Adquisición Bienes y Maquinarias
O R D E N A N Z A 3497 VISTO: El Expte.3003-D-08 caratulado: D.E.: S/Adquisición Bienes y Maquinarias, y; CONSIDERANDO: Que mediante Ordenanza 3482 se autorizó al D.E. Municipal a la utilización y/o adquisición de bienes y maquinarias, a través de leasing o compra de los mismos, mediante la constitución de Derecho Real de Prenda con Registro, conforme a los términos de la Ley de Contabilidad Nº 3799. Que con posterioridad se sancionó la Ordenanza 3485 mediante la cual se modificó el Artículo 1º y se derogó el Artículo 3º de la Ordenanza 3482. Que el Proyecto de Ley que el Ejecutivo Provincial elevó a la Legislatura, contempla en su artículo 3º una tasa que no podrá superar el doce por ciento (12%), de interés anual; por lo que corresponde modificar nuevamente la Ordenanza 3482 sustituyendo el Artículo 2º de la misma, adecuándola a los términos del Proyecto de Ley Provincial. Que la aprobación de una nueva Ordenanza modificando nuevamente la sanción 3482, puede acarrear confusiones y consecuentemente complicar el procedimiento para la adquisición de los bienes y maquinarias mencionadas oportunamente. Que a los efectos legales la autorización de endeudamiento que el Honorable Concejo Deliberante otorga al D.E. Municipal