Creación Consejo Municipal del Ambiente

O R D E N A N Z A 3206 VISTO: El Expte HCD 5814/05, por cual se S/ Creación Consejo Municipal del Ambiente, y; CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 5.961 General del Medio Ambiente de la Provincia de Mendoza, Crea el Consejo Provincial del Ambiente y que la participación ciudadana es un derecho y un deber consagrado en el Art. 20º de la Ley de Política Ambiental Nacional Nº 25.675. Que la relación de inmediatéz entre la comunidad y las Autoridades Municipales, sugiere que éstas se encuentran en mejores condiciones para gestionar la resolución de los problemas ambientales locales. Que la autonomía municipal, tiene una razón de ser que no debe desvirtuarse: la inmediatez de la comunidad. Que esta relación permite que las condiciones sean más razonadas, que sean el producto de un mayor consenso, que se conozcan mejor los problemas que aquejan a una comunidad y que se alcance de manera mancomunada las posibles soluciones. Que, desde una perspectiva ambiental, son los miembros de la comunidad vecinal quiénes reconocen y padecen estos problemas. Que, para articular soluciones eficaces, el Estado Municipal debe organizarse para identificar los problemas de la comunidad y elaborar mancomunadamente las alternativas de solución. Que,

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Estatuto Escalafón para el personal de la Municipalidad de General Alvear

O R D E N A N Z A 1839 VISTO: Que el Honorable Concejo Deliberante mediante Ordenanza Nº 1764/93, aprobó el Estatuto Escalafón para el personal de la Municipalidad de General Alvear (Mendoza).- CONSIDERANDO: Que resulta necesario instrumentar a través de una Ordenanza la nueva situación de revista de todo el Personal de la Planta Permanente de la Municipalidad luego del reescalafonamiento del mismo y de la asignación de categorías efectuada en base a las funciones que cada uno cumple en la actualidad, conforme lo dispone la Ordenanza Nro. 1764 (Ley 5892).- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de General Alvear (Mza.) en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º).- Establécese que el Personal Permanente de esta Municipalidad revistará a partir del día primero de Octubre de 1993, en los cargos y categorías que se detallan en planillas anexas a la presente Ordenanza de fojas tres a fojas catorce y en el acta compromiso de fecha veinticinco de Octubre de 1993 obrantes a fojas diecisiete y dieciocho del Expte. Nº 1772-A-93 caratulado: A D M ( Departamento Ejecutivo ) s/Eleva Proyecto de Ordenanza de reencasillamiento

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Ratificación Nuevo Convenio de Reestructuración Deuda en Dólares

O R D E N A N Z A 3543 VISTO: El Expte. Nº 4955-D-08, caratulado D.E. S/ Proyecto de Ordenanza-Ratificación Nuevo Convenio de Reestructuración Deuda en Dólares, y; CONSIDERANDO: Que mediante Ordenanza Nº 3301/06 el Honorable Concejo Deliberante autorizó al D.E. Municipal a convenir con el Superior Gobierno de la Provincia de Mendoza, un “Contrato de Préstamo”, hasta la suma de U$S 1.500.000.- (Dólares Estadounidenses: Un Millón Quinientos Mil), con un plazo de amortización de dieciséis (16) años, con dos (2) años de gracia y a una tasa de interés del 2% anual, cuyo monto será destinado al pago de la totalidad de la Deuda que el Municipio mantiene con los Organismos Multilaterales de Crédito (BID-BIRF) y la Administración Central del Gobierno de la Provincia vencida y a vencer. Que a través de Ordenanza Nº 3454/07 el Honorable Concejo Deliberante Ratificó el Convenio de Reestructuración de Deudas en Dólares, celebrado entre el Gobierno de la Provincia de Mendoza, representada en ese acto por el señor Ministro de Hacienda, Lic. Alejandro GALLEGO, el Señor Ministro de Gobierno, Ing. Agrim. Sergio MARINELLI y la Municipalidad de General Alvear, representada por el Señor Intendente Municipal, Ing. Juan Carlos DE PAOLO. Que el

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Creación Asesoría de Producción Orgánica

O R D E N A N Z A 3545 VISTO: El Expte. HCD 6823/08, por el cual se S/ Creación Asesoría de Producción Orgánica, y; CONSIDERANDO: La necesidad de promover un desarrollo agropecuario sustentable y que la agricultura orgánica representa un desafío y, a la vez, una oportunidad para transitar este camino, impulsando el desarrollo social, económico y de conservación de la naturaleza. Que es de gran importancia para el Desarrollo Económico y Productivo Departamental, generar políticas, proyectos y acciones coordinadas para capitalizar las oportunidades de comercialización de productos orgánicos, planteadas por los mercados regionales, nacionales e internacionales. Que la planificación e instrumentación de estas acciones, deberá responder a procesos plurales y participativos que aseguren representatividad y la viabilidad de las acciones que se propongan. Que para lograr una mayor inserción de nuestros productos, en los mercados nacionales e internacionales, es importante desarrollar estrategias de investigación, capacitación y comunicación, con el objeto de promover el desarrollo de la agricultura orgánica. Que se deben identificar y desarrollar tecnologías de producción sustentables como así también, procesos productivos amigables con el medio ambiente, que se adapten al sistema productivo local. Que a través de la aplicación de técnicas de producción orgánica adecuadas,

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Creación “Comedia Municipal General Alvear”

O R D E N A N Z A 3544 VISTO: El Expte. HCD 6813/08, por el cual se S/ Creación “Comedia Municipal General Alvear”, y; CONSIDERANDO: La necesidad de crear genuinas fuentes de trabajo en el Ámbito Municipal para los actores, directores, escenógrafos y asistentes en general. Que la sociedad en general requiere cada vez más espacios donde ésta se refleje, teniendo en cuenta que el teatro es un actividad social, artística y cultural que en sus manifestaciones e influencias contribuye a la creatividad, al desarrollo de la sensibilidad y suele ser un testigo irrefutable y ameno de las costumbres y hasta la historia de los pueblos. Que la cultura en general y las expresiones artísticas en particular, suelen ocupar un lugar secundario en nuestra sociedad contaminada por la inmediatez estéril por lo que es imprescindible rescatar y jerarquizar definitivamente estas expresiones que son en definitiva nuestra carta de presentación que dice cómo y quiénes somos. Que el teatro en particular es una de las actividades artísticas más antiguas, hundiéndose su origen en las raíces mismas de la evolución humana, conjugando en su desarrollo otras expresiones fundamentales como la literatura, la danza, la música, la expresión oral y todas

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Reglamentación Residuos Patológicos

O R D E N A N Z A 3529 VISTO: El Expte. HCD 6318/07, por el cual se S/ Reglamentación Residuos Patológicos, y; CONSIDERANDO: La necesidades de regular la disposición de los residuos patológicos. Que es imprescindible salvaguardar las normas de salubridad de la población. Que no existe una reglamentación clara al respecto. Que corresponde a este Honorable Cuerpo, lo que concierne a “Higiene Pública”.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º).- Todos los Establecimientos Públicos y/o Privados (Hospitales, Centros de Salud, Sanatorios, Clínicas, etc.), como los Laboratorios, Instituciones de Investigación, Dispensarios, Consultorios, Farmacias, Veterinarias, etc. Radicados en el Ejido Comunal de la Ciudad de Gral. Alvear, que manipulan y/o generan basuras especiales clasificadas como Residuos Patológicos quedan sujetos, en cuanto al manejo y disposición final de los mismos, a lo establecido en la presente Ordenanza.- ARTICULO 2º).- A los efectos de la presente Ordenanza, los términos que se emplean tienen el siguiente significado: Residuos Sólidos Sanitarios: conjunto de materia orgánica e inorgánica residual, resultante de todas las funciones que cumplen en un establecimiento sanitario. Residuos Patológicos:

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Ayuda Económica Sr. Herrada

O R D E N A N Z A 3549 VISTO: El Expte. HCD 6887/08, por el cual se S/ Ayuda Económica Sr. Herrada, y; CONSIDERANDO: La invitación recibida el Sr. Carlos Herrada para participar en la Misión Comercial Multisectorial a Federación de Rusia que acompañará la visita oficial de la Presidenta de la Nación, Dra. Cristina Fernández de Kirchner. Que la participación en estos eventos responde a la estrategia de continua profundización de la presenta comercial Argentina en el mercado ruso, el cual importó nuestros productos por un total de U$S 784 millones en el 2007 y que en los primeros ocho meses de este año nuestras ventas a ese destino crecieron un 59 % en comparación con el mismo período del año anterior. Que la Misión Multisectorial está co-organizada por el ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto –Subsecretaría de Comercio Internacional, Ministerio de Economía y Producción, Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, Secretaría de Promoción de Inversiones, Exportaciones y Cooperación Internacional y otras entidades oficiales y privadas representativas de los respectivos Países. Que eventos como el mencionado, son de significativa importancia para el desarrollo local, ya que permitirá, por un lado, un contacto directo

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Sra. Sarachini, Angela Isabel de Salazar S/ Plan de Pago

O R D E N A N Z A 3547 VISTO: El Expte. 5682-“S”-06, por el cual la Sra. Sarachini, Angela Isabel de Salazar S/ Plan de Pago, y; CONSIDERANDO: Que del análisis efectuado por la Comisión de Hacienda y Presupuesto se desprende la factibilidad de dar por ratificado el Acta Acuerdo, suscripta entre el Intendente Municipal y la Sra. Angela Sarachini de Salazar por un Plan de Pago de la Deuda que mantiene la misma por un Crédito de Microemprendimiento. Que en Sesión de la fecha, se da por Ratificado el mencionado.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º).- Ratifícase en todas y cada una de sus partes el Acta Acuerdo, suscripta entre el Sr. Intendente Municipal y la Sra. Angela Sarachini de Salazar, a saber: “… En General Alvear, Mendoza, a los 27 días del mes de Diciembre de 2007 entre la Sra. Angela Isabel Sarachini y por la otra parte la Municipalidad de General Alvear, representada por el Sr. Intendente el Ing. Juan Carlos De Paolo, acuerdan: Artículo Primero: Recibir en parte de pago del

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Dirección de Rentas S/ Informe

O R D E N A N Z A 3548 VISTO: El Expte. 1120-“D”-08, por el cual la Dirección de Rentas S/ Informe, y; CONSIDERANDO: La Ordenanza Nº 3407 que modifica los Art. 3º y 11º de la Ordenanza Nº 3368. Que la Ordenanza Nº 3407, establecía un Régimen Especial de Regularización de Deudas y Facilidades de Pago para posibilitar la Escrituración de los Lotes Fiscales otorgados, en su oportunidad, por el Gobierno de la Provincia de Mendoza, en el denominado Barrio San Carlos del Radio Urbano de ésta Ciudad de General Alvear. Dado que el mencionado plan ha resultado beneficioso para facilitarle a los vecinos la cancelación de deudas, teniendo en cuenta la situación de precariedad de este sector de la Ciudad y el gran acogimiento que ha tenido dentro de la población del Barrio San Carlos, es que se considera prudente otorgar con carácter excepcional el plazo del corriente año para que la totalidad de los vecinos puedan acceder a realizar los pertinentes trámites para lograr la escrituración de sus casas.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A

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Registro único generadores y operadores residuos patológicos

O R D E N A N Z A 3546 VISTO: El Expte. HCD 6889/08, por el cual se “S/ Registro único generadores y operadores residuos patológicos”, y; CONSIDERANDO: La necesidad de contar con un registro único actualizado y total de los generadores y operadores de residuos patológicos. Que de acuerdo a la Ley Nacional Nº 24.051 se consideran residuos patológicos los siguientes: Residuos provenientes de cultivos de laboratorio. Restos de sangre y de sus derivados. Residuos orgánicos provenientes del quirófano. Restos de animales producto de la investigación médica. Algodones, gasas, vendas usadas, ampollas, jeringas, objetos cortantes o punzantes, materiales descartables, elementos impregnados con sangre y otras sustancias putrescibles que no se esterilizan. Que la Ley Provincial Nº 5.917, en su Artículo 1º adhiere a la Ley Nacional Nº 24.051 y establece normas generales para su generación y manipulación, transporte, tratamiento y disposición final de los residuos peligrosos, y en su Artículo 2º dice: por lo tanto en su ámbito de aplicación será el Ministerio de Ambiente, Urbanismo y Vivienda. Que la autoridad de aplicación organizará, mantendrá actualizado un registro provincial de generadores y operadores de residuos peligrosos, en el que deberán inscribirse las personas físicas o jurídicas responsables de

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