Regulación y Actualización Ruidos Molestos

O R D E N A N Z A 4651 VISTO: El Expte. HCD 12207/20, por el cual se Solicita Regulación y Actualización Ruidos Molestos, y; CONSIDERANDO: La necesidad establecer una norma que reglamente la emisión de ruidos que puedan resultar molestos y/o perjudiciales para la salud. Que es un reclamo de los vecinos ante algunos ruidos molestos, por lo que es imprescindible establecer límites que protejan a los mismos de los sonidos innecesarios y/o excesivos. Que el crecimiento de nuestra localidad conlleva la posibilidad de aumentar proporcionalmente la emanación de ruidos, por lo que el Municipio debe regular y reglamentar dicha problemática. Que es responsabilidad del Estado velar por la salud y calidad de vida de los ciudadanos. Que es necesario adecuar la Ordenanza a las nuevas normas vigentes. Que las Instituciones que realizan actividades que producen emanaciones de ruidos molestos deberán ajustarse a lo establecido en las modificaciones que surgen en la Ordenanza.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A CAPITULO I Disposiciones Generales ARTICULO 1°).- Queda prohibido dentro de los límites del ejido Municipal causar, producir o

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Reglamentación Decks

O R D E N A N Z A 4645 VISTO: El Expte. HCD 12316/20, por el cual se Solicita Reglamentación Decks, y; CONSIDERANDO: El contexto actual de Pandemia, y la oportunidad de embellecimiento de nuestra ciudad en lo referente a lo urbanístico y comercial. Que la ciudad de General Alvear se encuentra en una etapa de desarrollo de la actividad turística. Que un servicio fundamental, junto al de alojamiento es el gastronómico y el de esparcimiento. Que en el orden local se carece de una legislación respecto de la regulación del tipo de construcciones para su instalación como los deck’s. Que en comercios gastronómicos de distintas ciudades del país se pueden apreciar construcciones de deck’s, brindando un marco estético muy singular. Que debe crearse el marco normativo correspondiente para posibilitar su emplazamiento en distintas áreas de la ciudad. Que hoy existen emprendimientos recientes y aquellos comercios que ya tienen su trayectoria en el medio, y cada día buscan mejorar su infraestructura para brindar un servicio acorde a las circunstancias, tanto en el usuario como clientes locales, y para aquellas personas que eligen a General Alvear como destino turístico. Que la presente iniciativa propone la instalación de deck’s en la

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Creación Programa Góndola Local

O R D E N A N Z A 4650 VISTO: El Expte. HCD 12202/20, por el cual se Solicita Creación Programa Góndola Local, y; CONSIDERANDO: La necesidad de consolidar, promover, difundir, estimular y alentar el consumo productos locales, como una de las formas de promover la economía departamental. Que es necesario contribuir al desarrollo y fortalecimiento de la industria y de los micro-emprendimientos locales pues ello trae aparejado la consolidación de puestos de trabajo y la generación de otros nuevos. Que las políticas públicas municipales deben buscar consolidar los lazos del tejido social y económico, que contribuyen a la cohesión y unión entre los actores de la economía social. Que entre las acciones a realizar, como campañas televisivas, radiales y escritas para estimular y convocar a todos los ciudadanos de General Alvear a consumir y valorar los productos realizados por los conciudadanos y desde el Estado municipal, es incentivar a tener una conciencia colectiva por parte del público consumidor, lo que permitirá estimular la cadena económica local, con beneficios mutuos y, por extensión, a toda la comunidad. Que contamos en el departamento con una gran variedad de productos, con una alta calidad, como vinos, aceites, miel, fruta seca, y

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Participación Municipio en Fideicomiso RAMCC

O R D E N A N Z A 4652 VISTO: El Expte. HCD 12208/20, por el cual se Solicita Aprobar Participación Municipio en Fideicomiso RAMCC, y; CONSIDERANDO: Los principios constitucionales y normativas nacionales, provinciales e internacionales tendientes al mejoramiento y la preservación del medio ambiente, así como a la lucha contra los efectos negativos del cambio climático. Que existe un compromiso del Municipio para promover y continuar promoviendo acciones que permitan mitigar los efectos negativos del cambio climático en su territorio y que mejoren el medio ambiente para sus habitantes, teniendo en cuenta el triple impacto ambiental, social y económico. Que es necesario articular acciones conjuntas y en forma coordinada con otros municipios del país en pos del mismo fin, con el propósito de fomentar la integración, intercambiar experiencias y ampliar el acceso a recursos. Que en el año 2010 se constituyó la Red Argentina de Municipios frente al Cambio Climático (“RAMCC”), como un instrumento de coordinación e impulso de las políticas públicas de los municipios participantes de la lucha contra el cambio climático de las ciudades y pueblos de la República Argentina. Que uno de los objetivos principales de la RAMCC es ejecutar proyectos o programas municipales, regionales

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Acuerdo Marco CONAE

O R D E N A N Z A 4646 VISTO: El Expte. HCD 12320/20, por el cual se Solicita Suscribir Acuerdo Marco con CONAE, y; CONSIDERANDO: La asistencia técnica, de formación, la provisión abierta y gratuita de datos, información y demás productos de valor agregado que brinda la Comisión Nacional de Actividades Espaciales (CONAE) con relación a la misión SAOCOM, con el objetivo de ser utilizados por todos los organismos provinciales y municipios que así lo requieran. Que la Comisión Nacional de Actividades Espaciales CONAE, dependiente del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Nación, desarrolla misiones satelitales propias de acuerdo a los requerimientos de datos e información que la comunidad de usuarios identifica como necesarios. Que, realiza el diseño, la construcción, la calibración, integración y ensayos, así como la puesta en órbita de satélites, a través de terceros, y trabajando en la actualidad en el desarrollo de lanzadores propios. Que, para potenciar los resultados, integra sus misiones con las de otras Agencias Espaciales conformando así constelaciones de satélites que operan conjuntamente para mejorar la calidad, cantidad y tipo de información, aumentando notablemente el abanico de posibilidades del conjunto. Que la CONAE llevó a cabo hasta el momento

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Apertura Calle Colegio Santo Tomas Moro

O R D E N A N Z A 4655 VISTO: El Expte. 10752-“C”-18, por el cual el Colegio Santo Tomás Moro Solicita Apertura Calle, y; CONSIDERANDO: Que a fs.1 obra la nota del Colegio Católico P-176 “Santo Tomás Moro”, Obispado San Rafael, solicitando Donación de Terreno de Propiedad de Municipalidad de General Alvear, ubicado frente al edificio escolar, sobre Calle San Juan, el cual, por su ubicación podrían utilizar para ampliar el edificio escolar, forestarlo, convirtiéndolo en parte en un espacio verde, con lo cual beneficiaría a toda la comunidad. Que el terreno solicitado por el Colegio Santo Tomás Moro, Obispado de San Rafael es de titularidad registral de Municipalidad de General Alvear, conforme Matrícula agregada a fs. 16, dividiéndose en 2 fracciones. Que de la Matrícula agregada a fs. 16 se advierte que el inmueble se encuentra dividido en dos fracciones: Primera Fracción, con superficie de 1473,58 mts2; Segunda Fracción, con superficie de 2854,19 mts2, con demás datos obrantes en matrícula de fs. 16. Que la Ordenanza 4488 dispone en su Art. 1°: “…El D.E. Municipal deberá realizar los actos útiles y necesarios para escriturar el terreno donado por la empresa constructora San Martín S.A. y aceptada por

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Donación Sin Cargo Aurelia Muzas

O R D E N A N Z A 4639 VISTO: El Expte. 8803-“M”-19, por el cual la Sra. Aurelia Muzas hace Donación Sin Cargo, y; CONSIDERANDO: Que conforme surge de las actuaciones obrantes en el Expte. del rubro, la Sra. Muzas, Aurelia Vda. de Díaz – DNI N° 01.717.433, en su carácter de Administrador Judicial de la Sucesión de Rafael Díaz de Autos 19.046, hace Donación Sin Cargo, a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.), de una fracción de terreno destinado a la apertura de calles y ochavas, correspondiente al fraccionamiento que se realiza en calle Chapeaurouge de esta Ciudad, totalizando una Superficie Global, según Mensura: de Cinco Mil Nueve con Treinta y Cinco Decímetros Cuadrados (5.009,35 mts2), y según Título: Cuatro Mil Quinientos Cuarenta y Cinco con Noventa Decímetros Cuadrados (4.545,90 mts2), con las medidas lineales, linderos y demás detalles que las individualizan figuran en el Plano de Mensura de fs. 14, cuya discriminación se consignara en la Escritura Traslativa de Dominio que llevará a cabo el Escribano interviniente.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A

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Donación Sin Cargo Cuello Alejando y Roberto

O R D E N A N Z A 4641 VISTO: El Expte. 2784-“C”-20, por el cual los Sres. Cuello Alejandro Sebastián y Cuello Roberto E. hacen Donación Sin Cargo, y; CONSIDERANDO: Que conforme surge de las actuaciones obrantes en el Expte. del rubro, la fracción de terreno ofrecida por Cuello Roberto Ezequiel – DNI N° 27.473.361 y Cuello Alejandro Sebastián – DNI N° 29.880.860, en conformidad de los usufructuantes Elida Noemí Santamarina – DNI N° 12.416.077 y Roberto Enrique Cuello – DNI N° 10.755.664, en el Distrito de Alvear Oeste, el mismo hace Donación Sin Cargo, a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.), de una fracción de terreno destinada a calles, totalizando una Superficie Global según plano de Mensura 18-20497 adjunto a fs. 27 de: Según Título y Según Mensura: Siete Mil Setecientos Ochenta y Dos Metros Cuadrados (7.782 mts2), con las medidas lineales, linderos y demás detalles que las individualizan y figuran en el plano referido, cuya discriminación se consignará en la Escritura Traslativa de Dominio que llevará a cabo el Escribano interviniente.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N

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Donación sin cargo Cuello Roberto Ezequiel

O R D E N A N Z A 4641 VISTO: El Expte. 2784-“C”-20, por el cual los Sres. Cuello Alejandro Sebastián y Cuello Roberto E. hacen Donación Sin Cargo, y; CONSIDERANDO: Que conforme surge de las actuaciones obrantes en el Expte. del rubro, la fracción de terreno ofrecida por Cuello Roberto Ezequiel – DNI N° 27.473.361 y Cuello Alejandro Sebastián – DNI N° 29.880.860, en conformidad de los usufructuantes Elida Noemí Santamarina – DNI N° 12.416.077 y Roberto Enrique Cuello – DNI N° 10.755.664, en el Distrito de Alvear Oeste, el mismo hace Donación Sin Cargo, a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.), de una fracción de terreno destinada a calles, totalizando una Superficie Global según plano de Mensura 18-20497 adjunto a fs. 27 de: Según Título y Según Mensura: Siete Mil Setecientos Ochenta y Dos Metros Cuadrados (7.782 mts2), con las medidas lineales, linderos y demás detalles que las individualizan y figuran en el plano referido, cuya discriminación se consignará en la Escritura Traslativa de Dominio que llevará a cabo el Escribano interviniente.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N

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Donación sin cargo Rolando César López

O R D E N A N Z A 4640 VISTO: El Expte. 2390-“L”-20, por el cual el Sr. Rolando César López hace Donación Sin Cargo, y; CONSIDERANDO: Que conforme surge de las actuaciones obrante en el Expte. del rubro, el titular Lopez, Rolando Cesar – DNI N° 23.259.381, hace Donación Sin Cargo, a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.), de una fracción de terreno destinada para apertura de calles y ochavas, correspondientes al fraccionamiento que se realiza en esta Ciudad, totalizando una superficie Global de Según Título y Según Mensura: Cinco Mil Seiscientos Noventa y Ocho Con Noventa y Cuatro Decímetros Cuadrados (5.698,94 mts2), con las medidas lineales y linderos y demás detalles que las individualizan y figuran en la plano referido, cuya discriminación se consignará en la Escritura Traslativa de Dominio que llevará a cabo el Escribano interviniente.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°).- Acéptase la Donación Sin Cargo de la fracción de Terreno ofrecida por el titular Lopez, Rolando Cesar – DNI N° 23.259.381, hace Donación Sin Cargo, a favor de la

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