Donación Sin Cargo Roberto Doroschuk

O R D E N A N Z A   4814 VISTO: El Expte. 2021-06561158-GDEMZA-SECOBYSERV#ALVEAR, por el    cual se Solicita Sr. Roberto Doroschuk Hace Donación Sin Cargo, y; CONSIDERANDO: Que conforme surge de las actuaciones obrantes en el expediente del rubro, el Sr. Roberto Doroszcuk, DNI 21.376.436, y   Pedro Adolfo Martínez, DNI 10.658.339, hacen DONACIÓN SIN CARGO a  favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.) de una fracción    de terreno destinada a la apertura de calles, correspondiente al fraccionamiento que se realiza en el distrito de Bowen, totalizando  una superficie global de: Según Titulo y Según Mensura: veinte mil cincuenta metros cuadrados (20.050 m2 ) , con las medidas lineales, linderos y demás detalles que se individualizan y figuran en el    plano de anteproyecto, cuya discriminación se consignara en la escritura traslativa de dominio que llevara a cabo el Escribano interviniente . Que resulta conveniente a los intereses Municipales afectar la  donación sin cargo efectuada. Que en el expediente del rubro se registran los antecedentes de la donación mencionada. — POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones: R E S U E L V E ARTICULO 1°).- Aceptase la Donación Sin Cargo

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Nominar Roberto Picco Calle B° Prensa

O R D E N A N Z A   4818 VISTO:  El Expte. HCD 12114/20, por el cual se Solicita Nominar Calle B° Prensa como Roberto Picco, y; CONSIDERANDO: Que vecinos adjudicatarios del Barrio Prensa de nuestra Ciudad, mediante nota solicitan se denomine con el nombre de Roberto Picco, a la calle Pública N° 1 que corre paralela a Calle Uspallata entre Calles Ing. Lange y Prolongación Roca de nuestra Ciudad. Que el Sr. Roberto Picco fue protagonista de la vida social, política y gremial de nuestro Departamento y la Provincia, siendo el propulsor de la construcción del Barrio Prensa, destinado a todos los trabajadores de prensa y otras familias alvearenses que tenían el sueño de contar con su casa propia. Que este Concejo Deliberante no encuentra objeción alguna para acceder a lo solicitado por los vecinos, quienes quieren honrar la memoria de la persona que luchó incansablemente para que los mismos hoy puedan disfrutar de su vivienda y dejar plasmado con su nombre en la primera calle del barrio. — POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de General Alvear (Mza.), en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTÍCULO 1°).-

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Programa Compartencia desde la Ruralidad

O R D E N A N Z A  4547 VISTO: El Expte. 11755-19, por el cual se solicita se Declare de Interés Programa “Compartencia desde la Ruralidad”, y; CONSIDERANDO: Que las Secciones N° 5 de Educación Física y N° 49 de Educación Común, solicitan se declare de Interés Departamental el proyecto Encuentro de Escuelas Albergue “Compartencia desde la Ruralidad”. Que las Escuelas que participan de dicho proyecto son: Escuela N° 8-332 “José Musale” del Paraje Corral de Lorca; Escuela N° 8-383 “Teniente Coronel Marcos Graña” del Paraje de Canalejas; Escuela N° 8-647 “Wolf Scholnik” del Paraje Cochi-Co, todas del Departamento de General Alvear y las Escuelas N° 8-644 “Vialidad Nacional” del Paraje La Horqueta y N° 1-267 “Florentino Ameghino” del Distrito de Punta del Agua del Departamento de San Rafael. Que el objetivo general del proyecto es generar mejores propuestas para el logro de aprendizajes relevantes y significativos, ampliando el universo cultural de las niñas y los niños a partir de Experiencias relacionadas con el arte, el juego y la ciencia, enriqueciendo las jornadas escolares renovando tiempos, espacios y dinámicas a través de encuentros entre pares de distintas escuelas del medio. Que los objetivos específicos son: Generar espacios donde

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Colegio Santo Tomás Moro Apertura Calle

O R D E N A N Z A   4655 VISTO: El Expte. 10752-“C”-18, por el cual el Colegio Santo Tomás Moro Solicita Apertura Calle, y; CONSIDERANDO: Que a fs.1 obra la nota del Colegio Católico P-176 “Santo Tomás Moro”, Obispado San Rafael, solicitando Donación de Terreno de Propiedad de Municipalidad de General Alvear, ubicado frente al edificio escolar, sobre Calle San Juan, el cual, por su ubicación podrían utilizar para ampliar el edificio escolar, forestarlo, convirtiéndolo en parte en un espacio verde, con lo cual beneficiaría a toda la comunidad. Que el terreno solicitado por el Colegio Santo Tomás Moro, Obispado de San Rafael es de titularidad registral de Municipalidad de General Alvear, conforme Matrícula agregada a fs. 16, dividiéndose en 2 fracciones. Que de la Matrícula agregada a fs. 16 se advierte que el inmueble se encuentra dividido en dos fracciones: Primera Fracción, con superficie de 1473,58 mts2; Segunda Fracción, con superficie de 2854,19 mts2, con demás datos obrantes en matrícula de fs. 16. Que la Ordenanza 4488 dispone en su Art. 1°: “…El D.E. Municipal deberá realizar los actos útiles y necesarios para escriturar el terreno donado por la empresa constructora San Martín S.A. y aceptada por

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Participación Municipio en Fideicomiso

O R D E N A N Z A   4652 VISTO: El Expte. HCD 12208/20, por el cual se Solicita Aprobar Participación Municipio en Fideicomiso RAMCC, y; CONSIDERANDO: Los principios constitucionales y normativas nacionales, provinciales e internacionales tendientes al mejoramiento y la preservación del medio ambiente, así como a la lucha contra los efectos negativos del cambio climático. Que existe un compromiso del Municipio para promover y continuar promoviendo acciones que permitan mitigar los efectos negativos del cambio climático en su territorio y que mejoren el medio ambiente para sus habitantes, teniendo en cuenta el triple impacto ambiental, social y económico. Que es necesario articular acciones conjuntas y en forma coordinada con otros municipios del país en pos del mismo fin, con el propósito de fomentar la integración, intercambiar experiencias y ampliar el acceso a recursos. Que en el año 2010 se constituyó la Red Argentina de Municipios frente al Cambio Climático (“RAMCC”), como un instrumento de coordinación e impulso de las políticas públicas de los municipios participantes de la lucha contra el cambio climático de las ciudades y pueblos de la República Argentina. Que uno de los objetivos principales de la RAMCC es ejecutar proyectos o programas municipales, regionales

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Creación Programa Góndola Local

O R D E N A N Z A   4650 VISTO: El Expte. HCD 12202/20, por el cual se Solicita Creación Programa Góndola Local, y; CONSIDERANDO: La necesidad de consolidar, promover, difundir, estimular y alentar el consumo productos locales, como una de las formas de promover la economía departamental. Que es necesario contribuir al desarrollo y fortalecimiento de la industria y de los micro-emprendimientos locales pues ello trae aparejado la consolidación de puestos de trabajo y la generación de otros nuevos. Que las políticas públicas municipales deben buscar consolidar los lazos del tejido social y económico, que contribuyen a la cohesión y unión entre los actores de la economía social. Que entre las acciones a realizar, como campañas televisivas, radiales y escritas para estimular y convocar a todos los ciudadanos de General Alvear a consumir y valorar los productos realizados por los conciudadanos y desde el Estado municipal, es incentivar a tener una conciencia colectiva por parte del público consumidor, lo que permitirá estimular la cadena económica local, con beneficios mutuos y, por extensión, a toda la comunidad. Que contamos en el departamento con una gran variedad de productos, con una alta calidad, como vinos, aceites, miel, fruta seca, y

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Regulación y Actualización Ruidos Molestos

O R D E N A N Z A   4651 VISTO: El Expte. HCD 12207/20, por el cual se Solicita Regulación y Actualización Ruidos Molestos, y; CONSIDERANDO: La necesidad establecer una norma que reglamente la emisión de ruidos que puedan resultar molestos y/o perjudiciales para la salud. Que es un reclamo de los vecinos ante algunos ruidos molestos, por lo que es imprescindible establecer límites que protejan a los mismos de los sonidos innecesarios y/o excesivos. Que el crecimiento de nuestra localidad conlleva la posibilidad de aumentar proporcionalmente la emanación de ruidos, por lo que el Municipio debe regular y reglamentar dicha problemática. Que es responsabilidad del Estado velar por la salud y calidad de vida de los ciudadanos. Que es necesario adecuar la Ordenanza a las nuevas normas vigentes. Que las Instituciones que realizan actividades que producen emanaciones de ruidos molestos deberán ajustarse a lo establecido en las modificaciones que surgen en la Ordenanza.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A CAPITULO I Disposiciones Generales ARTICULO 1°).- Queda prohibido dentro de los límites del ejido Municipal causar, producir o

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Hacer Cumplir Ordenanza 4286 Estacionamiento Farmacia

O R D E N A N Z A   4657 VISTO: El Expte. HCD 12276/20, por el cual se Solicita Hacer Cumplir Ordenanza 4286 – Estacionamiento Farmacias, y; CONSIDERANDO: La Ordenanza Municipal N° 4286, que regula el estacionamiento en farmacias. Que la norma establece la reserva de un sector de la vía pública de 12 (doce) metros, equivalentes al estacionamiento de dos (2) vehículos como máximo, frente a farmacias. Que es necesario actualizar la norma para su plena aplicación y de esta forma brindar una mejora en un servicio esencial como lo es la adquisición de medicamentos por parte de los consumidores que arriben a una farmacia y no tengan una posibilidad de agilizar su transacción, en muchos casos de urgencia. Que de acuerdo a lo requerido por las autoridades municipales competentes para la aplicación de esta norma, son necesarias actualizaciones como el reducir a 6 (seis) metros el sector que se reserva frente al comercio del rubro farmacia, equivalente a 1 (uno) vehículo. Que además consideran establecer rangos o intervalos de duración del estacionamiento como también el establecer dispositivos de controles factibles y efectivos. Que todo ello conlleva a mantener y otorgar una política pública en cuanto a salud

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Implementación Manual Procedimiento Contingencias Climáticas

O R D E N A N Z A   4654 VISTO: El Expte. HCD 12251/20, por el cual se Solicita Implementación Manual Procedimiento Municipal Contingencias Climáticas, y; CONSIDERANDO: Las contingencias climáticas que afectan año tras año al departamento y zonas aledañas, como son; heladas, granizo, lluvias, vientos, incendios. Que año tras año el Estado Municipal se ve afectado por diferentes situaciones de contingencias climáticas, con las obligaciones en su función, dentro de sus capacidades económicas como recursos humanos, y el generar acciones de manera rápida para los productores agropecuarios del departamento. Que es necesario la creación de un manual básico de procedimientos ante las contingencias, que permita ordenar los pasos a seguir para poder alcanzar el objetivo. Que con esta herramienta se establecen medidas a tomar, las tareas a realizar, los recursos que se necesitan, de una manera planificada y organizada, y de esta forma estar mejor preparados para enfrentar situaciones de emergencia a través de un conjunto de procedimientos alternativos a la operatividad normal. Que contar con un protocolo, el cuál indique una serie de pasos a seguir, con sus responsables, y que se activan según las características del evento, que pueden quedar reflejados en un manual de procedimientos.

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Implementación Protocolo Licencias Violencia Genero

O R D E N A N Z A   4648 VISTO: El Expte. HCD 12073/20, por el cual se Solicita Implementación Protocolo Licencias Casos Violencia Género, y; CONSIDERANDO: El notable incremento en la visualización de casos de violencia de género en nuestro país, donde los datos publicados sobre femicidios son cada vez más alarmantes. Que la urgencia de asumir desde el Estado, en todos sus niveles, acciones públicas proactivas destinadas a visibilizar la violencia por razones de género, en procura de su identificación, prevención y erradicación. Que la necesidad de agilizar la detección temprana de situaciones de violencia y el tratamiento de los casos de violencia contra las mujeres tanto en el ámbito laboral como en el doméstico. Que el Estado debe hacer todas las acciones útiles destinadas a garantizar un ambiente de trabajo libre de discriminación y violencia donde se promueva el respeto de todas las orientaciones sexuales e identidades de género conforme las Leyes N° 26.485, N° 26.743, N° 27.499, sus Decretos reglamentarios, tratados internacionales, entre otros la Convención sobre la Eliminación de toda forma de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), y la Convención Interamericana de Belém do Pará, además de las leyes provinciales N°5811 (Art. 50 inc.

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