconseja al Honorable Cuerpo la aceptación en lo formal del impetrado recurso, pero su denegación en lo sustancial. – POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de General Alvear, (Mza.), en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: R E S O L U

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Dra. María Celeste Saponara Presenta Apelación

                 R E S O L U C I O N   5654-25 VISTO: El Ex-2025-07058251- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual la Dra. María Celeste Saponara Presenta Apelación, y; CONSIDERANDO: Que la Dra. María Celeste Saponara interpone Apelación contra los Decretos N° 431-S.G./2025, y N° 361-SG-2025, del Departamento Ejecutivo Municipal. Que en el Decreto N° 361-SG-2025 se desestima el reclamo interpuesto por la Dra. María Celeste Saponara por resultar abstracto; y que en el Decreto N° 431-SG-2025 el D.E. Municipal rechaza desde lo formal el Recurso de Revocatoria incoado por la Dra. María Celeste Saponara contra el Decreto N° 361-SG-2025 por no cumplir los requisitos previstos en el Art. 175 de la Ley N° 9003. Que habiéndose llevado a cabo un estudio pormenorizado del recurso y considerando la opinión de Asesoría Letrada de este H.C.D., la cual no es vinculante, la Comisión de Legislación y Derechos y Garantías aconseja al Honorable Cuerpo la aceptación en lo formal y se rechaza en lo sustancial el Recurso de Apelación en cuestión.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de General Alvear, (Mza.), en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: R E S O L U C I O N ARTICULO 1º).- Acéptese en lo

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Dra. María Laura López Presenta Apelación

                 R E S O L U C I O N   5653-25 VISTO: El Ex-2025-07057668- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual la Dra. María Laura López Presenta Apelación, y; CONSIDERANDO: Que la Dra. María Laura López interpone Apelación contra los Decretos N° 362-S.G./2025, y N° 430-SG-2025, del Departamento Ejecutivo Municipal. Que en el Decreto N° 362-SG-2025 se desestima el reclamo interpuesto por la Dra. María Laura López por resultar abstracto; y que en el Decreto N° 430-SG-2025 el D.E. Municipal rechaza desde lo formal el Recurso de Revocatoria incoado por la Dra. María Laura López contra el Decreto N° 362-SG-2025 por no cumplir los requisitos previstos en el Art. 175 de la Ley N° 9003. Que habiéndose llevado a cabo un estudio pormenorizado del recurso y considerando la opinión de Asesoría Letrada de este H.C.D., la cual no es vinculante, la Comisión de Legislación y Derechos y Garantías aconseja al Honorable Cuerpo la aceptación en lo formal y se rechaza en lo sustancial el Recurso de Apelación en cuestión.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de General Alvear, (Mza.), en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: R E S O L U C I O N ARTICULO 1º).- Acéptese en lo

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Reparación y Reacondicionamiento Calle M

R E S O L U C I O N  5652-25 VISTO: El Expte. 2025-07043716- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual se Solicita Reparación y Reacondicionamiento Calle “M”, y; CONSIDERANDO: El deterioro y el mal estado de la Calle “M” entre Calles 5 y 10. Que la calzada constituye una vía de tránsito frecuente para vecinos, trabajadores y productores de la zona. Que presenta un notorio deterioro, con baches y deficiencias que dificultan la circulación normal de vehículos. Que dicho deterioro en cuestión no sólo genera un riesgo de accidentes viales para automovilistas, ciclistas y motociclistas, sino que además puede ocasionar daños materiales en los vehículos. Que la falta de mantenimiento de las calles rurales y urbanas incide negativamente en la calidad de vida de los habitantes, obstaculizando el normal desarrollo de las actividades cotidianas. Que es deber del Estado garantizar la seguridad vial y el mantenimiento de las calles y caminos de uso público. Que resulta urgente intervenir para prevenir siniestros viales y brindar mayor seguridad a la comunidad.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: R E S O L U C I O N ARTICULO 1º).- Solicitar a

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Dr. Juan Sebastián Simón Presenta Apelación

 R E S O L U C I O N   5651-25 VISTO: El Ex-2025-06982254- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual el Dr. Juan Sebastián Simón Presenta Apelación, y; CONSIDERANDO: Que el Dr. Juan Sebastián Simón interpone Apelación contra los Decretos N° 363-S.G./2025, y N° 429-SG-2025, del Departamento Ejecutivo Municipal. Que en el Decreto N° 363-SG-2025 se desestima el reclamo interpuesto por el Dr. Simón Juan Sebastián por resultar abstracto; y que en el Decreto N° 429-SG-2025 el D.E. Municipal rechaza desde lo formal el Recurso de Revocatoria incoado por el Dr. Juan Sebastián Simón contra el Decreto N° 363-SG-2025 por no cumplir los requisitos previstos en el Art. 175 de la Ley N° 9003. Que habiéndose llevado a cabo un estudio pormenorizado del recurso y considerando la opinión de Asesoría Letrada de este H.C.D., la cual no es vinculante, la Comisión de Legislación y Derechos y Garantías aconseja al Honorable Cuerpo la aceptación en lo formal y se rechaza en lo sustancial el Recurso de Apelación en cuestión.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de General Alvear, (Mza.), en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: R E S O L U C I O N ARTICULO 1º).- Acéptese en lo Formal

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Reparación Pozo Calle O

R E S O L U C I O N  5650-25 VISTO: El Expte. 2025-06967377- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual se Solicita Reparación Pozo ubicado en Calle “O”, y; CONSIDERANDO: El grave deterioro vial en la zona de calle “O”, especialmente en el tramo ubicado a 200 mts al oeste antes de calle 7. Que la calzada constituye una vía de tránsito frecuente para vecinos, trabajadores y productores de la zona. Que presenta un notorio deterioro, con baches y deficiencias que dificultan la circulación normal de vehículos. Que el pozo en cuestión no sólo genera un riesgo de accidentes viales para automovilistas, ciclistas y motociclistas, sino que además puede ocasionar daños materiales en los vehículos. Que es deber del Estado garantizar la seguridad vial y el mantenimiento de las calles y caminos de uso público. Que los reclamos de los vecinos han sido reiterados debido a la peligrosidad de esta situación. Que resulta urgente intervenir para prevenir siniestros viales y brindar mayor seguridad a la comunidad.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: R E S O L U C I O N ARTICULO 1º).- Solicitar a la Dirección Provincial

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Plan Acompañamiento y Mitigación Inclemencias Climáticas 2025-2026

R E S O L U C I O N  5649-25 VISTO: El Expte. 2025-06956568- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual se Solicita Plan Acompañamiento y Mitigación Inclemencias Climáticas 2025-2026, y; CONSIDERANDO: La Ordenanza 4889 por la cual se establece que los fondos recaudados por concepto de uso de espacio aéreo en General Alvear, serán destinados al mantenimiento y sostenimiento del programa “Asistencia de mitigación de Contingencias climáticas”. Que dicha norma fue sancionada el pasado 30 de agosto de 2024 y en su Art. 7 establece que la recaudación y destino de dichos fondos será por el lapso de 15 meses, lo cual indica que en los próximos meses se cumpliría este periodo. Que este plan denominado “asistencia de mitigación de contingencias climáticas”, fue un paliativo necesario y oportuno frente a la decisión provincial de dejar sin efecto el programa de Lucha antigranizo. Que el verano pasado hemos sido testigos de cómo en diversos lugares de la provincia de Mendoza, -principalmente el Valle de Uco y el Este, las contingencias climáticas azotaron con fuerza al sector productivo. Que al momento de aprobar la ordenanza 4889 contábamos con datos fehacientes de que nuestro Departamento en la producción de cultivos tradicionales, genera más de

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Plan Urbanización Calle Corrientes

R E S O L U C I O N  5648-25 VISTO: El Expte. 2025-06848783- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual se Solicita Plan Urbanización Calle Corrientes de Ciudad, y; CONSIDERANDO:   La necesidad de mejoras en la urbanización de la calle Corrientes desde intersección con Martín de Yrigoyen hacia el sur, de nuestra Ciudad. Que en la zona mencionada es imperioso poder avanzar con trabajos de urbanización, para la mejora del lugar, así como para la calidad de vida de los vecinos que allí residen. Que en días donde el viento sopla con fuerza, debido a la falta de cuidado y mantención del arbolado público, se ve afectado el servicio eléctrico ya que las ramas se enredan con los cables produciendo cortes del suministro. Que además, sería muy importante que se pueda llevar a cabo la ejecución de cunetas para prevenir inundaciones en los domicilios que allí se encuentran, debido a que la zona es muy baja y cuando llueve, al no haber un sistema de cunetas que ayude al desagote se ven afectadas las viviendas. Que todo lo que se detalla o solicita en este proyecto tiene que ver con trabajar en mejorarle la vida a los residentes de la zona,

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Reencarpetado Calle 19

R E S O L U C I O N  5647-25 VISTO: El Expte. 2025-06592851- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual se Solicita Reencarpetado Calle 19, y; CONSIDERANDO: La inquietud de la Junta Vecinal de Los Ángeles de Bowen, y usuarios. Que dicha inquietud es la de poder contar con una vía de comunicación como lo es la calle 19 en el tramo comprendido entre las calles Centenario (K) y “O” (se adjunta copia nota firmadas por vecinos y usuarios a D. P. de Vialidad); con una vía de comunicación en buen estado para la circulación vehicular en general. Que en reiteradas ocasiones desde la entidad como también lo manifestó por vecinos y usuarios que son habituales en transitar por la arteria mencionada, han acudido a las autoridades locales y provinciales a fin de poder contar con la obra de repavimentación y mantenimiento de la calzada de la calle 19. Que es una zona productiva primaria de importancia, siendo además una conexión directa con el distrito de San Pedro del Atuel, siendo además la continuación de la Ruta Provincial 213, alternativa para el tránsito de carga pesada y peligrosa. Que es deber del Estado en sus distintos niveles atender a las demandas

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Instalación Disminución Velocidad Esc. Los Inmigrantes

R E S O L U C I O N  5646-25 VISTO: El Expte. 2025-06564421- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual se Solicita Instalación Disminuidores Velocidad Escuela Los Inmigrantes, y; CONSIDERANDO: La situación en la Escuela N° 1-263 “Los Inmigrantes” del paraje Compuertas Negras del distrito de Bowen. Que la problemática se centra en que el establecimiento escolar de la mencionada escuela, se encuentra sobre la margen Sur de la calle “K” (Centenario), a escasos metros de su intersección con calle 13 del paraje de Compuertas Negras. Que la calle Centenario (K) es una arteria de una alta densidad vehicular, de distintos portes, con el consiguiente riesgo para quienes asisten a sus estudios y sus tareas laborales al mencionado establecimiento escolar. Que es importante destacar la existencia de la cartelería con señalización lumínica, y ante el pedido de la comunidad educativa para que se refuerce la señalización horizontal y vertical a fin de lograr que los conductores, en su mayoría disminuyan la velocidad según la normativa legal y vigente cuando lo hacen frente a la Escuela “Los Inmigrantes”. Que, ante la inquietud puesta de manifiesto en forma oral a un miembro de este Cuerpo, es procedente acceder y canalizar tal petición a

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