Donación Sin Cargo Aurelia Muzas

O R D E N A N Z A 4639 VISTO: El Expte. 8803-“M”-19, por el cual la Sra. Aurelia Muzas hace Donación Sin Cargo, y; CONSIDERANDO: Que conforme surge de las actuaciones obrantes en el Expte. del rubro, la Sra. Muzas, Aurelia Vda. de Díaz – DNI N° 01.717.433, en su carácter de Administrador Judicial de la Sucesión de Rafael Díaz de Autos 19.046, hace Donación Sin Cargo, a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.), de una fracción de terreno destinado a la apertura de calles y ochavas, correspondiente al fraccionamiento que se realiza en calle Chapeaurouge de esta Ciudad, totalizando una Superficie Global, según Mensura: de Cinco Mil Nueve con Treinta y Cinco Decímetros Cuadrados (5.009,35 mts2), y según Título: Cuatro Mil Quinientos Cuarenta y Cinco con Noventa Decímetros Cuadrados (4.545,90 mts2), con las medidas lineales, linderos y demás detalles que las individualizan figuran en el Plano de Mensura de fs. 14, cuya discriminación se consignara en la Escritura Traslativa de Dominio que llevará a cabo el Escribano interviniente.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A

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Donación Sin Cargo Cuello Alejando y Roberto

O R D E N A N Z A 4641 VISTO: El Expte. 2784-“C”-20, por el cual los Sres. Cuello Alejandro Sebastián y Cuello Roberto E. hacen Donación Sin Cargo, y; CONSIDERANDO: Que conforme surge de las actuaciones obrantes en el Expte. del rubro, la fracción de terreno ofrecida por Cuello Roberto Ezequiel – DNI N° 27.473.361 y Cuello Alejandro Sebastián – DNI N° 29.880.860, en conformidad de los usufructuantes Elida Noemí Santamarina – DNI N° 12.416.077 y Roberto Enrique Cuello – DNI N° 10.755.664, en el Distrito de Alvear Oeste, el mismo hace Donación Sin Cargo, a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.), de una fracción de terreno destinada a calles, totalizando una Superficie Global según plano de Mensura 18-20497 adjunto a fs. 27 de: Según Título y Según Mensura: Siete Mil Setecientos Ochenta y Dos Metros Cuadrados (7.782 mts2), con las medidas lineales, linderos y demás detalles que las individualizan y figuran en el plano referido, cuya discriminación se consignará en la Escritura Traslativa de Dominio que llevará a cabo el Escribano interviniente.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N

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Donación sin cargo Cuello Roberto Ezequiel

O R D E N A N Z A 4641 VISTO: El Expte. 2784-“C”-20, por el cual los Sres. Cuello Alejandro Sebastián y Cuello Roberto E. hacen Donación Sin Cargo, y; CONSIDERANDO: Que conforme surge de las actuaciones obrantes en el Expte. del rubro, la fracción de terreno ofrecida por Cuello Roberto Ezequiel – DNI N° 27.473.361 y Cuello Alejandro Sebastián – DNI N° 29.880.860, en conformidad de los usufructuantes Elida Noemí Santamarina – DNI N° 12.416.077 y Roberto Enrique Cuello – DNI N° 10.755.664, en el Distrito de Alvear Oeste, el mismo hace Donación Sin Cargo, a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.), de una fracción de terreno destinada a calles, totalizando una Superficie Global según plano de Mensura 18-20497 adjunto a fs. 27 de: Según Título y Según Mensura: Siete Mil Setecientos Ochenta y Dos Metros Cuadrados (7.782 mts2), con las medidas lineales, linderos y demás detalles que las individualizan y figuran en el plano referido, cuya discriminación se consignará en la Escritura Traslativa de Dominio que llevará a cabo el Escribano interviniente.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N

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Donación sin cargo Rolando César López

O R D E N A N Z A 4640 VISTO: El Expte. 2390-“L”-20, por el cual el Sr. Rolando César López hace Donación Sin Cargo, y; CONSIDERANDO: Que conforme surge de las actuaciones obrante en el Expte. del rubro, el titular Lopez, Rolando Cesar – DNI N° 23.259.381, hace Donación Sin Cargo, a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.), de una fracción de terreno destinada para apertura de calles y ochavas, correspondientes al fraccionamiento que se realiza en esta Ciudad, totalizando una superficie Global de Según Título y Según Mensura: Cinco Mil Seiscientos Noventa y Ocho Con Noventa y Cuatro Decímetros Cuadrados (5.698,94 mts2), con las medidas lineales y linderos y demás detalles que las individualizan y figuran en la plano referido, cuya discriminación se consignará en la Escritura Traslativa de Dominio que llevará a cabo el Escribano interviniente.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°).- Acéptase la Donación Sin Cargo de la fracción de Terreno ofrecida por el titular Lopez, Rolando Cesar – DNI N° 23.259.381, hace Donación Sin Cargo, a favor de la

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Donación sin cargo Erardo Fabián Martínez

O R D E N A N Z A 4637 VISTO: El Expte. HCD 11842/19, por el cual el Sr. Erardo Martinez Croce Solicita Respuesta Expte. HCD 12082/15, y; CONSIDERANDO: Que conforme surge de las actuaciones obrantes en el Expte. del rubro, el Sr. Erardo Fabián Martínez – DNI N° 25.008.437, hace Donación Sin Cargo, a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.), de fracciones de terrenos destinados a las aperturas, ensanches que se realiza en esta Ciudad, totalizando una superficie global de Según Mensura: Tres Mil Doscientos Doce Con Ochenta y Cuatro Decímetros Cuadrados (3.212,84 mts2), con las medidas lineales, linderos y demás detalles que las individualizan figuran en el plano de mensura de fs. 05, cuya discriminación se consignara en la Escritura Traslativa de Dominio que llevara a cabo el Escribano interviniente.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°).- Acéptase la Donación Sin Cargo, el Sr. Erardo Fabián Martinez – DNI N° 25.008.437, hace Donación Sin Cargo, a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.), de fracciones de terrenos destinados a las aperturas, ensanches

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Congelamiento de Sueldo de los Concejales

O R D E N A N Z A 4644 VISTO: El Expte. HCD 12294/20, por el cual se Produce Congelamiento Sueldos Concejales, y; CONSIDERANDO: La necesidad de adherir a las medidas anunciadas en el Decreto N° 416-SG/2020 del Intendente Municipal Lic. Walther Marcolini, congelando el salario de los Concejales del Honorable Concejo Deliberante del Departamento de General Alvear. Que en tiempo de crisis resulta imprescindible mostrar austeridad en la función pública.- Que en virtud de ello el Honorable Concejo Deliberante dispone el congelamiento de sueldos de los señores concejales por el término de 31 dias.- Que con la implementación de estas medidas se promueve el ahorro del gasto público Municipal.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°).- Congelar el Sueldo de los Señores Ediles del Honorable Concejo Deliberante del Departamento de General Alvear, Mendoza por el término de 31 días, a partir del 01 de Octubre y hasta el 31 de Octubre de 2020, sobre el aumento del 3% otorgado por el Sr. Intendente Municipal mediante decreto N° 388/S.G./2020.- ARTICULO 2°).- Dirección de Recursos Humanos y el

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Modificación Ordenanza 2820 sobre Conformación Consejo Seguridad

O R D E N A N Z A 4638 VISTO: El Expte. HCD 12231/20, por el cual se Solicita Modificación Ordenanza 2820 (Modif. Conformación Consejo Seguridad), y; CONSIDERANDO: La necesidad de incorporar nuevos agentes como actores indispensables del Concejo de Seguridad de General Alvear. Que lo dispuesto por las Ordenanzas N° 2820 y 3432, y actual composición del Consejo Departamental de Seguridad. Que la seguridad pública de nuestro Departamento debe ser considerada como una política de estado, integrada por distintos actores de vital trascendencia, los que deben coordinar acciones bajo pautas de planificación, ejecución, control y evaluación, atendiendo la proyección de las necesidades colectivas. Que lamentablemente no existe sociedad humana sin criminalidad, violencia, contingencias o catástrofes naturales. La historia demuestra que la seguridad, como expresión de una necesidad vital del ser humano, es y ha sido siempre una de las preocupaciones centrales en toda sociedad. Ella es, paralelamente, una condición fundamental para el desarrollo de la persona y la sociedad, por cuanto –en esencia- implica certeza y ausencia de riesgo, amenaza o daño. Que, en este contexto, la seguridad es una construcción social y cultural, por ende, relativa y sujeta a los distintos actores sociales y el desarrollo de

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Derogación de la Ordenanza N° 3718

O R D E N A N Z A 4636 VISTO: El Expte. HCD 11446/18, por el cual el Sr. Otto Lorenzana Solicita Rever Ordenanza 3718, y; CONSIDERANDO: Que la Ordenanza Municipal N° 3718 dispone limitaciones en la apertura y habilitaciones de locales aquellos comercios del rubro heladerías, 10% (diez por ciento), que sean de la misma firma o razón social, que fabriquen helados, en el territorio del Departamento de General Alvear. Que ante esta situación y que tal cual se han obtenido dictámenes de carácter legal por parte del Director de Asuntos Jurídicos del D.E. Municipal, Dr. Sergio Alonso, como el del Secretario de Desarrollo Económico Municipal, específicamente: “…Que la Ordenanza aludida excede las facultades de la Municipalidad, debido a que regula sobre una materia no delegada a la Nación sobre la que el Congreso dictó una Ley específica, tal como la Ley 25.156. Esta Ley, conocida como la Ley de Defensa de la Competencia, es una típica Ley que reglamenta el ejercicio de comercio… la concentración del mercado en cabeza de una misma marca o de un mismo proveedor es conducta lícita…”. Que además concluye “…se advierte una limitación impuesta por la normativa indicada… (Ordenanza N° 3718)… que

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Aprobación de Rendición de Cuentas 2019

O R D E N A N Z A 4643 VISTO: El Expte. 2020-04180601-GDEMZA-SECHA#ALVEAR, por el cual se Aprueba la Rendición de Cuentas 2019, y; CONSIDERANDO: Que la misma fue enviada a este H.C.D. el 25 de Septiembre de 2020, por lo que se comunicó por parte de este Concejo Deliberante al Honorable Tribunal de Cuentas, Organismo Constitucional de contralor en los aspectos técnicos-contables, los motivos y razones de la demora de su remisión. Que el contenido de la presente pieza administrativa, y de acuerdo al estudio y análisis de las cuentas presentadas, no se observan algún tipo de irregularidades. Que atento a las formalidades que se requieren para el cumplimiento estricto de lo que dispone la normativa legal y vigente, es necesario sancionar la presente norma, a fin de que se remita al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Mendoza. Que para ello el D.E. Municipal incumple la Ley Orgánica de Municipalidades, (Art. 138 y subsiguientes) en la forma de presentación de la Rendición de Cuentas. Que habida cuenta, la documentación se encuentra a disposición de este Concejo Deliberante en formato digital, y que forma parte de esta pieza administrativa, dejándose constancia que demás documentación en formato

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Donación sin cargo María Ojembarrena

O R D E N A N Z A 4634 VISTO: El Expte. 2344-“O”-20, por el cual la Sra. María Ojembarrena Hace Donación Sin Cargo, y; CONSIDERANDO: Que conforme surge de las actuaciones obrantes en el Expte. del rubro, la titular Sra. Ojembarrena, María Magdalena – DNI N° 10.755.614 hace Donación Sin Cargo, a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.), de una fracción de terreno que se realiza en esta Ciudad, totalizando una Superficie Global de Según Mensura: Dos Mil Novecientos Setenta con Ochenta y Seis Decímetros Cuadrados (2.970,86 mts2) y Según Título: Dos Mil Novecientos Noventa con Cuarenta y Cuatro Decímetros Cuadrados (2.990,44 mts2), con las medidas lineales, linderos y demás detalles que las individualizan y figuran en el plano referido, cuya discriminación se consignará en la Escritura Traslativa de Dominio que llevará a cabo el Escribano Interviniente.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°).- Acéptase la Donación Sin Cargo, de la fracción de terreno que ofrece la titular Sra. Ojembarrena, María Magdalena – DNI N° 10.755.614, a favor de la Municipalidad de General Alvear

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