Se Solicita Cumplimiento Artículos 3° y 5° para tratamiento Emprendimientos Mineros Hierro Indio y Cerro Amarillo

R E S O L U C I Ó N 3706-14 VISTO: El Expte. HCD 9706-14, por el cual se Solicita Cumplimiento Artículos 3° y 5° para tratamiento Emprendimientos Mineros Hierro Indio y Cerro Amarillo, y; CONSIDERANDO: El tratamiento para su autorización de los emprendimientos mineros Hierro Indio y Cerro Amarillo Que el Poder Ejecutivo Provincial envió a la Legislatura de Mendoza, para su tratamiento los trámites para autorizar la explotación de los yacimientos mineros de Hierro Indio y Cerro Amarillo. Que tales trámites se encuentran en las Comisiones de Hidrocarburos, Minería y Energía; Ambiente, Cambio Climático, Riesgo de Desastre, Asuntos Territoriales y Vivienda de la Honorable Cámara de Senadores de Mendoza. Que siendo reiterativos y ratificando la posición de este Concejo Deliberante en relación a la vigencia y cumplimiento de la Ley Provincial N° 7722, y ante el intento de avanzar por sobre dicha norma, es necesario sancionar la norma que refleje la voluntad de todo el pueblo de General Alvear. Que el Concejo Deliberante de General Alvear, solicita se dé estricto cumplimiento a los Artículos 3° y 5° de la Ley Provincial N° 7722. Que además para un tratamiento responsable y respetando la legislación vigente, solicita se tenga

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Se Solicita Reafirmar Defensa del Agua y el Rechazo Minería Contaminante

R E S O L U C I O N 3521-14 VISTO: El Expte. HCD 9248/14, por el cual se Solicita Reafirmar Defensa del Agua y el Rechazo Minería Contaminante, y; CONSIDERANDO: La solicitud realizada por la autodenominada “Mesa Minera de Mendoza” a la Legislatura Provincial en la que se solicita declarar la emergencia minera y la modificación de la Ley 7722. Que en el pedido solicitan que se permita la incorporación de algunas sustancias químicas para la extracción de metales y minerales. Que también piden una serie de beneficios impositivos para el sector minero, al que consideran que atraviesa un momento delicado. Que entre los pedidos se incluye la suspensión de la aplicación de tasas de Evaluación y Fiscalización de proyectos. Que por otra parte solicitan la suspensión de los proyectos legislativos existentes para crear más áreas naturales protegidas. Que en definitiva y de acuerdo a lo expresado por los dirigentes del sector minero destacan que el fin último de su lucha es conseguir cambios o la derogación de la Ley Provincial 7722, la cual impide la utilización de algunos productos para la extracción y procesamiento de los metales y minerales. Que en contraposición a lo que opinan los

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Se Solicita Prohibición Exploración y Explotación de Yacimientos No convencionales de gas y petróleo

R E S O L U C I O N 3449-13 VISTO: El Expte. HCD 8853/13, por el cual se Solicita Prohibición Exploración y Explotación de Yacimientos No convencionales de gas y petróleo, y; CONSIDERANDO: La sanción de la Ordenanza Nº 3934 y, sancionada por el H.C.D. de este Departamento. Que la Ordenanza sancionada, trata sobre la “Prohibición en el Departamento de General Alvear la actividad de Exploración y/o Explotación de Gas y Petróleo de Yacimientos no convencionales bajo la técnica denominada Fractura Hidráulica o Fracking; como así también, cualquier otra técnica, que en el futuro, ponga en riesgo el derecho a un medio ambiente sano, según lo expresa el art. 41° de la Constitución Nacional, y los Tratados Internacionales con rango constitucional”. Que el D.E. Municipal, a través del Decreto N° 446 S.G./2013 Vetó la Ordenanza referida.- Que en Sesión de la fecha, por unanimidad se resolvió rechazar el Veto. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: R E S O L U C I O N ARTICULO 1º).- Rechazar el Veto impuesto por el Departamento Ejecutivo Municipal a la Ordenanza Nº 3934 de este Honorable Concejo Deliberante.-

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Solicita Respetar Mural Municipio

R E S O L U C I O N 3219-12 VISTO: El Expte. HCD 8411/12, por el cual la Asamblea del Pueblo Solicita Respetar Mural Municipio, y; CONSIDERANDO: La nota presentada por la Asamblea del Pueblo respecto a la necesidad de conservar el Mural pintado en el frente del Municipio, como fiel reflejo de la lucha contra la minería contaminante y la defensa de la Ley 7722. Que la Asamblea del Pueblo mediante nota nos informa que existe la intención por parte del Ejecutivo local de pintar el edificio Municipal. Que su preocupación radica en la necesidad y resguardar el Mural, fiel obra de arte, que representa la lucha de un pueblo unido en contra de la mega-minería contaminante que en el año 2007 aunó fuerza para proteger el agua y nuestro medio ambiente, logrando la sanción de la Ley N° 7722. Que dicha inscripciones fueron pintadas por estudiantes secundarios y forma parte ya de la memoria popular de nuestro pueblo. Que es intención de la Asamblea del Pueblo mantener dicha expresión artística para que generaciones actuales y futuras no se olviden esta noble lucha.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus

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Se Solicita Rechazar expresiones Intendente de Malargüe sobre modificación Ley 7722

R E S O L U C I O N 3207-12 VISTO: El Expte. HCD 8420/12, por el cual se Solicita Rechazar expresiones Intendente de Malargüe sobre modificación Ley 7722, y; CONSIDERANDO: Los dichos vertidos por el Intendente de Malargüe, respecto a su intención de modificar Ley N° 7722. Que la Ley 7722 representa para los Mendocinos una garantía legal de continuar viviendo en un ambiente sano y sin contaminación, persiguiendo entre sus objetivos el de prohibir la contaminación ambiental con sustancias tóxicas, que se utilizan en la minería metalífera a cielo abierto, con lo cual no constituye una posición anti minera irracional y fundamentalista, por el contrario la Ley 7722 es un logro de la lucha de miles de ciudadanos de varios puntos de la Provincia de Mendoza y debe ser considerada una fortaleza en lo que se refiere a la Política Ambiental del Estado. Que la Ley N° 7722 desde su sanción, ha sido blanco de constantes ataques de funcionarios y empresas mineras, tal es así que en la actualidad tiene varios pedidos de inconstitucionalidad, donde la Suprema Corte de Justicia de Mendoza deberá pronunciarse al respecto. Que, sin embargo el Intendente Malargüe, el Contador Agulles, ha manifestado

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Se Solicita Informe Inconstitucionalidad Ley 7.722

R E S O L U C I O N 3132-12 VISTO: El Expte. HCD 8348/12, por el cual se Solicita Informe Inconstitucionalidad Ley 7.722, y; CONSIDERANDO: Los pedidos de inconstitucional presentados por Empresas Mineras, a la Ley Provincial N° 7.722. Que este HCD sancionó el 14 de Agosto de 2006 la Ordenanza 3315, debido a las diversas publicaciones emitidas haciendo referencia a la posibilidad de que empresas mineras, efectúen cateos y exploraciones en el Sur de la Provincia de Mendoza, para proceder a la explotación de la minería en la región, indicando …”que más allá que los emprendimientos a los que se ha hecho referencia, se radicarán en el vecino Dpto. de San Rafael, no puede dejar de considerarse los efectos negativos que producirá en la Región Sur de la Provincia de Mendoza, entendiendo esta como una unidad abarcativa de San Rafael, Gral. Alvear y Malargüe…()… Facultando al Sr. Intendente Municipal, para que lleve a cabo las gestiones necesarias ante las Autoridades Nacionales y Provinciales, que resulten competentes para evitar la instalación en el Sur de la Provincia de Mendoza, de cualquier Emprendimiento Minero o similar, que afecte o que pueda llegar a afectar con su actividad el medio

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Plantea Preocupación Proyectos Megamineros

R E S O L U C I O N 3103-12 VISTO: El Expte. HCD-8208-12 por el cual la Asamblea del Pueblo Plantea Preocupación Proyectos Megamineros, y; CONSIDERANDO: Que la Asamblea del Pueblo de Alvear el 16 de Abril del corriente año utilizó la Banca del Ciudadano en Sesión Ordinaria del Concejo Deliberante, con el objeto de presentar la Declaración No Al Uranio en Mendoza. Que en la misma sesión la Multisectorial de General Alvear hizo uso de la Banca del Ciudadano para expresarse sobre la megaminería y sus perjuicios ambientales y sociales. Que en dichas presentaciones se manifestó la profunda preocupación por la posible explotación del proyecto uranífero La Araucana 6 a 4 kilómetros del complejo Valle Grande sobre el Río Atuel. Que además se prevé la reapertura del yacimiento de Sierra Pintada cercano al Río Diamante. Que estas dos situaciones ponen en peligro la vida humana misma, además de todo el ecosistema del Sur Provincial. Que existen en la actualidad colas de uranio que constituyen pasivos ambientales no tratados y ello conlleva una corresponsabilidad de la Comisión Nacional de Energía Atómica (CONEA) quien exploto dicho yacimiento de Sierra Pintada en la década de 1980 y el Gobierno de

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Se Solicita a Legisladores Dictamen contra Declaración Impacto Ambiental

R E S O L U C I O N 2978-11 VISTO: El Expte. HCD 7964/11, por el cual se Solicita a Legisladores Dictamen contra Declaración Impacto Ambiental, y; CONSIDERANDO: El tratamiento por la Honorable Legislatura Provincial, que debe dar tratamiento la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto Megaminero San Jorge. Que la Declaración fue aprobada por el Poder Ejecutivo Provincia, luego de intensos debates en la CEIAM (Comisión Evaluadora Interdisciplinaria Ambiental Minera), organismo que le realizó mas de 140 (ciento cuarenta) observaciones. Que por tal motivo el H.C.D. Gral. Alvear, sancionó la Resolución Nº 2891, mediante la cual se dispuso lo siguiente: “…Art.1- Solicitar a la Honorable Legislatura de Mendoza que Rechace la Declaración de Impacto Ambiental del Pto. Minero San Jorge. En base a los amplios y preocupantes estudios expuestos por organismos técnicos. Art.2- Solicitar el respeto de la Ley 7722 que prohíbe el uso de sustancias tóxicas entre las que entraría el “Xantato de Sodio”, propuesto por Minera San Jorge como reactivo para el tratamiento del mineral. Art.3- Enviar copia de la presente Resolución a cada uno de los integrantes de la Honorable Cámara de Diputados y Senadores de la Provincia de Mendoza, así como a entidades

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S/ Realizar Relevamiento y Limpieza de Cupos

R E S O L U C I O N 2345-07 VISTO: El Expte. HCD 6353/07, por el cual se S/ Realizar Relevamiento y Limpieza de Cupos, y; CONSIDERANDO: Que el Departamento General de Irrigación, se encuentra realizando los cortes de agua previstos para la limpieza de los canales de riego. Que los agricultores deben realizar por su cuenta la limpieza (cupo), del canal que les corresponda. Que la gran parte de los agricultores, han sufrido flagelos por accidentes climáticos. Que a su vez, coincide en muchos casos que son personas de avanzada edad que no pueden realizar por si mismos dichas tareas, y a su vez no cuentan con fondos para contratar personal. Que es necesario realizar las acciones que asistan a este tipo de situaciones.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de General Alvear, Mza., en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: R E S O L U C I O N ARTICULO 1º).- Solicitar al Departamento General de Irrigación – Subdelegación General Alvear que, a través de sus Inspectores de Cauce realicen un relevamiento de aquellos casos en que por razones de contingencias climáticas y a su vez edad avanzada, no puedan realizar por sí mismos

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Se Solicita Instalación Canastos o Cestos Residuos Sólidos Urbanos

O R D E N A N Z A 4030 VISTO: El Expte. HCD 9436/14, por el cual se Solicita Instalación Canastos o Cestos Residuos Sólidos Urbanos, y; CONSIDERANDO: La necesidad de reglamentar e implementar medidas sobre el manejo de los residuos en los complejos o conjuntos habitacionales dentro del ejido urbano. Que se hace necesario implementar medidas para el adecuado manejo de los residuos sólidos urbanos en los distintos complejos o conjuntos habitacionales del Departamento de General Alvear. Que es una necesidad que este tipo de emprendimientos habitacionales, que ha proliferado en estos años en nuestra Ciudad y Distritos, se implementen depósitos como canastos o cestos para residuos según la cantidad de departamentos o unidades habitacionales, para su recolección por parte del Municipio. Que su implementación requiere de una regulación que mantenga la armonía y un desarrollo arquitectónico urbanístico sustentable en el diseño y especificaciones técnicas de los depósitos para los residuos sólidos urbanos domiciliarios. Que es fundamental definir que estos cestos deben estar construidos con materiales resistentes al fuego, de fácil mantenimiento e higiene permitiendo la clasificación de los residuos emitidos. Que lo ideal es poseer dos receptáculos diferenciados por su color, uno para residuos secos de color

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