Sr. Takczek, Próspero y Otros S/ Donación de Calles

O R D E N A N Z A 3494 VISTO: El Expte. 5033-“T”-06, por el cual el Sr. Takczek, Próspero y Otros S/ Donación de Calles, y; CONSIDERANDO: Que conforme surge de las actuaciones obrantes en el Expte. del rubro, los Sres. Próspero Takczek y Otros, vienen por el presente a hacer Donación Sin Cargo a favor de la Municipalidad de General Alvear, (Mza.), de las fracciones de terreno destinadas a ensanche de calle Antonio Di Paolo y prolongación calle Enrique Bardaro, todo conforme a Plano de Mensura a Fs. 17 de Expte. del rubro, las que constan de una superficie global de (840,86 mts2), Ochocientos Cuarenta Metros Ochenta y Seis Decímetros Cuadrados. Que según el informe de la Sub-Dirección de Catastro Municipal obrante a Fs. 18, las mismas se adecuan al desarrollo urbanístico de la Zona. Que resulta conveniente a los Intereses Municipales aceptar la Donación Sin Cargo efectuada. Que en el Expte. del rubro se registran los antecedentes de la Donación mencionada.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º).- Acéptase la Donación Sin Cargo de

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Implementar Programa “Promotores de Educación”

O R D E N A N Z A 3493 VISTO: El Expte. HCD 6312/07, por el cual se S/ Implementar Programa “Promotores de Educación”, y; CONSIDERANDO: La necesidad de que jóvenes y adultos recuperen el interés por insertarse en el Sistema Educativo en los Centros de Educación de Jóvenes y Adultos y puedan culminar su educación y formación básica. Que de acuerdo a publicación en medio de prensa escrita, se conoció: “… prácticamente todos los menores del Gran Mendoza que están presos por delinquir eran analfabetos, o casi, al momento de que fueran detenidos. En ese sentido el 94 % de los jóvenes de entre 16 y 18 años que ahora están internados en el ex COSE por delitos graves, no tenían terminada la escuela primaria cuando cayeron en manos de la policía …”. Que la educación es sinónimo de igual de posibilidades y crecimiento de nuestra sociedad culturalmente. Que ante esta realidad social y como una acción concreta y efectiva para afrontarla, se han llevado a cabo experiencias por Directivos de CEBA y CEBJA del Departamento, con animadores comunitarios facilitados por el Municipio desde la Dirección de Desarrollo Social y Salud, quiénes cumplían la tarea de promoción y

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Realizar 1ª Jornadas Capacitación Participación Ciudadana

O R D E N A N Z A 3492 VISTO: El Expte. HCD 6648/08, por el cual se S/ Realizar 1ª Jornadas Capacitación Participación Ciudadana, y; CONSIDERANDO: La necesidad de recordar y exaltar el esfuerzo del Pueblo y Gobierno de General Alvear, en su lucha por un ambiente saludable, institucionalizado en le Ley Provincial 7722. Que cada 20 de Junio, nuestro Departamento no solo festeja la Conmemoración del Día de la Bandera, sino también el día en que la lucha por el agua y la vida del pueblo de General Alvear, se concreta en Ley, en contra de la minería contaminante. Que la realidad mundial, nos muestra las lamentables ruinas y los agotados paisajes que son testigos mudos de la civilización y de cómo el hombre no ha venido haciendo otra cosa que podar su propio bienestar. Que por primera vez en nuestra Provincia el Departamento de General Alvear, fue la primera en expresar con unión y esfuerzo de todo un pueblo, el valor a la vida ante la interacción inevitable entre crecimiento económico y sus consecuencias sociales y ambientales. Que es menester resaltar las acciones de visionarios que nos advertían sobre el perjuicio de la mano del hombre

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Planes Consolidación y Ejercicios Vencidos por Tasas y Derechos

O R D E N A N Z A 3491 VISTO: El Expte. 2118-“D”-08, por el cual el D.E. Municipal S/ Afectación Específica Fondos Ingresados en Concepto “Planes Consolidación y Ejercicios Vencidos por Tasas y Derechos”, y; CONSIDERANDO: El Convenio de Reestructuración de Deuda en Dólares, celebrado entre el Gobierno de la Provincia de Mendoza y la Municipalidad de General Alvear. Que mediante Ordenanza Nº 3301/06, el H.C.D. Autorizó al D.E. Municipal a suscribir con el Superior Gobierno de la Provincia de Mendoza, un “Contrato de Préstamo”, destinado al pago de la totalidad de la Deuda vencida y a vencer que el Municipio mantiene con los Organismos Multilaterales de Crédito (BID-BIRF) y la Administración Central del Gobierno de la Provincia. Posteriormente por Ordenanza Nº 3454/07, se Ratificó el Convenio celebrado oportunamente con el Gobierno Provincial para la reestructuración de esa deuda. Que es intención del D.E. Municipal, cumplir con el compromiso asumido y para ello considera necesario disponer el destino específico de lo recaudado en concepto de “Planes de Consolidación y Ejercicios Vencidos por Tasas y Derechos”. Que por tal motivo, resulta necesario Autorizar al D.E. Municipal a afectar, durante el plazo que se determine para la cancelación total de

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Convenio Reparación Daños

O R D E N A N Z A 3490 VISTO: El Expte. 1864-“D”-08, por el cual el D.E. Municipal S/ Convenio Reparación Daños, y; CONSIDERANDO: Que del análisis efectuado por las Comisiones de Legislación y Derechos y Garantías y de Hacienda y Presupuesto de éste Cuerpo, se desprende la factibilidad de Ratificar al Convenio suscripto entre la Municipalidad de General Alvear y el Sr. Antonio Díaz, por reparación de daños de la Camioneta Ford Ranger como consecuencia de un accidente acaecido en fecha 27 de octubre de 2007, en circunstancias del regreso del Director de Agricultura Ing. Alejandro Gutiérrez. Que en Sesión de la fecha se da por aprobado el mencionado despacho.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º).- Ratifícase en todas y cada una de sus partes, el Convenio suscripto entre la Municipalidad de General Alvear y el Sr. Antonio Díaz, por reparación de daños de la Camioneta Ford Ranger, a saber: “… Entre los que suscriben, por una parte el Ing. Juan Carlos De Paolo – L.E. Nº 8.026.693, en su carácter de Intendente Municipal

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Declarar Interés Departamental “Día de la Educación Técnica”

O R D E N A N Z A 3489 VISTO: El Expte. HCD 6600/08, por el cual la Escuela Técnica S/ Declarar Interés Departamental “Día de la Educación Técnica”, y; CONSIDERANDO: Que directivos de la Escuela Técnica Nº 4-113 de nuestra Ciudad, solicitan a este Concejo Deliberante Declare de Interés Departamental los actos del “Día de la Educación Técnica” que se realizarán el próximo 15 de noviembre del corriente año en las instalaciones de dicha institución educativa. Que estas actividades se llevan a cabo desde hace varios años, correspondiéndole este año realizarla a la referida Escuela Técnica y a ellos asistirán Escuelas de distintos puntos de la Región Sur de la Provincia como ser: la Escuela Técnica “Ejercito de Los Andes” de San Rafael, la Escuela Técnica de Monte Comán y la Escuela Técnica “Enore De Monte” de Bowen; con una concurrencia aproximadamente 120 personas entre alumnos y profesores. Que en la actualidad se ha potenciado en nuestro País el rol educativo de las Escuelas Técnicas, productoras de técnicos especializados en varios ramos industriales que aportan al desarrollo técnico-científico de Argentina, como también ha llevado al reconocimiento mundial por la calidad educativa de los mismos, siendo requeridos por distintos

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Envía Copia Decreto Nº 85-G/07

O R D E N A N Z A 3488 VISTO: El Expte. HCD-6245/07, por el cual el D.E. Municipal S/ Envía Copia Decreto Nº 85-G/07, y; CONSIDERANDO: La Ordenanza Nº 3302, por la cual se establece un adicional destinado a los chóferes de vehículos destinados a transporte de pasajeros. Que en su Art. 1º dispone la Creación de un Adicional para chóferes de estos vehículos destinados a compensar el mayor tiempo que se requiere, especialmente en los viajes largos. Que también en el citado artículo se determinan los chóferes que conducirán cada uno de tales vehículos. Que este hecho ocasiona inconvenientes funcionales puesto que el D.E. se halla impedido de efectuar ajustes que puedan considerarse necesarios y/o convenientes, para la mejor prestación del servicio. Que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 1079, en su Capítulo V, Art. 105º, Inc. 8º establece como atribución del Intendente ejercer la superintendencia y dirección inmediata de los empleados de su dependencia y lo dispuesto limita esta atribución. Que por lo dicho, resulta necesario modificar el Art. 1º de la citada Ordenanza.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de General Alvear, Mza., en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente: O R D E

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Ampliar Presupuesto Fundación Habitar

O R D E N A N Z A 3487 VISTO: El Expte. HCD-6569/08 por el cual se S/Ampliar Presupuesto Fundación Habitar, y; CONSIDERANDO: Lo establecido por Ordenanza Nº 3474. Que mediante la mencionada Ordenanza se incrementó la contribución anual establecida para la Fundación HABITAR. Que en la misma se omitió autorizar al D.E. Municipal a efectuar las modificaciones presupuestarias y contables necesarias, para hacer posible el aumento de la mencionada contribución. Que por lo expuesto precedentemente resulta necesario autorizar al D.E. Municipal a ampliar las partidas del Cálculo de Recursos en Vigencia, a los efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 1º de la mencionada Ordenanza. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de General Alvear, Mza., en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º).- Modificase la Ordenanza Nº 3474, incorporando a la misma un Artículo, el que quedará redactado de la siguiente manera: “… Facultase al D.E. Municipal, a realizar las modificaciones presupuestarias y contables necesarias ampliando el Cálculo de Recursos en Vigencia, para dar cumplimiento a lo estipulado en el Art. 1º de la Ordenanza Nº 3474”.- ARTICULO 2º).- Comuníquese, Publíquese y Dése al

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Modificación Artículo 22

O R D E N A N Z A 3486 VISTO: El Expte. 2109-D-08 por el cual el D.E. Municipal S/ Modificación Artículo 22, y; CONSIDERANDO: Que el D.E. Municipal eleva proyecto de modificación de la Planta de Personal. Que el Municipio de General Alvear, convino con la Secretaría de Empleo dependiente del Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social, la incorporación de Trabajadores beneficiarios del Seguro de Capacitación y Empleo, en el Marco del Programa de Inserción Laboral conforme a lo establecido en la Resolución M.T.E. y S.S. Nº 45/06, Resolución S.E. Nº 680/06 y a disposición D.N.P.E Nº 174/07. Que es prioridad del Municipio promover la inserción laboral de los trabajadores desocupados, especialmente de aquellos participantes del seguro de capacitación y empleo y de los beneficiarios del Programa Jefes de Hogar en empleos decentes. Que este personal ha desempeñado en forma eficiente la realización de las tareas de limpieza de acequias y calles, recolección domiciliarios tipos A y B, y otros servicios públicos, contribuyendo para que la normal prestación de los servicios públicos esenciales no se resienta. Que es decisión del D.E. Municipal incorporar a todos aquellos trabajadores que hayan cumplido con los objetivos del Plan de Inserción

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Modificación Ordenanza Nº 3482

O R D E N A N Z A 3485 VISTO: El Expte. HCD-6623/08 por el cual se S/ Modificación Ordenanza Nº 3482, y; CONSIDERANDO: Lo dispuesto en la Ordenanza Municipal Nº 3482. Que la citada Ordenanza autoriza al D.E. Municipal a la utilización y/o adquisición de bienes y maquinarias a través del Leasing o compra, con garantía real de prenda con registro, en base a los términos de la Ley Provincial de Contabilidad Nº 3799. Que teniendo en cuenta las modalidades de la vinculación, se requiere que en la Ordenanza o pieza legal respectiva, se consigne expresamente la autorización a contraer empréstito. Que el Artículo 3º) de la norma indicada, disponiendo un quórum agravado, resulta un obstáculo significativo para la rápida ejecución de la operatoria a llevarse a cabo. Que la herramienta útil que surge de la Ordenanza Nº 3482, se vería desvirtuada en cuanto a su aplicación, teniendo en cuenta los condicionamientos que derivan del Art. 3º). Que los intereses comunales se ven resguardados conforme lo dispone el Art. 2º) y reiterar un condicionamiento con el quórum previsto en el Art.3º) sería una nueva traba u obstáculo a los fines perseguidos. Que en ese marco se impone la

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