Modificación Ordenanza 2820

O R D E N A N Z A   4638 VISTO: El Expte. HCD 12231/20, por el cual se Solicita Modificación Ordenanza 2820 (Modif. Conformación Consejo Seguridad), y; CONSIDERANDO: La necesidad de incorporar nuevos agentes como actores indispensables del Concejo de Seguridad de General Alvear. Que lo dispuesto por las Ordenanzas N° 2820 y 3432, y actual composición del Consejo Departamental de Seguridad. Que la seguridad pública de nuestro Departamento debe ser considerada como una política de estado, integrada por distintos actores de vital trascendencia, los que deben coordinar acciones bajo pautas de planificación, ejecución, control y evaluación, atendiendo la proyección de las necesidades colectivas. Que lamentablemente no existe sociedad humana sin criminalidad, violencia, contingencias o catástrofes naturales.  La historia demuestra que la seguridad, como expresión de una necesidad vital del ser humano, es y ha sido siempre una de las preocupaciones centrales en toda sociedad. Ella es, paralelamente, una condición fundamental para el desarrollo de la persona y la sociedad, por cuanto –en esencia- implica certeza y ausencia de riesgo, amenaza o daño.    Que, en este contexto, la seguridad es una construcción social y cultural, por ende, relativa y sujeta a los distintos actores sociales y el desarrollo

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Martínez Croce Respuesta Expte. HCD 12082

O R D E N A N Z A   4637 VISTO: El Expte. HCD 11842/19, por el cual el Sr. Erardo Martinez Croce Solicita Respuesta Expte. HCD 12082/15, y; CONSIDERANDO: Que conforme surge de las actuaciones obrantes en el Expte. del rubro, el Sr. Erardo Fabián Martinez –  DNI          N° 25.008.437, hace Donación Sin Cargo, a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.), de fracciones de terrenos destinados a las aperturas, ensanches que se realiza en esta Ciudad, totalizando una superficie global de Según Mensura: Tres Mil Doscientos Doce Con Ochenta y Cuatro Decímetros Cuadrados (3.212,84 mts2), con las medidas lineales, linderos y demás detalles que las individualizan figuran en el plano de mensura de fs. 05, cuya discriminación se consignara en la Escritura Traslativa de Dominio que llevara a cabo el Escribano interviniente.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°).- Acéptase la Donación Sin Cargo, el Sr. Erardo Fabián Martinez – DNI   N° 25.008.437, hace Donación Sin Cargo, a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.), de fracciones de terrenos destinados a las aperturas, ensanches

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Rever Ordenanza 3718 – Heladería Otto Lorenzana

O R D E N A N Z A   4636 VISTO: El Expte. HCD 11446/18, por el cual el Sr. Otto Lorenzana Solicita Rever Ordenanza 3718, y; CONSIDERANDO: Que la Ordenanza Municipal N° 3718 dispone limitaciones en la apertura y habilitaciones de locales aquellos comercios del rubro heladerías, 10% (diez por ciento), que sean de la misma firma o razón social, que fabriquen helados, en el territorio del Departamento de General Alvear. Que ante esta situación y que tal cual se han obtenido dictámenes de carácter legal por parte del Director de Asuntos Jurídicos del D.E. Municipal, Dr. Sergio Alonso, como el del Secretario de Desarrollo Económico Municipal, específicamente: “…Que la Ordenanza aludida excede las facultades de la Municipalidad, debido a que regula sobre una materia no delegada a la Nación sobre la que el Congreso dictó una Ley específica, tal como la Ley 25.156. Esta Ley, conocida como la Ley de Defensa de la Competencia, es una típica Ley que reglamenta el ejercicio de comercio… la concentración del mercado en cabeza de una misma marca o de un mismo proveedor es conducta lícita…”. Que además concluye “…se advierte una limitación impuesta por la normativa indicada… (Ordenanza N° 3718)… que

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Programa Fideicomiso

O R D E N A N Z A   4635 VISTO: El Expte. 3051-“S”-20, por el cual la Secretaría de Desarrollo y Promoción Departamental Solicita Pto. Ordenanza, y; CONSIDERANDO: Que el Municipio ha definido como política pública el acompañamiento al sector productivo de General Alvear, tanto agrícola como industrial, ganadero, de servicios, tecnológicos e innovación a través de programas y/o fideicomisos y/o líneas de financiamiento para facilitar la producción, cosecha, acarreo, industrialización y comercialización de la actividad frutícola, vitícola, hortícola, forrajera, ganadera (apícola, bovina, porcina, avícola y caprina), servicios (turismo, comercio, gastronomía, transporte y servicios en general), desarrollo tecnológicos e innovación (software, hardware, energía renovables y biotecnología) propias de nuestro Departamento. Que en el mismo sentido el Ministerio de Economía y Energía de la Provincia de Mendoza desarrolla herramientas e intenta integrar políticas a través de distintos programas, fideicomisos y líneas de financiamiento para lograr el estímulo y acompañamiento mencionado en el párrafo anterior. Que a través de Mendoza Fiduciaria S.A., Fondo para la Transformación y el Crecimiento y otros entes, se asiste y financia a emprendedores, productores e industriales de la Provincia y el Departamento con diversos programas, fideicomisos y líneas de financiamiento para el capital de trabajo y/o

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Donación Sin Cargo María Ojembarrena

O R D E N A N Z A   4634 VISTO: El Expte. 2344-“O”-20, por el cual la Sra. María Ojembarrena Hace Donación Sin Cargo, y; CONSIDERANDO: Que conforme surge de las actuaciones obrantes en el Expte. del rubro, la titular Sra. Ojembarrena, María Magdalena – DNI N° 10.755.614 hace Donación Sin Cargo, a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.), de una fracción de terreno que se realiza en esta Ciudad, totalizando una Superficie Global de Según Mensura: Dos Mil Novecientos Setenta con Ochenta y Seis Decímetros Cuadrados (2.970,86 mts2) y Según Título: Dos Mil Novecientos Noventa con Cuarenta y Cuatro Decímetros Cuadrados (2.990,44 mts2), con las medidas lineales, linderos y demás detalles que las individualizan y figuran en el plano referido, cuya discriminación se consignará en la Escritura Traslativa de Dominio que llevará a cabo el Escribano Interviniente.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°).- Acéptase la Donación Sin Cargo, de la fracción de terreno que ofrece la titular Sra. Ojembarrena, María Magdalena – DNI N° 10.755.614, a favor de la Municipalidad de General Alvear

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Donación Sin Cargo Anabela Gutiérrez

O R D E N A N Z A   4633 VISTO: El Expte. 1865-“G”-20, por el cual la Sra. Anabela Gutierrez Dadda Hace Donación Sin Cargo, y; CONSIDERANDO: Que conforme surge de las actuaciones obrantes en el Expte. del rubro, la fracción de terreno ofrecida por la Sra. Gutierrez Dadda, Anabela Rocio – DNI N° 35.623.660, y conforme los Usufructuantes Jorge Luis Gutierrez – DNI N° 12.983.905 y Sra. Liliana Dadda – DNI N° 13.467.395, el rasgo de terreno ofrecido para el Ensanche de Calle 9 (Fracción A), los mismos hacen Donación Sin Cargo, a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.), de una fracción de terreno destinada al ensanche de Calle 9, Distrito de Alvear Oeste, totalizando una Superficie Global según Plano de Mensura adjunto a fs. 9 de Según Título: Quinientos Veinticuatro con Cincuenta Decímetros Cuadrados (524,50 mts2) y Según Mensura: Quinientos Veinticinco con Ochenta y Cuatro Decímetros Cuadrados (525,84 mts2), con las medidas lineales, linderos y demás detalles que las individualizan y figuran en el plano referido, cuya discriminación se consigna en la Escritura Traslativa de Domino que llevará a cabo el Escribano interviniente.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso

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Declarar de Interés Social Jornada Derecho de Familia

O R D E N A N Z A   4632 VISTO: El Expte. HCD 12204/20, por el cual se Solicita Declarar Interés Social, Cultural y Político-Jurídico Jornada “El Derecho de Familia y Sucesiones”, y; CONSIDERANDO: La disertación que realizará la Dra. Aída Kemelmajer de Carlucci en el Departamento de General Alvear. Que esta actividad se realizará el próximo día 30 de Septiembre y se abordará la temática “El Derecho de Familia y Sucesiones después de cinco años de vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación”. Que es una actividad de suma importancia histórica para el Departamento de General Alvear, por ser la primera vez que la Dra. Aída Kemelmajer de Carlucci, se dirigirá a nuestra comunidad. Que la Dra. Kemelmajer de Carlucci es Doctora de Derecho, coautora del C.C.C.N., miembro de las Academias Nacionales de Derecho y Ciencias Sociales de la Ciudad de Buenos Aires y de Córdoba. También es miembro honorario de la Real Academia de Derecho y Legislación de Madrid España. Que es Profesora Titular de Derecho Civil y Derecho Privado, de las facultades de Derecho y Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Cuyo, Profesora Honoraria de las Universidades de San Marcos y San Martín

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Declaración Día Abordaje Integral Aprendizaje

O R D E N A N Z A   4631 VISTO: El Expte. HCD 12200/20, por el cual se Solicita Declarar Día del Abordaje Integral del Aprendizaje, y; CONSIDERANDO: La Ley Nacional N° 27.306 “Declárase de Interés Nacional el Abordaje Integral e Interdisciplinario de los sujetos que presentan Dificultades Específicas del Aprendizaje” y la Ley de la Provincia de Mendoza N° 9.165 en Adhesión a la norma Nacional. Que el Art. 14 de la Constitución Nacional establece que todos los habitantes de la Nación goza, entre otros, del derecho de enseñar y aprender, conforme las Leyes que reglamentan su ejercicio. Que el Art. 75 de la Constitución Nacional en su Inc. 19, define que corresponde al Congreso sancionar leyes de organización y de base de la educación que consoliden la unidad nacional respetando las particularidades provinciales y locales, que aseguren, entre otros, la igualdad de oportunidades y posibilidades sin discriminación alguna. Que la Ley de Educación N° 26.206 y su modificatoria, en su Art. 79 establece que el Ministerio de Educación, en acuerdo con el Consejo Federal de Educación, fijará y desarrollará políticas de promoción de la igualdad educativa, destinadas a enfrentar situaciones que afecten el ejercicio pleno del derecho

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Regulación Cinerarios y Columbario Cementerio

O R D E N A N Z A   4630 VISTO: El Expte. HCD 12168/20, por el cual se Solicita Regulación Cinerarios y Columbarios (Cementerio Gral. Alvear), y; CONSIDERANDO: El uso de cinerarios o cinerarios, y columbarios para depositar cenizas de personas fallecidas. Que sobre esta cuestión, la legislación eclesiástica dispone que se puede conceder el rito de las exequias cristianas, a no ser que su elección haya estado motivada por razones contrarias a la doctrina cristiana. Que respecto a esta opción, se debe exhortar a los fieles a no conservar en su casa las cenizas de los familiares, sino a darles la sepultura acostumbrada. Que si bien en Argentina recién se están implementando este método de utilización de cementerios, es una modalidad que avanza rápidamente y que es aceptada por la sociedad. Que la referencia Cinerario es el lugar o espacio destinado al depósito solamente de cenizas, sin urnas ni objetos de ninguna especie. Que es un método más económico y demanda menos espacio físico; y que su implementación permitirá solucionar el colapso que hoy sufren los cementerios. Que para ello es necesario establecer un registro de los restos depositados. Que el mantenimiento del cinerario estará a cargo del

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Crear Mesa Desarrollo Local y Planificación Intersectorial

O R D E N A N Z A   4627 VISTO: El Expte. HCD 12144/20, por el cual se Solicita Crear Mesa Desarrollo Local y Planificación Intersectorial, y; CONSIDERANDO: La necesidad de elaborar políticas con miras a reactivar la economía y cuidar el empleo, ante los efectos de la pandemia de Covid-19 que impacta de lleno en todos los ámbitos de la vida cotidiana. Que el mundo entero está atravesando una gran crisis sanitaria, económica y social por la pandemia del COVID-19. Que resguardar la salud de la población en general ha sido la prioridad de las políticas públicas. Que desde el día 19 de Marzo del año 2020 muchos comercios e industrias de nuestra ciudad se vieron afectados por los decretos Nacionales y Municipales, al día de hoy se encuentran cerrados salvo los exceptuados, que pudieron continuar con sus actividades, pero con horarios reducidos y disminución en ventas. Que por las medidas adoptadas y el acompañamiento de la ciudadanía, Mendoza comenzó a reabrir la economía y atenuar el fuerte impacto negativo transversal a todos los sectores productivos, comerciales y de servicios de la provincia. Que nos enfrentamos al desafío de seguir impulsando nuestra economía y por ello el gobierno

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