Modificación Ordenanza 3937 Compensación

O R D E N A N Z A   4882 VISTO: El Expte.2024-04760479- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual se Solicita modificación Ordenanza 3937, y; CONSIDERANDO: Lo estipulado en la Ordenanza 3937 Que la Ordenanza 3937, establece un Adicional por Compensación Legislativa al Personal de este H.C.D. Que al día de la fecha, los fundamentos expuestos en la Ordenanza de referencia, en cuanto al uso del Salón se mantienen en vigencia como así también las distintas funciones del personal que las llevan a cabo. Que uno de sus fundamentos son especialmente las tareas que se deben realizar fuera de los horarios habituales y/o recarga horaria, como es la realización de distintas reuniones, capacitaciones por parte del D.E. Municipal y otras entidades no gubernamentales que se realizan los días sábados.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:                         O R D E N A N Z A ARTICULO 1º).– Modifíquese el Art. 1° de la Ordenanza 3937, el que quedará redactado de la siguiente manera: “…Establécese al Sueldo del Personal de Planta Permanente que Prestan Servicio en el Honorable Concejo Deliberante, a partir del 1° de Junio de 2024, un 60% como

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Día Mundial Abuso y Maltrato Vejez

O R D E N A N Z A   4881 VISTO: El Expte. 2024-04417136- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual se Adhiere 15 de Junio como “Día Mundial de la Toma de Conciencia del Abuso y el Maltrato en la Vejez”, y; CONSIDERANDO: La Resolución N° 66/127 de la Asamblea General de las Naciones Unidas que establece el 15 de junio de cada año como el «Día Mundial de Toma de Conciencia del Abuso y Maltrato en la Vejez». Que en el año 2011, la Organización de las Naciones Unidas a través de la Resolución N° 66/127, declaró el 15 de junio como el «Día Mundial de Toma de Conciencia del Abuso y Maltrato a la Vejez», reconociendo el abuso y el maltrato hacia las personas adultas mayores como un problema social y global. Que la OMS (Organización Mundial de la Salud) define al maltrato hacia el adulto mayor como “un acto único o repetido que causa daño o sufrimiento a una persona de edad, o la falta de medidas apropiadas para evitarlo, que se produce en una relación basada en la confianza” y puede adoptar diversas formas que van del maltrato físico, psíquico, emocional, económico y sexual. Que es responsabilidad de

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Modificación Ordenanza 4838 Tarifaria Reglamentaria

O R D E N A N Z A  4880 VISTO: El EX-2024-04394122- -GDEMZA-SECHAC#ALVEAR, por el cual se Solicita Modificación Ordenanza 4838, y; CONSIDERANDO: Que en la Ordenanza 4838, ejercicio 2024, quedaron desactualizados ciertos valores. Que la Dirección Municipal de Rentas necesita realizar tales modificaciones.     POR  ELLO:     El Honorable Concejo Deliberante de General Alvear, Mendoza, en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente O R D E N A N Z A ARTICULO 1°).- Modifíquese en la Ordenanza Tarifaria Art. 18) Inc. 25), los valores: se elimina Inc. 3) con corrimiento, quedando:   25) Uso del CINE TEATRO ”ANTONIO LAFALLA”: (Ord.4707)  1)-ENTRADAS AL CINE ANTONIO LAFALLA:        a)Funciones de Cine en Dos Dimensiones:     1-Entrada General…………………………………………………………………………       2.800,00     2-Menores de 12 años y mayores de 60 años       y/o jubilados……………………………………………………………………       2.300,00        b)Funciones de Cine en Tres Dimensiones:      1-Entrada General………………………………………………………………………       3.000,00      2-Menores de 12 años y mayores de 60 años           y/o jubilados……………………………………………………………………       2.500,00 El precio de las entradas se actualizará de acuerdo al valor de entrada promedio del INCAA.- El D.E. Municipal podrá incrementar, eximir, reducir o generar promociones en relación a los importes del Inc. 1) cuando las circunstancias así lo requieran.  2) Utilización Teatro Antonio Lafalla:

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Bolsa Trabajo On Line

O R D E N A N Z A   4879 VISTO: El Expte. 2024-04260521- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual se Solicita Bolsa de Trabajo Online, y; CONSIDERANDO: La necesidad de implementar un sistema online de búsqueda laboral en General Alvear. Que en nuestro Departamento no existe ningún sistema online de bolsa de trabajo, ya sea de origen público o privado. Que en la actualidad las búsquedas laborales se inician en casa todos los casos desde plataformas en línea. Que implementar un sistema de este tipo agilizaría las relaciones entre empleadores e individuos en búsqueda de trabajo, facilitando su contacto y clasificando sus necesidades.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º).- Créase el Sistema Online de Oferta y Demanda Laboral.- ARTICULO 2º).– Incorpórese en la página WEB de la Municipalidad de General Alvear, un sistema de oferta y demanda laboral, la cual estará a cargo de la Oficina de Empleo Municipal, debiendo incluir en la misma las siguientes características: ARTICULO 3º).- Comuníquese, publíquese y dése al D.M.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL  ALVEAR,

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Incremento Tasas Derechos de Comercio

O R D E N A N Z A   4878 VISTO: El Expte.2024-03627137- -GDEMZA-SECHAC#ALVEAR, por el cual se Solicita incrementar las Tasas por Servicios y Derechos de Comercio, y; CONSIDERANDO: Que el Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Dirección de Rentas, eleva el Decreto N° 0944-SH/2024 solicita el incremento del 45% de las Tasas por Servicio a la Propiedad Raíz y Derechos de Comercio, Industria y Actividades Civiles para el segundo semestre de 2024. Que del análisis efectuado por la Comisión de Hacienda y Presupuesto de éste Cuerpo, por mayoría se desprende el aconseje de dar por ratificado el mencionado Decreto.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:                         O R D E N A N Z A ARTICULO 1º).– Ratifícase en todas y cada una de sus partes el Decreto Nº 203-SH/04, a saber: ……”DECRETO N° 0944-S.H./2024: VISTO: El Expte. N° 2024-03627137-GDEMZA- -SECHAC#ALVEAR, mediante el cual el Sr. Director de Rentas solicita autorización para incrementar en un 45% las Tasas por Servicios a la Propiedad Raíz y Derechos de Comercio, Industria y Actividades Civiles, para el segundo semestre del año 2024 (01-07-2024); quedando exceptuados quiénes pagaron el

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Incremento Tasas Derechos de Comercio

O R D E N A N Z A   4878 VISTO: El Expte.2024-03627137- -GDEMZA-SECHAC#ALVEAR, por el cual se Solicita incrementar las Tasas por Servicios y Derechos de Comercio, y; CONSIDERANDO: Que el Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Dirección de Rentas, eleva el Decreto N° 0944-SH/2024 solicita el incremento del 45% de las Tasas por Servicio a la Propiedad Raíz y Derechos de Comercio, Industria y Actividades Civiles para el segundo semestre de 2024. Que del análisis efectuado por la Comisión de Hacienda y Presupuesto de éste Cuerpo, por mayoría se desprende el aconseje de dar por ratificado el mencionado Decreto.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:                         O R D E N A N Z A ARTICULO 1º).- Ratifícase en todas y cada una de sus partes el Decreto Nº 203-SH/04, a saber: ……”DECRETO N° 0944-S.H./2024: VISTO: El Expte. N° 2024-03627137-GDEMZA- -SECHAC#ALVEAR, mediante el cual el Sr. Director de Rentas solicita autorización para incrementar en un 45% las Tasas por Servicios a la Propiedad Raíz y Derechos de Comercio, Industria y Actividades Civiles, para el segundo semestre del año 2024 (01-07-2024); quedando exceptuados quiénes pagaron el

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Nombramiento Barrio Bendiciones del Sur

O R D E N A N Z A   4877 VISTO: El Expte. 2024-03016954- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual se Solicita Nombramiento Conglomerado Viviendas, y; CONSIDERANDO: La necesidad de los vecinos del conglomerado de viviendas ubicadas en Calles Pringles, Belgrano Sur, Las Heras y Paul Harris del distrito de Bowen de contar con un nombre identificatorio, para el cual han elegido “Barrio Bendición del Sur”. Que este pedido nace en el año 2013 a raíz de diversas notas elevadas por los vecinos de la zona a quien era Delegada distrital y por su intermedio al ejecutivo municipal, a través de las cuales se le solicitaba denominar a dicho conglomerado de viviendas bajo el nombre de “Bendición del Sur”. Que a dichas notas se le dio curso, pero nunca se resolvió esta situación con lo cual a pesar del paso del tiempo quienes habitan la zona siguen sin contar con una identificación barrial que los identifique. Que tras reuniones con los vecinos de este lugar, solicitan el poder contar con un nombre que agilice diversos trámites, gestiones y paquetería que llega a sus domicilios pero que al no poseer un nombre oficial suele causarles inconvenientes para quienes deben ubicar sus viviendas. Que

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Regulación Dispositivo Movilidad Personal

O R D E N A N Z A   4876 VISTO: El Expte. 2023-06245074- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual se Solicita Dispositivo Movilidad Personal, y; CONSIDERANDO: El uso de monopatines eléctricos en la vía pública del departamento de General Alvear, Mza. Que en las ciudades los monopatines han dejado de ser considerados un juguete y los eléctricos han pasado a convertirse en una alternativa para el transporte urbano. Si bien en el departamento todavía no se han popularizado, ganan cada vez más adeptos entre aquellos que desean recorrer distancias cortas a bajo costo. Que el uso permanente de los automóviles en la zona urbana y su impacto negativo en la salud de la población y el medio ambiente conlleva el creciente desarrollo de nuevas tecnologías de movilidad. Que, en este contexto, el transporte eléctrico se perfila como el principal protagonista de las ciudades sustentables. Que en la variedad existente de vehículos propulsados por motores eléctricos, los monopatines han logrado visibilidad en los usuarios de este tipo de movilidad personal. Que, es necesario regular el uso en la vía pública del dispositivo de movilidad personal denominado monopatín a propulsión eléctrica, de manera específica y remitiendo a la jurisdicción del gobierno local, en

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Día Mundial Contra Trata de Personas

O R D E N A N Z A   4875 VISTO: El Expte. 2024-05030324- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual se Designa Día Mundial Contra la Trata de Personas, y; CONSIDERANDO: La Resolución A/RES/68/192 de la Asamblea General de las Naciones Unidas que designa el 30 de julio de cada año como el Día Mundial contra la Trata de Personas, con el objetivo de visibilizar y promover acciones frente a esta grave violación a los derechos humanos en nuestras comunidades. Que los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos sin importar su raza, sexo, nacionalidad, etnia, lengua, religión o cualquier otra condición. Los derechos humanos incluyen el derecho a la vida y a la libertad, libertad de esclavitud y tortura, libertad de opinión y expresión, derecho a trabajar y a la educación y muchos otros. Todo el mundo es beneficiario de estos derechos, sin discriminación. Que se entiende por trata de personas el ofrecimiento, la captación, el traslado, la recepción o acogida de personas con fines de explotación, ya sea dentro del territorio nacional, como desde o hacia otros países. Que la esclavitud es el crimen organizado de más rápido crecimiento en el mundo. Siendo real, oculto a simple

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Donación Sin Cargo Manzilla Ponce María – Peña Aldo

O R D E N A N Z A   4874 VISTO: El Expte. 2024-02971665- -GDEMZA-SECGOB#ALVEAR, por el cual se Solicita Donación Sin Cargo Mansilla Ponce María Natalia – Peña Aldo Raúl, y; CONSIDERANDO: Que conforme surge de las actuaciones obrantes en el expediente del rubro, la fracción de terreno ofrecida por Mansilla Ponce María Natalia, DNI 32.273.442. CUIL 27-32273442-0 y Peña Aldo Raúl DNI 29.565.506, CUIL 20-29565506-3-2, para el ensanche de calle “Centenario” (Fracción E) del plano de mensura 20439/18, los mismos hace DONACIÓN SIN CARGO a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.), de una fracción de terreno destinado al ensanche mencionado y ochava, Distrito Ciudad, Departamento de General Alvear, totalizando una superficie global según plano de mensura adjunto de: según Título y según Mensura; trescientos cuatro con ochenta y ocho decímetros cuadrados (304,88 m²), con las medidas lineales, linderos y demás detalles que las individualizan figuran en el plano referido, cuya discriminación se consignará en la escritura traslativa de dominio que llevará a cabo el Escribano interviniente.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º).- Aceptase

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