Sra. Carlota Helena Guasch S/ Donación Con Cargo

O R D E N A N Z A 3480 VISTO: El Expte. 5257-“G”-07, por el cual la Sra. Carlota Helena Guasch S/ Donación Con Cargo, y; CONSIDERANDO: Que conforme surge de las actuaciones obrantes en el Expte. del rubro, la Sra. Carlota Helena Guasch, hace Donación Con Cargo a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.), de varias fracciones de terreno destinada a la Prolongación de calle José Hernandez, Hilario Cuados, Antonia M. Verna, Calle 1 y 2 del Barrio SMATA II y Gervasio Ortiz, ensanche de Calle Antonia M. Verna y Uspallata, correspondiente al fraccionamiento que se realiza en ésta Ciudad, totalizando una superficie global según plano de mensura adjunto a Fs. 23 de: nueve mil quinientos y siente con cuarenta metros cuadrados (9.597,40 mts2), según título de: nueve mil seiscientos veintidós con ochenta y siete metros cuadrados (9.622,87 mts2), con las medidas lineales, linderos y demás detalles que las individualizan figuran en el plano referido, cuya discriminación se consignará en la Escritura Traslativa de Dominio que llevará a cabo el Escribano interviniente. Que según informe de Sub-Dirección de Catastro Municipal a Fs. 27 las citadas fracciones de terreno ya se encuentran libradas al uso público, adecuándose

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Creación Programa Detección Obesidad Infantil

O R D E N A N Z A 3479 VISTO: El Expte. HCD 6282/08, por el cual se S/ Creación Programa Detección Obesidad Infantil, y; CONSIDERANDO: La necesidad de contar en el Departamento de General Alvear, con un registro actualizado en lo referente a Obesidad Infantil. Que el registro requerido es indispensable para continuar y dimensionar el Programa de Obesidad Infantil, que lleva adelante el Municipio a través de la Dirección de Acción Social y Salud. Que la Obesidad Infantil constituye un problema de Salud Pública y que es fundamental desterrar la idea o creencia que la gordura es sinónimo de salud en los niños y que con el desarrollo la superarán. Que las afectaciones nutricionales de la infancia tienen repercusiones duraderas para el resto de la vida, y que la obesidad en niños es previctoria de la obesidad en adultos, siendo este desorden nutricional muy pocas veces motivo de consulta de los progenitores. Que la obesidad es producto de 300 mil muertes al año, asociadas a enfermedades cardiovasculares, diabetes mellitas, alteraciones esqueléticas, hipertensión arterial, hipercolesterolemia y problemas psicosociales. Que es necesario conocer la prevalencia de la misma en General Alvear y para ello se requeriría evaluar a la

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Modificar Ordenanza Nº 3463

O R D E N A N Z A 3478 VISTO: El Expte. HCD 6592/08, por cual se S/ Modificar Ordenanza Nº 3463, y; CONSIDERANDO: Lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalices Nº 1079 y Ordenanza Municipal Nº 3463. Que la Municipalidad de Gral. Alvear, se encuentra en una difícil situación económica financiera. Que de continuar con el sistema de aumentos automáticos previstos en la Ordenanza Nº 3463, en especial en su artículo 1º, implica un importante aumentos de sueldos y remuneraciones y podría llegar a resentir la prestación de los servicios que presta la comuna. Que en fecha reciente se otorgó a los empleados municipales un aumento del quince por ciento (15%) a partir del primero de abril de 2008 más un cinco por ciento (5%), a partir del primero de junio del mismo año, en sus salarios, conforme a lo acordado en paritarias a nivel provincial. Que resulta equitativo y razonable conceder un aumento de igual porcentaje en el sueldo o remuneración del Sr. Intendente Municipal, Ediles y Funcionarios. Que de conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 1079, corresponde al Concejo Deliberante la fijación del importe de dietas y compensación funcional de los señores Concejales

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Creación Partida Presupuestaria Pavimento Asfáltico Boulevard Avda. Sarmiento Bowen

O R D E N A N Z A 3477 VISTO: El Expte. 302-“D”-08, por el cual el D.E. Municipal S/ Decreto Nº 3319-SH/07 – Creación Partida Presupuestaria Pavimento Asfáltico Boulevard Avda. Sarmiento Bowen, y; CONSIDERANDO: Que del análisis efectuado por la Comisión de Hacienda y Presupuesto, se desprende la factibilidad de Ratificar el Decreto Municipal Nº 3319-SH/07, por el cual se crea una Partida Presupuestaria para la Construcción de la Carpeta Asfáltica del Boulevard de la Avda. Sarmiento del Distrito de Bowen. Que en Sesión de la fecha, se da por ratificado el mencionado Decreto.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º).- Ratifícase en todas y cada una de sus partes el Decreto Municipal Nº 3319-SH/07, a saber: “…Visto: El Expte. 4148-D-2007, iniciado por la Dirección Gral. de Obras, Servicios Públicos y Medio Ambiente, y; Considerando: Que en las actuaciones contenidas en el mismo, se contempla el llamado a licitación para la ejecución de la obra Pavimento Avda. Sarmiento, Tramo Boulevard-Bowen, que en el mismo se incluye la provisión total de materiales, mano de obra y conducción

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Comisión Paritaria Municipal

O R D E N A N Z A 3476 VISTO: El Expte. 301-“D”-08, por el cual el D.E. Municipal S/ Decreto Nº 3214-SH/07 – Comisión Paritaria Municipal, y; CONSIDERANDO: Que del análisis efectuado por las Comisiones de Hacienda y Presupuesto y de Legislación y Derechos y Garantías, se desprende la factibilidad de Ratificar el Decreto Municipal Nº 3214-SH/07, por el cual se modifica el Presupuesto de Gastos y el Cálculo de Recursos para afrontar compromisos firmados por el Municipio en el Acta de Paritaria Municipal Nº 1. Que en Sesión de la fecha, se da por ratificado el mencionado Decreto.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º).- Ratifícase en todas y cada una de sus partes el Decreto Municipal Nº 3214-SH/07, a saber: “…Visto: El Acta de Paritaria Municipal Nº 1 de la Comisión de Paritaria Municipal de la Municipalidad de General Alvear, convocada por el Decreto Nº 308-G/07. Considerando: Que en la misma y con la presencia de los representantes del Sindicato Municipal Sres. Juan C. Conrad y Alberto Gonzalez y los Sres. Dr. Juan Carlos

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Sra. Nilda Esther Franco S/ Donación Con Cargo

O R D E N A N Z A 3475 VISTO: El Expte. 5607-“F”-07, por el cual la Sra. Nilda Esther Franco S/ Donación Con Cargo, y; CONSIDERANDO: Que conforme surge de las actuaciones obrantes en el Expte. del rubro, la Sra. Nilda Esther Franco a Fs. 13 ratifica, hace Donación Con Cargo a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.), de una fracción de terreno de su propiedad destinada a la Prolongación de calle Fray Luis Beltran y otra destinada al ensanche de Callejón Franco, constantes de una superficie: la Primera: de (879,50 mts2), Ochocientos setenta y nueve metros cincuenta decímetros cuadrados y la Segunda: de (90,40 mts2), Noventa metros cuarenta decímetros cuadrados, según Plano de Fs. 03, con las medidas lineales, linderos y demás detalles que las individualizan figuran en la Escritura Traslativa de Dominio que llevará a cabo el Escribano interviniente. Que según informe la Sub-Dirección de Catastro Municipal a Fs. 15 las citadas fracciones de terreno ya se encuentran en uso público, adecuándose a la urbanización de la Zona. Que resulta conveniente a los Intereses Municipales, aceptar la Donación Con Cargo efectuada. Que en el Expte. del rubro se registran los antecedentes de la donación

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Ampliar Presupuesto Fundación Habitar

O R D E N A N Z A 3474 VISTO: El Expte. HCD 6569/08, por el cual se S/ Ampliar Presupuesto Fundación Habitar, y; CONSIDERANDO: La Ordenanza Nº 3464, donde se asigna a la Fundación Habitar una contribución. Que la Fundación Habitar es una institución que prioriza la atención a la población que necesiten pernoctar en la Ciudad de Mendoza por razones de salud, llevando a cabo un trabajo de contención y atención al enfermo y sus familiares. Que dicha Institución cuenta con una amplia trayectoria en el servicio a la comunidad demostrando a través del tiempo su espíritu solidario, dando testimonio de esto quiénes han pasado por ese lugar, que por cierto son muchos alvearenses, debido a la distancia con que se encuentra nuestro Departamento respecto a los centros de alta complejidad. Que los aportes asignados son destinados a cubrir parte de los gastos operativos y mantenimiento de cada entidad.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de General Alvear, Mza., en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º).- Autorizase al D.E. Municipal, a Modificar la Partida Presupuestaria destinada a la Fundación Habitar, asignándole $ 13.000.- anuales, en

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Modificación Presupuesto de Gastos

O R D E N A N Z A 3473 VISTO: El Expte. 1198-“D”-08, por el cual el D.E. Municipal S/ Modificación Presupuesto de Gastos, y; CONSIDERANDO: Que del análisis efectuado por la Comisión de Hacienda y Presupuesto de éste H.C.D., se desprende la factibilidad de dar por ratificado el Decreto Municipal Nº 64-SG/08. Que en Sesión de la fecha, se da por ratificado el mencionado Decreto.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de General Alvear, Mza., en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º).- Ratificase en todas y cada una de sus partes el Decreto Municipal Nº 64-SG/08, a saber: “…Visto: Que el Presupuesto para el Ejercicio Año 2008 fue aprobado en fecha 28 d enero de 2008 mediante Ordenanza Nº 3464, y puesto en vigencia por Decreto Nº 63-SG/08, y; Considerando: Que en el lapso transcurrido entre la elaboración y a la aprobación se realizaron afectaciones y pagos en algunas partidas autorizadas en el Presupuesto Ejercicio Año 2007, ya que este regía hasta tanto se sanciona el nuevo y que no fueron contempladas en la elaboración del Presupuesto para el Ejercicio Año 2008. Que asimismo no se

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Interés Socio-Económico Programa “Mendoza Sur”

O R D E N A N Z A 3472 VISTO: El Expte. HCD 6549/08, por el cual se S/ Declarar Interés Socio-Económico Programa “Mendoza Sur”, y; CONSIDERANDO: El Programa Periodístico “Mendoza Sur Entre Hijuelas y Picadas”, sobre actualidad, historia y perspectivas del sector agrícola-ganadero en la Región Sur de la Provincia de Mendoza. Que el Programa indicado, se emite desde el mes de octubre de 2005, por Canal Rural Satelital, los días sábados a las 9,00 Hs. Y miércoles a las 17,30 Hs., habiendo llegado ya a su número noventa y cinco. Que “Mendoza Sur Entre Hijuelas y Picadas”, tiene un formato documental informativo y media hora de duración. Se compone de tres bloques y presenta nota, entrevistas e imágenes de los diversos actores del sector productivo rural. Que Canal Rural es la única señal de cable vía satélite de América Latina, dedicada las veinticuatro horas a la producción agropecuaria y llega cerca de cinco millones de abonados a lo mil cuatrocientos cables y sistemas de televisión satelital de Sudamérica. Que en cerca de cien programas, “Mendoza Sur entre Hijuelas y Picadas” ha realizado cobertura de numerosos eventos productivos, entrevistando protagonistas de todas las actividades agropecuarias y visitando gran

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Creación Registro Celíacos

O R D E N A N Z A 3471 VISTO: El Expte. HCD 6531/08, por el cual se S/Creación Registro Celíacos, y; CONSIDERANDO: Lo dispuesto en la Leyes Nacionales Nº 24.827 y su modificatoria Nº 24.953 y Ley Provincial Nº 5243, que legislan acerca de la Celiaquía. Que la Celiaquía es una enfermedad que daña el intestino, interfiriendo la absorción de nutrientes y requiere una dieta especial, libre de gluten (sin trigo, avena, cebada, centeno) y por vida. Que en el Departamento de Gral. Alvear, Mza., se han detectado numerosos casos de celíacos que requieren prevención tratamiento y atención. Que el no tratamiento de la enfermedad, puede llevar a complicaciones en la salud, como mal nutrición, depresiones psíquicas, infertilidad masculina y femenina, abortos de repetición y mayor riesgo de padecer determinados tipos de cáncer y denominadas enfermedades asociadas como diabetes tipo I, púrpura, artritis reumatoidea y problemas de tiroides. Que familiares de personas que padecen Celiaquía y vecinos del Departamento, han expresado su inquietud acerca de la necesidad de brindar atención a los enfermos celíacos de bajos recursos y sin cobertura social. Que el Municipio, en el marco de sus atribuciones, debe estar presente y asistir a las personas

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