establecer Régimen Especial de Regularización Deuda y Facilidades de Pago

O R D E N A N Z A 3368 VISTO: El Expte. 6221-06 caratulado Pto. Ordenanza: S/establecer Régimen Especial de Regularización Deuda y Facilidades de Pago, y; CONSIDERANDO: Que en representación del Gobierno Provincial, el Departamento Ejecutivo Municipal está llevando a cabo acciones tendientes a escriturar a favor de sus poseedores los lotes Fiscales otorgados en su oportunidad por el Gobierno de la Provincia de Mendoza en el denominado Barrio San Carlos del radio urbano de esta Ciudad de General Alvear. Que para posibilitar el trámite de la escrituración es necesario que los vecinos hayan abonado las tasas y servicios correspondientes a la Municipalidad de General Alvear. Que muchos vecinos no cuentan con los recursos necesarios para cancelar las deudas que mantienen con la Municipalidad, lo que dificultaría el acto de escrituración. Que resulta necesario establecer un régimen de excepción atendiendo a las particularidades del caso, para que los vecinos puedan escriturar a su nombre los terrenos que ocupan y a su vez la Municipalidad pueda percibir los conceptos que se le adeudan. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente: O R D E N A N Z

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D.E. Municipal Copia Decreto Nº 695-S.G. y A./08

O R D E N A N Z A 3535 VISTO: El Expte. 3437-“D”-08, por el cual el D.E. Municipal S/ Copia Decreto Nº 695-S.G. y A./08, y; CONSIDERANDO: Que del análisis efectuado por la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales y Derechos y Garantías de éste Cuerpo, se desprende el aconseje de Ratificar el Decreto Municipal Nº 695-SH y A/08, por el cual Adhiere a la Ley Nº 7153. Que en Sesión de la fecha se da por aprobado el mencionado Despacho.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º).- Ratifícase en todas y cada una de sus partes el Decreto Nº 695-SG y A/08, a saber: “… Visto: Lo dispuesto por la Ley Nº 7153, y; Considerando: Que en su Art. 3º se invita a los Municipios a adherir a la citada Ley. Que por Decreto Municipal Nº 301-G/04, éste Municipio incorporó el Digesto Municipal el Decreto Nº 1968/04 del Superior Gobierno Provincial, reglamentario de viáticos, aplicando sus disposiciones a partir del día 01/10/2004. Que el viático propiamente dicho, no constituye compensación de un mayor esfuerzo ni

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Reconocimiento Alumnos Esc. Miguel de Azcuénaga – Participación Feria de Ciencias

O R D E N A N Z A 3538 VISTO: El Expte. HCD 6864/08, por el cual se S/ Reconocimiento Alumnos Esc. Miguel de Azcuénaga – Participación Feria de Ciencias, y; CONSIDERANDO: La realización de la Feria Provincial de Ciencia y Tecnología. Que los días 02 y 03 de octubre de 2008 en la Feria de Ciencia y Tecnología Departamental, los alumnos de los Años 6º “A” y 6º “B” del turno mañana de la Escuela Nº 1-250 “Miguel de Azcuénaga”, se presentaron con el Pto. “Las Bondades del Aceite de Oliva”, obteniendo el Primer Puesto en el Nivel D con un puntaje del 100%. Que en la Feria Provincial, evento realizado recientemente en el Departamento de Guaymallén donde confluyó cada Departamento, participaron como años tras año, diferentes estudiantes de establecimientos de nuestro Departamento, y por supuesto el Pto. “Las Bondades del Aceite de Oliva”, recibiendo la noticia de la premiación junto a otros cinco trabajos de la Provincia, obteniendo un puntaje de 99%, pasando a la instancia Nacional a realizarse en la Ciudad de Puerto Madryn de la Provincia de Chubut. Que dicha Pto. ha sido el resultado del esfuerzo de 31 alumnos, siendo sus expositores Alexis Alladio

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D.E. Mcpal. Autorización al D.E. para Garantizar Empréstito con Participación Provincial

O R D E N A N Z A 3539 VISTO: El Expte. 5843-“D”-08, por el cual el D.E. Mcpal. S/ Autorización al D.E. para Garantizar Empréstito con Participación Provincial, y; CONSIDERANDO: Que mediante la Ordenanza Nº 3497, se Autorizó al D.E. Municipal a contraer un Empréstito que será destinado a la utilización y/o adquisición de bienes y maquinarias, a través del Leasing o compra de los mismos mediante constitución de derecho real de prenda con registro. Conforme a la legislación vigente, hasta una suma no superior a Pesos Cuatro Millones ($ 4.000.000.-) Que en la misma se omitió Autorizar al D.E. Municipal para garantizar el empréstito con la participación que le corresponde al Municipio. Que dicha garantía es un requisito indispensable e ineludible para la obtención del financiamiento mencionado.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º).- Autorízase al D.E. Municipal a Garantizar el cumplimiento de las Obligaciones que se asumen en virtud del Contrato de Préstamo a celebrar con el Superior Gobierno de la Provincia, Autorizado mediante Ordenanza Nº 3497, mediante la Afectación de los Fondos de

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D.E. Municipal Modificación Presupuesto de Gastos

O R D E N A N Z A 3534 VISTO: El Expte. 1180-“D”-08, por el cual el D.E. Municipal S/ Modificación Presupuesto de Gastos, y; CONSIDERANDO: Que del análisis efectuado por la Comisión de Hacienda y Presupuesto de desprende la factibilidad de ratificar el Decreto Nº 94-SG/08, por el cual se modifica el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos en vigencia, Creando una Partida destinada al pago de las Pasantías Educativas Rentadas. Que en Sesión de la fecha, se da por Ratificado el mencionado Decreto.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º).- Ratifícase en todas y cada una de sus partes, el Decreto Nº 94-SG/08, a saber: “… Visto: El programa de pasantías rentadas implementadas por el Municipio, y; Considerando: Que este régimen de pasantías ha posibilitado a los alumnos de las instituciones educativas la complementación de su especialidad teórica con la práctica, que los habilite en el ejercicio de la profesión u oficio elegido, permitiendo que los alumnos tomen contacto con el ámbito en que se desenvuelven las organizaciones y entidades públicas afines a los

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Reparar Baños Terminal Ómnibus

O R D E N A N Z A 3533 VISTO: El Expte. HCD 6841/08, por el cual se S/ Reparar Baños Terminal Ómnibus, y; CONSIDERANDO: La necesidad de reparar, modificar y modernizar los sanitarios de la Terminal de Ómnibus de nuestro Departamento. Que los sanitarios de la Terminal de la Ciudad de General Alvear, están en un estado de elevado deterioro debido al uso y años de falta de inversión de los mismos. Que en los Servicios Turísticos son esenciales para el desarrollo económico Departamental. Que los sanitarios es un servicio fundamental para la calidad de servicios, teniendo en cuenta que flujo de turistas que hace uso del transporte público de pasajeros.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º).- Incluir dentro del Plan de Obras Departamental correspondiente al Año 2009, la Reparación de los Baños de la Terminal de Ómnibus de General Alvear, Mendoza.- ARTICULO 2º).- Incluir dentro del Presupuesto 2009, las Partidas correspondientes a la Obra citada en el Art. 1º de la presente.- ARTICULO 3º).- Solicitar a la Dirección de Obras Públicas, la evaluación de

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Modificar Art. 3º – Ordenanza Nº 3181 (Consejo Asesor Turismo)

O R D E N A N Z A 3532 VISTO: El Expte. HCD 6825/08, por el cual se S/ Modificar Art. 3º – Ordenanza Nº 3181 (Consejo Asesor Turismo), y; CONSIDERANDO: La Ordenanza Nº 3181, en la cual se Crea el Consejo Asesor Municipal de Planificación y Promoción Turística del Departamento de General Alvear, Mendoza. Que a través de la Dirección de Turismo se conoce la importante expansión turística que ha tenido el Departamento en los últimos tiempos, incrementándose los prestadores y como consecuencia los servicios. Que existe un compromiso sostenido, de pueblo y gobierno para promover la región como destino turístico, ya que contamos con productos diferenciados respecto a la Región Sur de la Provincia, permitiéndonos brindar servicios turísticos, competitivos y de accesibilidad. Que resulta pertinente la participación ciudadana ampliada y diversificada, para llevar a cabo la planificación y promoción turística acorde a la realidad actual, Departamental, involucrando representantes del sector turístico que no están contemplados en la Ordenanza Nº 3181.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º).- Modifícase el Art. 3º de la Ordenanza Nº

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Modificación Ordenanza Nº 3346

O R D E N A N Z A 3531 VISTO: El Expte. HCD 6732/08, por el cual se S/ Modificación Ordenanza Nº 3346, y; CONSIDERANDO: La Ordenanza Nº 3346 – Modificación y/o Agregado de la Ordenanza Nº 1764. Que en fecha 30 de octubre del año 2006 se sanciona la Ordenanza Nº 3346 por la cual se modifica y/o produce agregados en la Ordenanza Nº 1764, “Estatuto Escalafón Empleados Municipales de General Alvear”, y la misma fue promulgada por el D.E. Municipal en fecha 08 de noviembre de 2006. Que las modificaciones y/o agregados se llevaron a cabo a fin de producir un reconocimiento de la situación de permanencia del personal y otorgar una solución que admita el progresivo ascenso para los Agentes que se encuentran escalafonados en los distintos tramos de la Planta de Personal Permanente de este Municipio. Que en el Art. 2º de la Ordenanza Nº 3346 se dispone que la mismo tendrá vigencia a partir del 1º de diciembre de 2006, por lo que se autoriza al D.E. Municipal a realizar las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a la misma. Que en la referida norma se ha omitido facultar al D.E. Municipal a crear

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Sistema Identificación geográfica Departamental

O R D E N A N Z A 3367 VISTO: El Expte. HCD-6212-06 caratulado Pto. Ordenanza: S/Sistema Identificación geográfica Departamental, y; CONSIDERANDO: La necesidad de incorporar las actuales herramientas tecnológicas que permiten importantes adelantos en cuanto a la eficiencia de procesamiento de datos para una excelencia en la gestión administrativa de planificación y gestión municipal. Que actualmente se observa la creciente necesidad de actualizar y organizar la información de los departamentos provinciales como al mismo tiempo, su integración en un sistema de información geográfica (SIG) definido como “un sistema de hardware y software y procedimientos elaborados para facilitar la obtención, gestión, manipulación, análisis, modelado, representación y salidas de datos especialmente referenciados pasa resolver problemas complejos de planificación y gestión”. Que estos sistemas presentan los siguientes objetivos: a) búsqueda y obtención de información digital del departamento de General Alvear, b) implementación de un sistema de consulta gráfica y alfanumérica de la estructura parcelaria del departamento, c) Georreferenciación de toda la información cartográfica del departamento de General Alvear, d) generación, actualización y corrección de la cartografía digital del departamento, e) creación de un sistema de información geográfico del departamento de General Alvear, f) mejoras sustanciales para el apoyo con herramientas tecnológicas

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Código Tributario General y Especial – Ordenanzas Reglamentaria y Tarifaria

O R D E N A N Z A 3366 VISTO: El Expte. 7043-D-06, por el cual el D.E. Municipal (Dirección de Rentas) s/Proyecto Código Tributario General y Especial- Ordenanzas Reglamentaria y Tarifaria – Ejercicio 2007, y; CONSIDERANDO: Que el dictamen efectuado por la Comisión de Hacienda y Presupuesto, abocada al estudio del Expte. Del rubro determina la aprobación del Proyecto presentado por el D.E. Municipal. Que en Sesión de la fecha, se da por aprobado el mencionado dictamen por mayoría. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º).- Apruébese el Código Tributario – Libro I, Código Tributario, Libro II Ordenanza Reglamentaria – Libro III y Ordenanza Tarifaria Anual para el Ejercicio 2007, enviado por el D.E. Municipal bajo Expte. 7043-D-06, con las siguientes modificaciones: Modificanse los valores establecidos en el presente Código Tributario, los cuales deberán ser con un incremento del 25% (Veinticinco por ciento), sobre Tasas Y Servicios y Derechos de Comercio de los valores establecidos en el Ejercicio Año 2006. El producido de dicho incremento será destinado al Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos. ARTICULO 2º).- Para

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