Ampliar Funciones Consultora Oficina Empleo

O R D E N A N Z A 3504 VISTO: El Expte. HCD 6683/08, por el cual se S/ Ampliar Funciones Consultora Oficina Empleo, y; CONSIDERANDO: La necesidad de ampliar a todos los vecinos del Departamento de General Alvear, las funciones de la Consultora de la Oficina de Empleo. Que la tarea de las Oficinas de Empleo es interrelacionar el conjunto de herramientas de políticas activas de empleo y las oportunidades de trabajo originadas en el sector privado de la economía con las personas desocupadas o aquellas que buscan mejorar su situación laboral. Que las Oficinas de Empleo Municipales son entonces organismos técnicos que relacionan la oferta y demanda de trabajo, brindando información y orientación para el empleo y la capacitación, y todo ello en forma gratuita, tendientes a aumentar la empleabilidad y el empleo. Que es prioridad del Municipio promover la inserción laboral de los trabajadores desocupados, fortalecer su empleabilidad a través de la educación general, la capacitación y la promoción de experiencias calificantes en actividades demandas en el mercado de trabajo local. Que la Consultora de la Oficina de Empleo brinda servicios de orientación e intermediación laboral, para lo cual en las sociedades actuales el servicio de

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Sres. Luis Olivas y Daniel Elías López S/ Donación Con Cargo

O R D E N A N Z A 3503 VISTO: El Expte. 1946-“O”-08, por el cual los Sres. Luis Olivas y Daniel Elías López S/ Donación Con Cargo, y; CONSIDERANDO: Que conforme surge de las actuaciones obrantes en el Expte. del rubro los Sres. Oliva, Luis y López, Daniel Elías, hacen Donación Con Cargo a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.), de una fracción de terreno destinada a la Prolongación de Calle Nº 1 de ésta Ciudad de General Alvear (Mza.), constante de una superficie de (494,51 mts2), cuatrocientos noventa y cuatro metros cincuenta y un decímetros cuadrados según plano de Fs. 06 con las medidas lineales, linderos y demás detalles que la individualizan figuran en el plano referido, cuya discriminación se consigna en la Escritura Traslativa de Dominio que llevará a cabo el Escribano interviniente. Que según informe se Sub-Dirección de Catastro Municipal a Fs. 09 la citada fracción se adecuan al desarrollo urbanístico del sector. Que resulta conveniente a los Intereses Municipales, aceptar la Donación Con Cargo efectuada. Que en el Expte. del rubro se registran los antecedentes de la donación mencionada.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de

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Dirección Rentas Mcpal. S/ Modificación Aforos

O R D E N A N Z A 3502 VISTO: El Expte. 1499-“D”-08, por el cual la Dirección Rentas Mcpal. S/ Modificación Aforos, y; CONSIDERANDO: Que la Ordenanza Nº 3233 que modifica al Art. 5º de la Ordenanza Nº 3080, el precio para cada ladrillo se fija $ 0,10 (Pesos diez centavos), para las personas o familiar, Asociados o Entidades Intermedias que lo soliciten a través de Desarrollo social. La Ordenanza Tarifaria en el Art. 20º Derecho de Ocupación o Utilización de Espacios de Dominio Público; Inc. 19 fija precio para Derecho o uso de cancha de Paddle en Polideportivo Municipal para personal Mcpal., horario nocturno. Que ante la suba de los costos de elaboración del material, se hace necesario modificar el importe del ladrillo a $ 0,20 (Pesos veinte centavos). Que la Ordenanza Tarifaria en el Art. 20º Derecho de Ocupación o Utilización de Espacios de Dominio Público, Inc. 19, determina: -4) Derecho a uso de cancha de Paddle en Polideportivo Municipal cada turno (de 1 hora) $ 6,00. Y deberá modificarse en horario diurno a $ 4,00 y nocturno a $ 6,00.- Por derecho a uso de cancha de fútbol 5 x 5 en cada turno (1

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Expte. 303-“D”-08, por el cual el D.E. Municipal S/ Decreto 2751-SH/07

O R D E N A N Z A 3501 VISTO: El Expte. 303-“D”-08, por el cual el D.E. Municipal S/ Decreto 2751-SH/07, y; CONSIDERANDO: Que del análisis efectuado por la Comisión de Hacienda y Presupuesto, se desprende la factibilidad de ratificar el Decreto Nº 2751-SH/07, remitido al éste Cuerpo por el D.E. Municipal, por el cual se modifica el Presupuesto de Gastos y el Cálculo de Recursos para el presente Ejercicio a efectos de afrontar gastos judiciales, cuya sentencia podría ser dictada durante el desarrollo del mismo. Que en Sesión de la fecha se da por ratificado el mencionado Decreto.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º).- Ratifícase en todas y cada una de sus partes el Decreto Nº 2751-SH/07, a saber: “… Visto: Que al elaborarse el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos para el presente ejercicio, se previo una partida de $ 130.000.- a los efectos de afrontar algunos gastos judiciales cuya sentencia podría ser dictada durante el desarrollo del mismo, y; Considerando: Que a Fs. 1 del Expte. Nº 722-A-2007, Asesoría Letrada informa

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Declarar Interés Cultural y Educativo “Congreso Pcial. de Cultura”

O R D E N A N Z A 3500 VISTO: El Expte. HCD 6663/08, por el cual se S/ Declarar Interés Cultural y Educativo “Congreso Pcial. de Cultura”, y; CONSIDERANDO: El Congreso Provincial de Cultura a llevarse a cabo en la Ciudad de Mendoza, en fecha 30 de Agosto de 2008. Que dicho Congreso se desarrollará como instancia integradora Departamental y Regional, en las cuales, miembros de la comunidad cultural de la Provincia de Mendoza, discutirán sobre políticas culturales a establecerse a nivel Municipal, Provincial y Nacional. Que el Congreso indicado, tendrá como objetivos generar un estado de amplia participación en análisis, debate y concertación de políticas culturales públicas, con participación de los Municipios y de diversos actores públicos y sociales que intervienen en el quehacer cultural de la Provincia de Mendoza. Que asimismo, se elaborarán diagnósticos y propuestas que contribuyan a la estructuración de políticas y planes nacionales de cultura, con miras a la participación de la Provincia de Mendoza en el Segundo Congreso Argentino de Cultura. Que la organización del Congreso, estará a cargo de un Comité, integrado por representantes de la Secretaría de Cultura, Consejo Provincial de Cultura, con la totalidad de los Directores de Cultura

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Inspección Gral. y Dir. Defensa Civil – Realizar Relevamiento Negocios Pub y otros

O R D E N A N Z A 3499 VISTO: El Expte. HCD 6640/08, por el cual se S/ Inspección Gral. y Dir. Defensa Civil – Realizar Relevamiento Negocios Pub y otros, y; CONSIDERANDO: La necesidad de inspeccionar los comercios de Pub, y/o Restobar, y otros en los que se concentren agrupaciones de público, en el ámbito del Departamento de General Alvear, Mendoza. Que resulta conveniente llevar adelante las acciones necesarias para que desde el D.E. Municipal, a través del Área de Inspección General y Defensa Civil, a fin de que los comercios y locales mencionados se adecuen las medidas de seguridad durante el funcionamiento de los mismos. Que la Ley 1079, Orgánica de Municipalidades, especifica claramente en su Art. 79º, Inc. 1 y 3 y en el Art. 80º – Inc. 3º, lo siguiente: Art. 79º – Corresponde al Concejo en lo relativo a “Seguridad”. 1 – Intervenir en la construcción de teatros, templos, escuelas y demás edificios destinados a reuniones públicas; que deberán ser siempre asismicas reglamentando el orden y distribución interior de los existentes, consultando la seguridad y comodidad del público, disponiendo que tengan los servicios necesarios de luz, agua corriente, sanitarios y para combatir el

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Derogación Ordenanzas 3463 y 3478

O R D E N A N Z A 3498 VISTO: El Expte. HCD-6665-08 por el cual se S/ Derogación Ordenanzas 3463 y 3478 y; CONSIDERANDO: Las Ordenanzas Municipales Nº 3463 y su modificatoria Nº 3478. Que las razones que impulsaron la reforma de la Ordenanza Nº 3463, a través de la modificación implementada en la Ordenanza Nº 3478, han perdido vigencia y es pertinente regularizar la situación de sueldos de los cargos fuera de nivel. Que en la Comuna se han abonado en tiempo y forma, las remuneraciones y aguinaldo hasta junio de 2008 inclusive. Que se ha saneado en gran parte los inconvenientes financieros del Municipio. Que es atribución del H.C.D. la fijación del importe de dietas y compensación funcional de Concejales y remuneración del Sr. Intendente Municipal y demás autoridades, funcionarios y personal que revisten en cargos políticos. Que es necesario, práctico y útil, contar con una normativa única que establezca las remuneraciones del Sr. Intendente Municipal, Concejales, Funcionarios y Empleados fuera de nivel. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º).- Fijase la remuneración mensual

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Adquisición Bienes y Maquinarias

O R D E N A N Z A 3497 VISTO: El Expte.3003-D-08 caratulado: D.E.: S/Adquisición Bienes y Maquinarias, y; CONSIDERANDO: Que mediante Ordenanza 3482 se autorizó al D.E. Municipal a la utilización y/o adquisición de bienes y maquinarias, a través de leasing o compra de los mismos, mediante la constitución de Derecho Real de Prenda con Registro, conforme a los términos de la Ley de Contabilidad Nº 3799. Que con posterioridad se sancionó la Ordenanza 3485 mediante la cual se modificó el Artículo 1º y se derogó el Artículo 3º de la Ordenanza 3482. Que el Proyecto de Ley que el Ejecutivo Provincial elevó a la Legislatura, contempla en su artículo 3º una tasa que no podrá superar el doce por ciento (12%), de interés anual; por lo que corresponde modificar nuevamente la Ordenanza 3482 sustituyendo el Artículo 2º de la misma, adecuándola a los términos del Proyecto de Ley Provincial. Que la aprobación de una nueva Ordenanza modificando nuevamente la sanción 3482, puede acarrear confusiones y consecuentemente complicar el procedimiento para la adquisición de los bienes y maquinarias mencionadas oportunamente. Que a los efectos legales la autorización de endeudamiento que el Honorable Concejo Deliberante otorga al D.E. Municipal

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Sra. Agostini, Angela S/ Donación Con Cargo

O R D E N A N Z A 3496 VISTO: El Expte. 691-“A”-08, por el cual la Sra. Agostini, Angela S/ Donación Con Cargo, y; CONSIDERANDO: Que conforme surge de las actuaciones obrantes en el Expte. del rubro, la Sra. Angela Agostini, hace Donación Con Cargo a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.), de una fracción de terreno destinada al ensanche de calle Prolongación Max Graff de ésta Ciudad de General Alvear (Mza.), constante de una superficie de (63,25 mts2), Sesenta y tres metros veinticinco decímetros cuadrados según plano de Fs. 9, con las medidas lineales, linderos y demás detalles que la individualizan figuran en el plano referido, cuya discriminación se consigna en la Escritura Traslativa de Dominio que llevará a cabo el Escribano interviniente. Que según informe de Sub-Dirección de Catastro Municipal a Fs. 18, las citadas fracciones se adecuan al desarrollo urbanístico del sector. Que resulta conveniente a los Intereses Municipales, aceptar la Donación Con Cargo efectuada. Que en el Expte. del rubro se registran los antecedentes de la donación mencionada.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente: O R D E N A

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Sr. Quevedo, Nestor Enrique S/ Consideración de Deuda

O R D E N A N Z A 3495 VISTO: El Expte. 4022-“Q”-07, por el cual el Sr. Quevedo, Nestor Enrique S/ Consideración de Deuda, y; CONSIDERANDO: Que el Sr. Nestor Enrique Quevedo, con domicilio en Calle Alem Sur Nº 115, titular del Padrón Municipal Nº 3808-1, solicita ver la posibilidad de ser considerada su deuda por Tasas y Servicios y Obras Reembolsables Municipales en los acuerdos pactados por ensanche de Calle Alem Sur. Que este Concejo a través de la Ordenanza Nº 2717, se procedió a realizar la eximición de la deuda por Tasas y Servicios y Obras Reembolsables a los vecinos frentistas del costado Oeste de la Calle Alem Sur afectados por el ensanche y asfaltado de la mencionada arteria. Que cuando se lleva a cabo el dictado de la referida norma el recurrente, por problemas laborales, no se encuentra dentro del Departamento por lo que el mismo, cuando el resto de los vecinos hacen la prestación, queda excluido de la eximición concedida. Que lo solicitado por el contribuyente esta a derecho por lo que se debe producir el dictado de la norma legal, correspondiente a los fines de proceder a realizar un acto de igualdad del

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