Fideicomiso Industria

O R D E N A N Z A   4919 VISTO: El Expte. 2024-08157494- -GDEMZA-SECDESARR#ALVEAR, por el cual se Solicita Fideicomiso Industria, y; CONSIDERANDO: La necesidad de continuar con apoyo a las industrias locales. Que el Municipio ha definido como política pública el acompañamiento al sector productivo de General Alvear tanto agrícola como industrial, ganadero, de servicios, tecnológicos e innovación a través de programas y/o fideicomiso y/o líneas de financiamiento para facilitar la producción, cosecha, acarreo, industrialización y comercialización de la actividad frutícola, vitícola, hortícola, forrajera, ganadera (apícola, bovina, porcina, avícola y caprina) , Servicios (turismo, comercio gastronomía, textiles, transporte y servicios en general) desarrollo tecnológico e innovación (software, hardware, energías renovables, biotecnología y otros que pudieran surgir) propias de nuestro Departamento. Que en el mismo sentido el Ministerio de Economía y Energía de la Provincia de Mendoza desarrolla herramientas e intenta integrar políticas a través de distintos programas, fideicomisos y líneas de financiamiento para lograr el estímulo y acompañamiento mencionado en el párrafo anterior. Que, a través de Mendoza Fiduciaria S.A., Administradora Provincial del Fondo u otros entes, se asiste y financia a emprendedores, productores e industriales de la provincia y el departamento con diversos programas, fideicomisos y líneas

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Implementar Sistema Ojos en Alerta

O R D E N A N Z A   4918 VISTO: El Expte. 2024-07959829- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual se Solicita Implementar Sistema “Ojo en Alerta”, y; CONSIDERANDO: La posibilidad de perfeccionar y mejorar el sistema de seguridad urbana del departamento de General Alvear, Mza. Que es una política de estado del gobierno local la problemática de Seguridad Pública. Que tal es así el desarrollo acciones y tareas de prevención a través de la Policía Municipal, el Sistema de Alarma Comunitaria y el Sistema de Cámaras y Monitoreo, en forma conjunta con el Gobierno Provincial. Que se continúa y se ha fortalecido de manera exponencial la ampliación de la Alarma Comunitaria en cada distrito del departamento de General Alvear, el patrullaje y prevención del delito a través de la Dirección de Tránsito Municipal. Que, continuando con la política de seguridad Pública, una herramienta que hoy existe a nivel de gobiernos locales, el sistema “Ojos en Alerta”, la cual se está implementando en más de 57 municipios de 11 provincias del país, con resultados esperados y con una efectividad que mitiga el fenómeno social de inseguridad, a través de la prevención del delito, y con su principal característica, la colaboración por parte

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Vecinos Alvear Oeste Solicitan Nominar Calles

O R D E N A N Z A   4917 VISTO: El Expte. 2024-07473139- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual Vecinos de Alvear Oeste Solicitan Nominar Calles, y; CONSIDERANDO: Que los vecinos residentes en el barrio situado en los Loteos Cónsoli y Simón, ubicado en Calle Centenario, de Colonia Alvear Oeste, solicitan a este Concejo Deliberante la nominación del Barrio, Plaza y Calles. Que el nombre propuesto para dicho barrio es el de “Barrio Palmares”, el de la Plaza “Verde Amanecer” y los nombres de calles los siguientes: Calle Pública I: “Los Horneros”; Calle Publica II: “Los Cardenales”; Calle Pública III: “Los Jilgueros” y Calle Pública IV como “Los Cóndores”. Que las nominaciones propuestas han sido consensuada entre todos los vecinos de dicho barrio, los cuales acompañan con sus firmas en la nota de pedido, y que las mismas surgen en el compromiso de todos con la naturaleza y la sustentabilidad del medio ambiente. Que tal pedido se fundamenta también en la necesidad, de que tanto el barrio y sus calles cuenten con sus nombres, para facilitar los trámites y recepción de correspondencias, boletas de servicios y otros.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus

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Crespillo Julio Cesar Donación Sin Cargo

O R D E N A N Z A   4916 VISTO: El Expte. 2024-02154426- -GDEMZA-SECOBYSERV#ALVEAR, por el cual Crespillo Julio Cesar – Donación Sin Cargo, y; CONSIDERANDO: Que conforme surge de las actuaciones obrantes en el expediente del rubro, Crespillo Julio Cesar DNI 16.070.203 en su carácter de propietario, hace DONACIÓN SIN CARGO a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.) de una fracción de terreno para aperturas calles, correspondientes al fraccionamiento que se realiza en distrito de BOWEN, totalizando una superficie global de Según Mensura y Según Titulo de: catorce mil novecientos sesenta metros cuadrados (14960,00 m²), con las medidas lineales, linderos y demás detalles que las individualizan figuran en el plano adjunto, cuya discriminación se consignará en la escritura traslativa de dominio que llevará a cabo el Escribano interviniente.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º).- Aceptase la Donación Sin Cargo de la fracción de Terreno de Crespillo Julio Cesar DNI 16.070.203 en su carácter de propietario, hace DONACIÓN SIN CARGO a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.) de una fracción de terreno

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Crespillo Julio César Donación Sin Cargo

O R D E N A N Z A   4916 VISTO: El Expte. 2024-02154426- -GDEMZA-SECOBYSERV#ALVEAR, por el cual Crespillo Julio Cesar – Donación Sin Cargo, y; CONSIDERANDO: Que conforme surge de las actuaciones obrantes en el expediente del rubro, Crespillo Julio Cesar DNI 16.070.203 en su carácter de propietario, hace DONACIÓN SIN CARGO a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.) de una fracción de terreno para aperturas calles, correspondientes al fraccionamiento que se realiza en distrito de BOWEN, totalizando una superficie global de Según Mensura y Según Titulo de: catorce mil novecientos sesenta metros cuadrados (14960,00 m²), con las medidas lineales, linderos y demás detalles que las individualizan figuran en el plano adjunto, cuya discriminación se consignará en la escritura traslativa de dominio que llevará a cabo el Escribano interviniente.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º).– Aceptase la Donación Sin Cargo de la fracción de Terreno de Crespillo Julio Cesar DNI 16.070.203 en su carácter de propietario, hace DONACIÓN SIN CARGO a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.) de una fracción de terreno

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Tumas Viuda de Castellano María Donación Sin Cargo

O R D E N A N Z A   4915 VISTO: El Expte. 2023-09746282- -GDEMZA-SECOBYSERV#ALVEAR, por el cual la Sra. Tumas Vda. de Castellanos María Eugenia – Donación Sin Cargo, y; CONSIDERANDO: Que conforme surge de las actuaciones obrantes en el expediente del rubro, Adela TUMAS Vda. de CASTELLANO DNI 03907591, María Eugenia CASTELLANO TUMAS DNI 16636950, Adriana CASTELLANO TUMAS DNI 14953636, hacen DONACIÓN SIN CARGO a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.) una fracción de terreno destinada al ensanche de calles, equipamiento Art 26 Ley 4341, pasaje peatonal y ochavas, correspondiente al fraccionamiento que se realiza en esta Ciudad, totalizando una superficie global de Según Mensura y Según Titulo de: tres mil cuatrocientos sesenta y cinco con veinticinco decímetros cuadrados (3.465,25 m2), con las medidas lineales, linderos y demás detalles que las individualizan figuran en el plano de croquis de mensura, cuya discriminación se consignará en la escritura traslativa de dominio que llevará a cabo el Escribano interviniente. De la matricula n°5916/18.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º).- Acéptese la Donación Sin Cargo de

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Donación Con Cargo Perez Ramon Alberto

O R D E N A N Z A   4914 VISTO: El Expte. 2024-08497998- -GDEMZA-SECGOB#ALVEAR, por el cual el Sr. Perez Alberto Ramón Hace Donación Con Cargo, y; CONSIDERANDO: Que conforme surge de las actuaciones obrantes en el expediente del rubro, José Luís Pérez DNI 13.382.691 y Ramón Alberto Pérez DNI 10.899.624 (herederos y sucesores universales declarados en Autos N° 32.279 de la Sucesión de Pérez Ramón y Escudero Dina Emilse), hacen DONACIÓN CON CARGO a favor de la MUNICIPALIDAD DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA (CUIT 30-99907491-6), de una fracción de terreno identificada como Fracción II, destinado a la construcción de un Salón de Usos Múltiples (SUM), Distrito de BOWEN, totalizando una superficie global de: Según Titulo y Según Mensura de; un mil setenta y cinco decímetros cuadrados (1.000,75 m²), con las medidas lineales, linderos y demás detalles que las individualizan y figuran en el anteproyecto de Mensura adjunto, cuya discriminación se consignará en la escritura traslativa de dominio que llevará a cabo el Escribano interviniente. De la matricula N° 2116/18.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º).- Acéptese

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Instituir Noviembre Mes del Derecho de Niños, Niñas y Adolescentes a la Adopción

O R D E N A N Z A   4913 VISTO: El Expte. 2024-08025652- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual se Solicita Instituir Noviembre Mes del Derecho de los Niños, Niñas y Adolescentes a la Adopción, y; CONSIDERANDO: La necesidad de una campaña de difusión que fomente la adopción de niños, niñas y adolescentes. Que el Día Mundial de la Adopción surgió en Estados Unidos, el 9 de noviembre de 2014, a partir de una iniciativa privada con la finalidad de celebrar la unión de nuevas familias, crear conciencia sobre la adopción, así como recaudar fondos para apoyar a las familias durante el proceso de adoptar. Que la adopción es una institución social y jurídica que merece toda la protección del Estado, centrada en el interés superior de niñas, niños y adolescentes y, secundariamente, en el de los adultos adoptantes. Sus principales desafíos son la limitada disponibilidad de familias que acepten recibir a grupos de hermanos/as, y a niños, niñas y adolescentes (NNyA) con discapacidades o problemas de salud, así como de mayor edad. Que la Convención sobre los Derechos del Niño, incorporada a nuestra Constitución Nacional, en su artículo 20 establece que los NNyA privados de su medio familiar tienen derecho

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Derogación Ordenanza 4729

O R D E N A N Z A   4912 VISTO: El Expte. 2024-07984866- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual se Solicita Derogación Ordenanza 4729, y; CONSIDERANDO: La ordenanza 4729 por la cual se solicita decreto afectación Banco de Tierra. Que dicha Ordenanza afectaba al banco municipal de tierras, en específico al inmueble ubicado en calle Martin de Irigoyen N° 598 (Ex obrador municipal), bajo la modalidad de venta para el programa “IPV Mi Casa”. Que dicho programa consistía en la construcción de 66 departamentos en 2 plantas con cocheras. Que ya que el objeto de la licitación mencionada no fue cumplido en dicho inmueble, es necesario solicitar la derogación de la misma.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º).- Deróguese la Ordenanza N° 4729 por los motivos expresados y que forman parte de la presente.- ARTICULO 2º).- Comuníquese, publíquese y dese al D.M.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL  ALVEAR, MENDOZA, A LOS CATORCE DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.

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Donación Sin Cargo Slesarchik, Impagliazzo Mazzafera

O R D E N A N Z A   4911 VISTO: El Expte. 2024-06732037- -GDEMZA-SECOBYSERV#ALVEAR, por el cual Hacen Donación Sin Cargo – Slesarchik Cristian, Implagliazzo Stella Maris, Mazzafera Franco Lautaro, y; CONSIDERANDO: Que conforme surge de las actuaciones obrantes en el expediente del rubro, Slesarchik Cristian Nahuel DNI 35.908.832, Impagliazzo Stella Maris DNI 33.708.571 y Mazzafera Franco Lautaro DNI 35.945.117, hacen DONACIÓN SIN CARGO a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.) de una fracción de terreno para aperturas calles, ochavas, pasaje y espacio de equipamiento correspondientes al fraccionamiento que se realiza en distrito de Ciudad, totalizando una superficie global de Según Mensura: trece mil ciento veinticinco con dos decímetros cuadrados (13.125,02 m²) y Según Titulo de: trece mil ciento cincuenta y nueve con sesenta y seis decímetros cuadrados (13.159,66 m²), con las medidas lineales, linderos y demás detalles que las individualizan figuran en documentación adjunta, cuya discriminación se consignará en la escritura traslativa de dominio que llevará a cabo el Escribano interviniente. De la matricula N° 22.771/18.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º).– Aceptase

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