Sra. Raquel M. Abuaf S/ Condonación de Deuda

O R D E N A N Z A 3355 VISTO: El Expte. HCD 6122/06, por el cual la Sra. Raquel M. Abuaf S/ Condonación de Deuda; y, CONSIDERANDO: Que la Sra. Raquel Marta Abuaf de Taboada, en representación de su esposo, titular del Padrón Municipal Nº 3477-1, solicita la condonación de la deuda y la eximición del pago por Tasas y Servicios Municipales. Que la misma fundamenta su petición en el estado de salud tanto de su esposo (discapacidad permanente), como la de la recurrente quién en la actualidad se encuentra bajo tratamiento de quimioterapia, como así también la precariedad económica dado que a su hogar sólo ingresa el importe de una pensión por invalidez. Que en las normas tributarias en vigencia, se encuentra contemplada esta situación, eximiendo el pago de Tasas y Servicios Municipales, y que en el Expte. en cuestión, se encuentra adjuntada la documentación correspondiente para acceder a los beneficios otorgados por dicha norma. Que también es facultad de este Concejo eximir el pago de la deuda por Tasas y Servicios Municipales, de los contribuyentes que se encuentran en situación de precariedad económica y de salud, como los que documentan los presentantes.- POR ELLO: El Honorable

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Política Ambiental Departamental

O R D E N A N Z A 3353 VISTO: El Expte. HCD 6051/06, por el cual se S/ Política Ambiental Departamental; y, CONSIDERANDO: Lo dispuesto en la Ordenanza Nº 3316 – Política Ambiental. La importancia y preponderancia que día a día adquiere la problemática relacionada con el Ambiente. Que como se expresa en la Ordenanza 3316, resulta imprescindible para el Municipio y por ende para toda la comunidad, llevar adelante las acciones integrales que se vinculan con el Ambiente y el Desarrollo. Que a fin de llevar adelante los principios para la preservación, conservación, defensa y mejoramiento del Ambiente de Gral. Alvear, se estima pertinente, útil y necesario crear los instrumentos legales idóneos para avanzar con la implementación de una Política de Estado acorde a las circunstancias actuales, con el desarrollo sustentable y defensa del ambiente. Que el Art. 5º de la Ordenanza 3316, creó cargos en la planta permanente, no así de carácter político o fuera de nivel que conduzcan la política ambiental. Que en ese marco, se considera oportuno la creación de un cargo, de carácter político, fuera de nivel, como responsable de la Gestión Ambiental en el Departamento, dentro del ámbito del D.E. Municipal, dependiendo

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Creación Distrito Alvear Oeste

O R D E N A N Z A 3338 VISTO: El Expte. 6853-“D”-05, por el cual el D.E. Municipal S/ Creación Distrito Alvear Oeste, y; CONSIDERANDO: Que es necesario crear el Distrito de Alvear Oeste. Que en los inicios del Departamento de General Alvear, la Colonia Alvear Oeste era el centro de atracción y pujanza, debido al exitoso desarrollo que tenía en aquellos años en el ferrocarril, alrededor del cual se movilizaba toda la economía Departamental. Que Alvear Oeste, ha iniciado un importante proceso de crecimiento en los últimos años, recuperando la pujanza a través de nuevos emprendimientos y servicios. Que la Ley Orgánica de Municipalidades nos señala en su Art. 3º “…La Legislatura de la Provincia, podrá aumentar al número actual de Municipios, subdividiendo los Departamentos cuando así lo requieran las necesidades de la población, con la mayoría absoluta de los Miembros que componen cada Cámara, pero en ningún momento podrán disminuir el número de Departamentos existentes…”. Que la Constitución Nacional confiere a los Municipios, desde el punto de vista Jurídico, la potestad de realizar la División Política de su territorio en su Art. 41º: “…Todos los habitantes gozan del Derecho de un ambiente sano, equilibrado, apto para

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Dirección de Rentas S/Modificación Ordenanza 2649 y su modificatoria Ordenanza 3118

ORDENANZA 3326 VISTO: El Expte. 4160-D-06 caratulado Dirección de Rentas S/Modificación Ordenanza 2649 y su modificatoria Ordenanza 3118, y; CONSIDERANDO: Que surge la necesidad de adaptar las Ordenanzas citadas precedentemente para lograr una mejor interpretación y aplicación de las reglamentaciones vigentes en cuanto al expendio y/consumo de bebidas alcohólicas. Que las normativas en vigencia, establecen las sanciones a aplicar a aquellos comercios que no den cumplimiento a las mismas. Que las sanciones estipuladas en el Art. 9º de la Ordenanza 2649, no determinan que los comercios que hayan sido pasibles de multas seguidas del cierre del mismo, para su habilitación deberá hacer efectivo el pago de la multa aplicada. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR (MZA) EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE : ORDENANZA ARTICULO 1º: Establécese para aquellos comercios que hayan sido pasible de la clausura por aplicación del Art. 9º de la Ordenanza 2649, previo a obtener la habilitación deberá efectuar el pago correspondiente de la multa aplicada. ARTICULO 2º: Dirección de Rentas Municipal tomará debida nota de lo dispuesto en el Art. 1º. ARTICULO 3º: Comuníquese, Publíquese y Dése al DM.

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Creación Consejo Municipal del Ambiente

O R D E N A N Z A 3206 VISTO: El Expte HCD 5814/05, por cual se S/ Creación Consejo Municipal del Ambiente, y; CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 5.961 General del Medio Ambiente de la Provincia de Mendoza, Crea el Consejo Provincial del Ambiente y que la participación ciudadana es un derecho y un deber consagrado en el Art. 20º de la Ley de Política Ambiental Nacional Nº 25.675. Que la relación de inmediatéz entre la comunidad y las Autoridades Municipales, sugiere que éstas se encuentran en mejores condiciones para gestionar la resolución de los problemas ambientales locales. Que la autonomía municipal, tiene una razón de ser que no debe desvirtuarse: la inmediatez de la comunidad. Que esta relación permite que las condiciones sean más razonadas, que sean el producto de un mayor consenso, que se conozcan mejor los problemas que aquejan a una comunidad y que se alcance de manera mancomunada las posibles soluciones. Que, desde una perspectiva ambiental, son los miembros de la comunidad vecinal quiénes reconocen y padecen estos problemas. Que, para articular soluciones eficaces, el Estado Municipal debe organizarse para identificar los problemas de la comunidad y elaborar mancomunadamente las alternativas de solución. Que,

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Estatuto Escalafón para el personal de la Municipalidad de General Alvear

O R D E N A N Z A 1839 VISTO: Que el Honorable Concejo Deliberante mediante Ordenanza Nº 1764/93, aprobó el Estatuto Escalafón para el personal de la Municipalidad de General Alvear (Mendoza).- CONSIDERANDO: Que resulta necesario instrumentar a través de una Ordenanza la nueva situación de revista de todo el Personal de la Planta Permanente de la Municipalidad luego del reescalafonamiento del mismo y de la asignación de categorías efectuada en base a las funciones que cada uno cumple en la actualidad, conforme lo dispone la Ordenanza Nro. 1764 (Ley 5892).- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de General Alvear (Mza.) en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º).- Establécese que el Personal Permanente de esta Municipalidad revistará a partir del día primero de Octubre de 1993, en los cargos y categorías que se detallan en planillas anexas a la presente Ordenanza de fojas tres a fojas catorce y en el acta compromiso de fecha veinticinco de Octubre de 1993 obrantes a fojas diecisiete y dieciocho del Expte. Nº 1772-A-93 caratulado: A D M ( Departamento Ejecutivo ) s/Eleva Proyecto de Ordenanza de reencasillamiento

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Ratificación Nuevo Convenio de Reestructuración Deuda en Dólares

O R D E N A N Z A 3543 VISTO: El Expte. Nº 4955-D-08, caratulado D.E. S/ Proyecto de Ordenanza-Ratificación Nuevo Convenio de Reestructuración Deuda en Dólares, y; CONSIDERANDO: Que mediante Ordenanza Nº 3301/06 el Honorable Concejo Deliberante autorizó al D.E. Municipal a convenir con el Superior Gobierno de la Provincia de Mendoza, un “Contrato de Préstamo”, hasta la suma de U$S 1.500.000.- (Dólares Estadounidenses: Un Millón Quinientos Mil), con un plazo de amortización de dieciséis (16) años, con dos (2) años de gracia y a una tasa de interés del 2% anual, cuyo monto será destinado al pago de la totalidad de la Deuda que el Municipio mantiene con los Organismos Multilaterales de Crédito (BID-BIRF) y la Administración Central del Gobierno de la Provincia vencida y a vencer. Que a través de Ordenanza Nº 3454/07 el Honorable Concejo Deliberante Ratificó el Convenio de Reestructuración de Deudas en Dólares, celebrado entre el Gobierno de la Provincia de Mendoza, representada en ese acto por el señor Ministro de Hacienda, Lic. Alejandro GALLEGO, el Señor Ministro de Gobierno, Ing. Agrim. Sergio MARINELLI y la Municipalidad de General Alvear, representada por el Señor Intendente Municipal, Ing. Juan Carlos DE PAOLO. Que el

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Creación Asesoría de Producción Orgánica

O R D E N A N Z A 3545 VISTO: El Expte. HCD 6823/08, por el cual se S/ Creación Asesoría de Producción Orgánica, y; CONSIDERANDO: La necesidad de promover un desarrollo agropecuario sustentable y que la agricultura orgánica representa un desafío y, a la vez, una oportunidad para transitar este camino, impulsando el desarrollo social, económico y de conservación de la naturaleza. Que es de gran importancia para el Desarrollo Económico y Productivo Departamental, generar políticas, proyectos y acciones coordinadas para capitalizar las oportunidades de comercialización de productos orgánicos, planteadas por los mercados regionales, nacionales e internacionales. Que la planificación e instrumentación de estas acciones, deberá responder a procesos plurales y participativos que aseguren representatividad y la viabilidad de las acciones que se propongan. Que para lograr una mayor inserción de nuestros productos, en los mercados nacionales e internacionales, es importante desarrollar estrategias de investigación, capacitación y comunicación, con el objeto de promover el desarrollo de la agricultura orgánica. Que se deben identificar y desarrollar tecnologías de producción sustentables como así también, procesos productivos amigables con el medio ambiente, que se adapten al sistema productivo local. Que a través de la aplicación de técnicas de producción orgánica adecuadas,

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Creación “Comedia Municipal General Alvear”

O R D E N A N Z A 3544 VISTO: El Expte. HCD 6813/08, por el cual se S/ Creación “Comedia Municipal General Alvear”, y; CONSIDERANDO: La necesidad de crear genuinas fuentes de trabajo en el Ámbito Municipal para los actores, directores, escenógrafos y asistentes en general. Que la sociedad en general requiere cada vez más espacios donde ésta se refleje, teniendo en cuenta que el teatro es un actividad social, artística y cultural que en sus manifestaciones e influencias contribuye a la creatividad, al desarrollo de la sensibilidad y suele ser un testigo irrefutable y ameno de las costumbres y hasta la historia de los pueblos. Que la cultura en general y las expresiones artísticas en particular, suelen ocupar un lugar secundario en nuestra sociedad contaminada por la inmediatez estéril por lo que es imprescindible rescatar y jerarquizar definitivamente estas expresiones que son en definitiva nuestra carta de presentación que dice cómo y quiénes somos. Que el teatro en particular es una de las actividades artísticas más antiguas, hundiéndose su origen en las raíces mismas de la evolución humana, conjugando en su desarrollo otras expresiones fundamentales como la literatura, la danza, la música, la expresión oral y todas

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Reglamentación Residuos Patológicos

O R D E N A N Z A 3529 VISTO: El Expte. HCD 6318/07, por el cual se S/ Reglamentación Residuos Patológicos, y; CONSIDERANDO: La necesidades de regular la disposición de los residuos patológicos. Que es imprescindible salvaguardar las normas de salubridad de la población. Que no existe una reglamentación clara al respecto. Que corresponde a este Honorable Cuerpo, lo que concierne a “Higiene Pública”.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º).- Todos los Establecimientos Públicos y/o Privados (Hospitales, Centros de Salud, Sanatorios, Clínicas, etc.), como los Laboratorios, Instituciones de Investigación, Dispensarios, Consultorios, Farmacias, Veterinarias, etc. Radicados en el Ejido Comunal de la Ciudad de Gral. Alvear, que manipulan y/o generan basuras especiales clasificadas como Residuos Patológicos quedan sujetos, en cuanto al manejo y disposición final de los mismos, a lo establecido en la presente Ordenanza.- ARTICULO 2º).- A los efectos de la presente Ordenanza, los términos que se emplean tienen el siguiente significado: Residuos Sólidos Sanitarios: conjunto de materia orgánica e inorgánica residual, resultante de todas las funciones que cumplen en un establecimiento sanitario. Residuos Patológicos:

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