Creación “Área Derechos Humanos”

O R D E N A N Z A 3360 VISTO: El Expte. HCD-6163-06 caratulado Pto. Ordenanza: S/Creación “Área Derechos Humanos”, y; CONSIDERANDO: Que la tarea de proteger los Derechos Humanos representa para el Estado la exigencia de proveer y mantener las condiciones necesarias para que, dentro de una situación de justicia, paz y libertad, las personas puedan gozar de ELLOS. Que los Derechos Humanos son el conjunto de prerrogativas inherentes a la naturaleza de la persona, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral del individuo que vive en una sociedad jurídicamente organizada. Que los Derechos Humanos son Universales porque pertenecen a todas las personas sin importar su sexo, edad, posición social, partido político, creencia religiosa, origen familiar o condición económica; son incondicionales porque únicamente están supeditados a los lineamientos y procedimientos que determinan los límites de los propios derechos, es decir, hasta donde comienzan los derechos de los demás o los justos intereses de la comunidad y son inalienables porque no pueden perderse ni transferirse por propia voluntad; son inherentes a la idea de dignidad de hombre. Que los Derechos Humanos son aquellos de todas las personas por el solo hecho de ser humanos, sin distinción de

Ver Más >>

Se dona a la A.F.I.P., una fracción de terreno de propiedad de la Municipalidad de General Alvear

O R D E N A N Z A 3359 VISTO: El Expte. HCD 6223/06, por el cual la A.F.I.P. S/ Modificación Ordenanza Nº 2804; y, CONSIDERANDO: Lo establecido mediante la Ordenanza Nº 2804, por la cual se dona a la A.F.I.P., una fracción de terreno de propiedad de la Municipalidad de General Alvear. Que en la mencionada donación, se establecía la construcción de un edificio para el funcionamiento de la A.F.I.P. y de la Dirección General de Aduanas. Que en la Ordenanza 2804 se establece que, además de las direcciones mencionadas precedentemente, también se incluía a la Delegación del Instituto Nacional de Vitivinicultura. Que en nota de fecha 13 de diciembre de 2006, la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.), solicita la modificación de la citada Ordenanza. Que la modificación consiste en que se extraiga de los considerandos (3º y 8º párrafo) y del Art. 2º a la Delegación del Instituto Nacional de Vitivinicultura, ya que no forma parte de la fusión de las Direcciones Generales de Impositiva y de Aduanas.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO

Ver Más >>

Reglamentar y Jerarquizar Turismo Rural

O R D E N A N Z A 3530 VISTO: El Expte. HCD 6424/07, por el cual se S/ Reglamentar y Jerarquizar Turismo Rural, y; CONSIDERANDO: La necesidad de Reglamentar y Jerarquizar el Turismo Rural en el Departamento de General Alvear. Que es necesario en el Departamento el fomento, desarrollo, promoción y regulación de la actividad del Turismo Rural, para el aprovechamiento de los recursos y atractivos que nos brinda nuestro medio. Que General Alvear, tiene un perfil adecuado para desarrollar el Turismo Rural con productos diferenciales de otras regiones, convirtiéndose en una actividad más de diversificación económica. Que el Turismo es un derecho social y económico de las personas, dada su contribución al desarrollo integral en el aprovechamiento del tiempo libre y en la revalorización de la identidad cultural de las comunidades. Que al sector agropecuario le favorece económicamente el Turismo Rural, por el ingreso adicional que genera durante Todo el Año. Que el Turismo Rural está orientado a diversificar los ingresos de los productores agropecuarios, cooperar con el desarrollo de las economías regionales creando empleo rural. Que es necesario asegurar las mejores condiciones de la oferta turística, para el desarrollo de la actividad a través de la

Ver Más >>

Terreno y Edificio C.I.C. Bowen

O R D E N A N Z A 3541 VISTO: El Expte. HCD 6729/08, por el cual se S/ Terreno y Edificio C.I.C. Bowen, y; CONSIDERANDO: Que del mencionado Expte. surge el dictado de la Resolución Nº 2508-08, por la cual se solicita al D.E. Municipal informes sobre condiciones del terreno y construcción del edificio del Centro Integrador Comunitario (C.I.C.) del Distrito de Bowen. Que la información solicitada consta de: a) condiciones naturales del terreno donde se construirá el edificio; b) factibilidad y evaluación de riesgos de construcción, futura habitabilidad y uso sobre el terreno en cuestión de una estructura con la complejidad de las que nos ocupa y c) si se ha evaluado otra ubicación para la citada construcción con apreciaciones técnicas, económicas, de impacto social y otras pertinentes si ello fuese factible. Que a Fs. 05/28 corre agregada la información solicitada y que de la misma, surgen consideraciones técnicas respecto al ensayo de suelo realizado a efectos de la factibilidad de construcción en el terreno en cuestión, las cuales fueron llevadas a cabo por el Laboratorio “Prima” a cargo de los Profesionales, Ing. Pedro P. Martelli e Ing. Edgardo A. Di Nasso. Que evaluadas las consideraciones, se

Ver Más >>

D.E.Mcpal.S/ Ratificación Decreto Nº 2096-SH/06

O R D E N A N Z A 3358 VISTO: El Expte. 6519-“D”-06, por el cual el D.E.Mcpal.S/ Ratificación Decreto Nº 2096-SH/06; y, CONSIDERANDO: Que del análisis efectuado por la Comisión de Hacienda y Presupuesto de éste Cuerpo, de desprende el aconseje de ratifica el Decreto Municipal Nº 2096-SH/06, por el cual se refuerzan partida presupuestarias a efectos al pago de sueldos de los meses de setiembre a diciembre y sueldo anual complementario del corriente año. Que en Sesión de la fecha, se da por ratificado el mencionado Decreto.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º).- Ratifícase en todas y cada una de sus partes el Decreto Municipal Nº 2096-SH/06, a saber: “…VISTO: Que algunas partidas del Presupuesto de Gastos han resultado insuficientes, y; CONSIDERANDO: Que por lo expuesto y a los efectos de hacer posible la imputación y el pago de los sueldos del personal municipal para los meses de septiembre a diciembre y S.A.C., resulta necesario modificar el Presupuesto de Gastos en Vigencia. Que si bien el artículo 29º de la Ordenanza 3.249 faculta al

Ver Más >>

Régimen Nominaciones de Calles

O R D E N A N Z A 3356 VISTO: El Expte. HCD 6166/06, por el cual se S/ Régimen Nominaciones de Calles; y, CONSIDERANDO: La falta de un régimen para denominar las calles y lugares públicos que refleje los valores de los protagonistas de la historia del Departamento de General Alvear. Que el reivindicar y homenajear a aquellos hombres y mujeres a través de la imposición de sus nombres en calles y/o espacios públicos, de acuerdo a las atribuciones y competencias de este Concejo Deliberante, debe ser una forma de recuperar la historia verdadera de los hacedores de nuestro Departamento. Que el Archivo de Patrimonio Municipal, es el lugar indicado para contar con un régimen de nombres con sus respectivas biografías y antecedentes que lo hacen merecedor del homenaje y reconocimiento de que su nombre figure en algún lugar público. Que para contar con un criterio uniforme y dentro de un marco de igualdad y coherencia, es necesario establecer una antigüedad de fallecida, la persona que se intenta homenajear. Que además, es necesario establecer que aquellos nombres propuestos, dicha persona no haya sido contrario a la democracia ni que hayan participado en hechos en contra de los derechos

Ver Más >>

Sra. Raquel M. Abuaf S/ Condonación de Deuda

O R D E N A N Z A 3355 VISTO: El Expte. HCD 6122/06, por el cual la Sra. Raquel M. Abuaf S/ Condonación de Deuda; y, CONSIDERANDO: Que la Sra. Raquel Marta Abuaf de Taboada, en representación de su esposo, titular del Padrón Municipal Nº 3477-1, solicita la condonación de la deuda y la eximición del pago por Tasas y Servicios Municipales. Que la misma fundamenta su petición en el estado de salud tanto de su esposo (discapacidad permanente), como la de la recurrente quién en la actualidad se encuentra bajo tratamiento de quimioterapia, como así también la precariedad económica dado que a su hogar sólo ingresa el importe de una pensión por invalidez. Que en las normas tributarias en vigencia, se encuentra contemplada esta situación, eximiendo el pago de Tasas y Servicios Municipales, y que en el Expte. en cuestión, se encuentra adjuntada la documentación correspondiente para acceder a los beneficios otorgados por dicha norma. Que también es facultad de este Concejo eximir el pago de la deuda por Tasas y Servicios Municipales, de los contribuyentes que se encuentran en situación de precariedad económica y de salud, como los que documentan los presentantes.- POR ELLO: El Honorable

Ver Más >>

Política Ambiental Departamental

O R D E N A N Z A 3353 VISTO: El Expte. HCD 6051/06, por el cual se S/ Política Ambiental Departamental; y, CONSIDERANDO: Lo dispuesto en la Ordenanza Nº 3316 – Política Ambiental. La importancia y preponderancia que día a día adquiere la problemática relacionada con el Ambiente. Que como se expresa en la Ordenanza 3316, resulta imprescindible para el Municipio y por ende para toda la comunidad, llevar adelante las acciones integrales que se vinculan con el Ambiente y el Desarrollo. Que a fin de llevar adelante los principios para la preservación, conservación, defensa y mejoramiento del Ambiente de Gral. Alvear, se estima pertinente, útil y necesario crear los instrumentos legales idóneos para avanzar con la implementación de una Política de Estado acorde a las circunstancias actuales, con el desarrollo sustentable y defensa del ambiente. Que el Art. 5º de la Ordenanza 3316, creó cargos en la planta permanente, no así de carácter político o fuera de nivel que conduzcan la política ambiental. Que en ese marco, se considera oportuno la creación de un cargo, de carácter político, fuera de nivel, como responsable de la Gestión Ambiental en el Departamento, dentro del ámbito del D.E. Municipal, dependiendo

Ver Más >>

Creación Distrito Alvear Oeste

O R D E N A N Z A 3338 VISTO: El Expte. 6853-“D”-05, por el cual el D.E. Municipal S/ Creación Distrito Alvear Oeste, y; CONSIDERANDO: Que es necesario crear el Distrito de Alvear Oeste. Que en los inicios del Departamento de General Alvear, la Colonia Alvear Oeste era el centro de atracción y pujanza, debido al exitoso desarrollo que tenía en aquellos años en el ferrocarril, alrededor del cual se movilizaba toda la economía Departamental. Que Alvear Oeste, ha iniciado un importante proceso de crecimiento en los últimos años, recuperando la pujanza a través de nuevos emprendimientos y servicios. Que la Ley Orgánica de Municipalidades nos señala en su Art. 3º “…La Legislatura de la Provincia, podrá aumentar al número actual de Municipios, subdividiendo los Departamentos cuando así lo requieran las necesidades de la población, con la mayoría absoluta de los Miembros que componen cada Cámara, pero en ningún momento podrán disminuir el número de Departamentos existentes…”. Que la Constitución Nacional confiere a los Municipios, desde el punto de vista Jurídico, la potestad de realizar la División Política de su territorio en su Art. 41º: “…Todos los habitantes gozan del Derecho de un ambiente sano, equilibrado, apto para

Ver Más >>

Dirección de Rentas S/Modificación Ordenanza 2649 y su modificatoria Ordenanza 3118

ORDENANZA 3326 VISTO: El Expte. 4160-D-06 caratulado Dirección de Rentas S/Modificación Ordenanza 2649 y su modificatoria Ordenanza 3118, y; CONSIDERANDO: Que surge la necesidad de adaptar las Ordenanzas citadas precedentemente para lograr una mejor interpretación y aplicación de las reglamentaciones vigentes en cuanto al expendio y/consumo de bebidas alcohólicas. Que las normativas en vigencia, establecen las sanciones a aplicar a aquellos comercios que no den cumplimiento a las mismas. Que las sanciones estipuladas en el Art. 9º de la Ordenanza 2649, no determinan que los comercios que hayan sido pasibles de multas seguidas del cierre del mismo, para su habilitación deberá hacer efectivo el pago de la multa aplicada. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR (MZA) EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE : ORDENANZA ARTICULO 1º: Establécese para aquellos comercios que hayan sido pasible de la clausura por aplicación del Art. 9º de la Ordenanza 2649, previo a obtener la habilitación deberá efectuar el pago correspondiente de la multa aplicada. ARTICULO 2º: Dirección de Rentas Municipal tomará debida nota de lo dispuesto en el Art. 1º. ARTICULO 3º: Comuníquese, Publíquese y Dése al DM.

Ver Más >>