Prohibición Actividad Exploración y/o Explotación de Gas y Petróleo

O R D E N A N Z A 3934 VISTO: El Expte. HCD 8853/13, por el cual se Solicita Prohibición Actividad Exploración y/o Explotación de Gas y Petróleo, y; CONSIDERANDO: La importancia de declarar al Departamento de General Alvear “Libre de Fractura Hidráulica” (Fracking). Que este Honorable Cuerpo Deliberante, en conjunto con el pueblo y las diferentes Organizaciones Ambientalistas, han defendido a capa y espada los recursos naturales, y nuestro bien más preciado -El Agua- para que generaciones futuras crezcan en un ambiente sano, limpio y sin contaminación. Procurando y promoviendo todo tipo de desarrollo, agrícola, ganadero, turístico, comercial, industrial, hidrocarburifero, minero no contaminante que garantice una proyección sostenida de nuestros Bienes Comunes, siempre y cuando se use con criterios racionales, teniendo como prioridad el Agua, cuyo volumen disponible es acotado, vital e insustituible para nuestra supervivencia y desarrollo actual y futuro. Que diferentes leyes provinciales, entre las que podemos citar la Ley 5961 de Protección del Ambiente. La Ley General de Aguas, ley madre que establece el manejo y administración de este recurso vital para Mendoza, la Ley 7722 de prohibición de sustancias contaminantes en Minería Metalífera a Cielo Abierto, con especial cuidado del recurso Hídrico, entre otras,

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Solicita Construcción Casita del Discapacitado

O R D E N A N Z A 3903 VISTO: El Expte. HCD 8603/12, por el cual se Solicita Construcción Casita del Discapacitado, y; CONSIDERANDO: El trabajo de años que se realiza desde La Casita del Discapacitado, conteniendo, enseñando oficios y dando la posibilidad de dignificarse a través de un trabajo a jóvenes con habilidades especiales, y que a pesar del tiempo que llevan funcionando no cuentan aún con un edificio propio. Que como institución, por el esfuerzo que realizan y la continuidad que han conseguido llevar adelante durante años, merecen que el Municipio (que actualmente es la entidad supervisora) los ayude en la construcción del edificio propio y de la búsqueda de financiamiento necesaria para tal proyecto. Que “La Casita” nace en General Alvear en el ’98 como taller “panadería”, que luego en el 2004 obtiene la personería jurídica por Res. 1143 integrada por una comisión cooperadora formada por padres de chicos especiales y supervisada por la Municipalidad Departamental. Que esa comisión de padres ha trabajado durante años un proyecto para la obtención de un lugar físico que permita a jóvenes/adultos con discapacidad el desarrollo de aspectos relacionados con su auto desempeño y la inserción laboral en la

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Solicita Estacionamiento para Discapacitados

O R D E N A N Z A 3815 VISTO: El Expte. HCD 8200-12 por el cual se Solicita Estacionamiento para Discapacitados, y; CONSIDERANDO: La necesidad de contar con un espacio para estacionamiento destinado a los vehículos que transporten a personas con discapacidad, dentro del Sistema de Estacionamiento Controlado. Que atravesamos procesos de desarrollo tendientes a general mayor igualdad y respeto por los derechos humanos, se hace cada día mas imprescindible generar políticas de inclusión e integración social, poniendo especial interés en aquellas personas que padezcan alguna alteración funcional permanente o prolongada, física o mental, que en relación a su edad y medio social implique desventajas considerables par su integración familiar, social, educacional o laboral, comúnmente conocidas como discapacitados. Que nuestro departamento ha crecido económica y socialmente, impactando esto en el volumen del parque automotor, siguiendo la tendencia de crecimiento nacional y provincial. Entre enero y marzo de este año se han patentado 16.173 unidades durante los 60 días hábiles que tuvo este período. Esto es 269,55 vehículos de dos, cuatro o seis ruedas por día o 33 por hora. Comparado con el arranque de 2010 hay un crecimiento del 38,8 %. Que este crecimiento automotor ha puesto en

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Clasificación Residuos Sólidos Urbanos a Reciclar

O R D E N A N Z A 3747 VISTO: El Expte. HCD 7896/11, por el cual se Solicita Clasificación Residuos Sólidos Urbanos a Reciclar, y; CONSIDERANDO: La falta de un ordenamiento en materia de Residuos Sólidos Urbanos y ante la pronta inauguración de la Planta de Reciclados. Que en nuestro Departamento se está llevando una política de cuidados del ambiente y que actualmente se está construyendo la Planta de Reciclado de Residuos Sólidos Urbanos que permitirá la erradicación definitiva de los basurales a cielo abierto. Que se entiende por residuos a cualquier objeto, material, sustancia o elemento sólido, semisólido, líquido o gaseoso resultante del consumo o uso de un bien en actividades domésticas, industriales, comerciales, que el generador abandona, rechaza o institucionales o de servicios entrega y que es susceptible de aprovechamiento o transformación en un nuevo bien, con valor económico o de disposición final. Que a su vez los residuos sólidos se dividen en aprovechables y no aprovechables. Igualmente, se consideran como residuos sólidos, entre otros, aquellos provenientes del barrido y limpieza de áreas y vías públicas, corte de césped y poda de árboles. Que si bien los residuos sólidos se dividen en aprovechables y no aprovechables,

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Uso del Suelo y Gestión Ambiental

O R D E N A N Z A 3730 VISTO: El Expte. 6440-S-10 por el cual la Sub Dirección Planeamiento: S/Proyecto Ordenanza “Uso del Suelo y Gestión Ambiental”, y; CONSIDERANDO: La necesidad de optimizar la regulación urbanística y ambiental, para la aprobación de proyectos de loteos residenciales y de proyectos industriales de alto impacto ambiental. Que el Departamento Ejecutivo Municipal –DEM- ha iniciado un proceso de ordenamiento territorial que se consolidará en etapas; Que se ha comenzado a transitar la primera etapa del proceso para dar respuestas a demandas urgentes planteadas en el Plan Estratégico Participativo para el Desarrollo Sustentable de General Alvear y también a través de Ordenanza específicas como: . Ord. Nº 2769, que solicita al D.E.M determinar zonas destinadas a la localización de establecimientos destinados a desarrollar actividades “nocivas”; . Ord. Nº 3517 que determina que el D.E.M. deberá arbitrar los recursos necesarios para realizar un estudio y diagnóstico de la ”situación actual” para la elaboración de un mapa de desarrollo urbano rural, productivo y turístico departamental, etc. Que esta primera etapa del proceso tendrá acciones inmediatas tendientes a la resolución de conflictos que demandan respuestas urgentes que deben comenzar por una adecuación del marco legal

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Declarar Alerta Atmosférica Bº Jardín, Irrigación y Otros

O R D E N A N Z A 3724 VISTO: El Expte. HCD 7722/10, por el cual se Solicita Declarar Alerta Atmosférica Bº Jardín, Irrigación y Otros, y; CONSIDERANDO: El problema de contaminación ambiental generada por el derrame de efluentes cloacales clandestinos de la planta Obras Sanitaria Mendoza al desagüe La Marzolina. Que la situación descripta provoca importantes consecuencias para la salud de las familias de la zona geográfica de nuestra Ciudad que abarca a los Barrios Jardín, Florio, Irrigación, 1º de Mayo, SOEVA 1º y 2º, Alimentación 1, 2 y 3, Cristo Rey, Pellegrini, Santa María, Albox, calle Falcinelli, Barrio La Marzolina y las inmediaciones de la Diagonal Carlos Pellegrini. Que dicha problemática se ve agudizada con el inicio del período estival provocando que el olor afecte la calidad de vida de amplios sectores de nuestra sociedad. Que existen importantes antecedentes en materia judicial al respecto y por otra parte, la Policía del Agua del Departamento General de Irrigación cuenta con estudios que demuestran a través de informes de monitoreos que existen diversos problemas de contaminación. Que este HCD aprobó en fecha 10 de agosto del corriente año la Resolución Nº 2808, en ejercicio de sus facultades establecidas

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Solicita Declarar Alerta Atmosférica Distrito de Bowen

O R D E N A N Z A 3697 VISTO: El Expte. HCD 7682/10, por el cual se Solicita Declarar Alerta Atmosférica Distrito de Bowen, y; CONSIDERANDO: La gravísima situación por la que atraviesan los vecinos del Distrito de Bowen. Que la situación en la cual están inmersos los habitantes de Bowen, ha llegado al límite de lo tolerable por cualquier persona. Que según Ley General del Ambiente 25675 define “…Principio Precautorio, cuando haya peligro de daño grave o irreversible la ausencia de información o certeza científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces, en función de los costos, para impedir la degradación del medio ambiente…”. Que el enfoque precautorio deberá ser ampliamente aplicado por los Estados de acuerdo a sus capacidades para proteger el ambiente. Que debemos tener en cuenta que la Ley 24284 nos proporciona conceptos básicos sobre esta temática, tales como Contaminación Atmosférica en entiende por contaminación atmosférica, la presencia en la atmósfera de cualquier agente físico, químico o biológico, o de combinaciones de los mismos en lugares, formas y concentraciones tales que sean o puedan ser nocivos para la salud, seguridad o bienestar de la población, o perjudiciales para la

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Incorporación Código Edificación Municipal

O R D E N A N Z A 3667 VISTO: El Expte. HCD 7372/10, por el cual se Solicita Incorporación Código Edificación Municipal Recomendaciones y Especificaciones Acceso Discapacitados, y; CONSIDERANDO: La labor del D.E. Municipal en lo referido al Ordenamiento Territorial del Departamento de General Alvear, Mendoza. Que es necesario adaptar y actualizar el Código de Edificación Municipal de General Alvear, entre otras cosas, los accesos a edificios públicos, calles, paseos, plazas, etc., que permitan el ingreso y egreso a las personas con discapacidades. Que teniendo en cuenta la Legislación vigente Nacional y Provincial, en lo referente a la regulación del trato e integración de las personas que poseen discapacidades, es menester dictar la presente Ordenanza a fin de que se incorpore y forme parte de la norma Código de Edificación Urbana del Municipio de General Alvear, Mendoza, las “Recomendaciones de Accesibilidad” (Anexo 1), a fin de que se vayan aplicando las medidas y disposiciones en el trabajo de Ordenamiento Territorial necesario para nuestro Departamento .- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º).- Establézcase como parte del

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Priorizar Atención Embarazadas, Discapacitados y Tercera Edad

O R D E N A N Z A 3601 VISTO: El Expte. HCD 7036/09, por el cual se Solicita a Entidades Públicas y Privadas Priorizar Atención Embarazadas, Discapacitados y Tercera Edad, y; CONSIDERANDO: La necesidad de establecer una atención prioritaria a personas con discapacidades, mujeres embarazadas y personas de la tercera edad. Que se debe dar prioridad a las personas que no puedan permanecer durante mucho tiempo esperando en establecimientos comerciales, bancos, entidades del Estado, empresas en las que se efectúen cobros de servicios, o cualquier lugar donde se realicen cualquier tipo de trámites. Que el adulto mayor debe gozar de cierta consideración, por sus condiciones de edad y físicas que hacen que no puedan realizar ciertas actividades en comparación con otras personas más jóvenes. Que debido a que la atención en distintas entidades privadas y del Estado, sea por la cantidad de personas que concurren o en algunos casos la demora propia del trámite, se provoca aglomeración y largas colas de ciudadanos a la espera de ser atendidos, y a las mujeres embarazadas, personas con discapacidades de avanzada edad; se les hace dificultoso soportar largas esperas, o permanencia en sitios que arriesgan o comprometen su salud.- POR ELLO:

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Creación Programa General Alvear… Ciudad Libre de Bolsas Contaminantes

O R D E N A N Z A 3597 VISTO: El Expte. HCD 6954/09, por el cual se Solicita Creación Programa General Alvear… Ciudad Libre de Bolsas Contaminantes, y; CONSIDERANDO: Los graves efectos ambientales causados por la proliferación de bolsas de plástico. Que las mismas son fabricadas con materiales no biodegradables como polietileno o prolipropileno, ambos derivados del petróleo, a su vez fuente de energía no renovable y cada vez más onerosa. Que dichas bolsas plásticas, dado a su estructura química y física, tardan siglos (según estudios científicos entre 1 y 4 siglos, aproximadamente) en degradarse, acumulándose en basurales, predios, baldíos, alambrados, etc., y en todo el hábitat del ser humano que, inconscientemente sigue consumiendo este tipo de producto por su utilidad práctica, pero eliminándolo sin tener en cuenta que contamina tato el ambiente urbano como rural y que pone en riesgo la vida vegetal, animal y la suya propia. Que al material no biodegradable con mucha frecuencia es el responsable de la obstrucción de desagües pluviales y sistemas de eliminación de deshechos cloacales afectando gravemente la calidad de vida de los ciudadanos. Que las bolsas plásticas constituyen el 6 % de los residuos sólidos urbanos que por lo

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