Se Solicita Construcción Rampas Diag. Pellegrini y Lisandro de la Torre
O R D E N A N Z A 4244 VISTO: El Expte. HCD 10477/16, por el cual se Solicita Construcción Rampas Diag. Pellegrini y Lisandro de la Torre y; CONSIDERANDO: La necesidad de construir rampas para el ascenso y descenso de personas con discapacidades motoras en las esquinas donde se encuentra ubicada la Oficina PAMI de nuestra ciudad. Que la Ley N° 22.431 modificada por Ley N° 24.314 de “Sistema de Protección Integral de los Discapacitados”, normas provinciales y ordenanzas concordantes. Que las normas citadas establecen como prioridad la supresión de las barreras físicas en los ámbitos urbanos, arquitectónicos y del transporte que se materialicen en lo futuro, o en los ya existentes que remodelen o sustituyan en forma total o parcial sus elementos constitutivos, con el fin de lograr la accesibilidad para las personas con movilidad reducida. Que la mejora de la calidad de vida de toda la población y específicamente, de las personas con movilidad reducida o con cualquier otra limitación, es un objetivo acorde con el cumplimiento del mandato constitucional que consagra el principio de igualdad para todos los habitantes, el cual ya ha comenzado a desarrollarse en la Ley N° 22.431 y las normativas provinciales