Regulación Actividad Callejera
O R D E N A N Z A 4685 VISTO: El Expte. HCD 12451/21, por el cual se Solicita Autorización y Regulación Actividad Artística Callejera, y; CONSIDERANDO: La necesidad de regular la actividad de artistas callejeros en la vía pública y espacios públicos del Departamento de General Alvear. Que es necesario regular y garantizar las condiciones que permitan a las y los artistas callejeros hacer uso del espacio público con dignidad, en convivencia armónica, integrando las distintas expresiones artísticas con el resto de los actores culturales, educativos y productivos de nuestra comunidad. Que de acuerdo con los principios que define la Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales: “ sólo se podrá proteger y promover la diversidad cultural si se garantizan los derechos humanos y las libertades fundamentales como la libertad de expresión, información y comunicación, así como la posibilidad que las personas escojan sus expresiones culturales. Nadie podrá invocar las disposiciones de la presente Convención para atentar contra los derechos humanos y las libertades fundamentales proclamados en Declaración Universal de Derechos Humanos y garantizados por el derecho internacional, o para limitar su ámbito de aplicación”.- Que los artistas callejeros son personas que