Regulación y Actualización Ruidos Molestos

O R D E N A N Z A   4651 VISTO: El Expte. HCD 12207/20, por el cual se Solicita Regulación y Actualización Ruidos Molestos, y; CONSIDERANDO: La necesidad establecer una norma que reglamente la emisión de ruidos que puedan resultar molestos y/o perjudiciales para la salud. Que es un reclamo de los vecinos ante algunos ruidos molestos, por lo que es imprescindible establecer límites que protejan a los mismos de los sonidos innecesarios y/o excesivos. Que el crecimiento de nuestra localidad conlleva la posibilidad de aumentar proporcionalmente la emanación de ruidos, por lo que el Municipio debe regular y reglamentar dicha problemática. Que es responsabilidad del Estado velar por la salud y calidad de vida de los ciudadanos. Que es necesario adecuar la Ordenanza a las nuevas normas vigentes. Que las Instituciones que realizan actividades que producen emanaciones de ruidos molestos deberán ajustarse a lo establecido en las modificaciones que surgen en la Ordenanza.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A CAPITULO I Disposiciones Generales ARTICULO 1°).- Queda prohibido dentro de los límites del ejido Municipal causar, producir o

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Hacer Cumplir Ordenanza 4286 Estacionamiento Farmacia

O R D E N A N Z A   4657 VISTO: El Expte. HCD 12276/20, por el cual se Solicita Hacer Cumplir Ordenanza 4286 – Estacionamiento Farmacias, y; CONSIDERANDO: La Ordenanza Municipal N° 4286, que regula el estacionamiento en farmacias. Que la norma establece la reserva de un sector de la vía pública de 12 (doce) metros, equivalentes al estacionamiento de dos (2) vehículos como máximo, frente a farmacias. Que es necesario actualizar la norma para su plena aplicación y de esta forma brindar una mejora en un servicio esencial como lo es la adquisición de medicamentos por parte de los consumidores que arriben a una farmacia y no tengan una posibilidad de agilizar su transacción, en muchos casos de urgencia. Que de acuerdo a lo requerido por las autoridades municipales competentes para la aplicación de esta norma, son necesarias actualizaciones como el reducir a 6 (seis) metros el sector que se reserva frente al comercio del rubro farmacia, equivalente a 1 (uno) vehículo. Que además consideran establecer rangos o intervalos de duración del estacionamiento como también el establecer dispositivos de controles factibles y efectivos. Que todo ello conlleva a mantener y otorgar una política pública en cuanto a salud

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Implementación Manual Procedimiento Contingencias Climáticas

O R D E N A N Z A   4654 VISTO: El Expte. HCD 12251/20, por el cual se Solicita Implementación Manual Procedimiento Municipal Contingencias Climáticas, y; CONSIDERANDO: Las contingencias climáticas que afectan año tras año al departamento y zonas aledañas, como son; heladas, granizo, lluvias, vientos, incendios. Que año tras año el Estado Municipal se ve afectado por diferentes situaciones de contingencias climáticas, con las obligaciones en su función, dentro de sus capacidades económicas como recursos humanos, y el generar acciones de manera rápida para los productores agropecuarios del departamento. Que es necesario la creación de un manual básico de procedimientos ante las contingencias, que permita ordenar los pasos a seguir para poder alcanzar el objetivo. Que con esta herramienta se establecen medidas a tomar, las tareas a realizar, los recursos que se necesitan, de una manera planificada y organizada, y de esta forma estar mejor preparados para enfrentar situaciones de emergencia a través de un conjunto de procedimientos alternativos a la operatividad normal. Que contar con un protocolo, el cuál indique una serie de pasos a seguir, con sus responsables, y que se activan según las características del evento, que pueden quedar reflejados en un manual de procedimientos.

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Implementación Protocolo Licencias Violencia Genero

O R D E N A N Z A   4648 VISTO: El Expte. HCD 12073/20, por el cual se Solicita Implementación Protocolo Licencias Casos Violencia Género, y; CONSIDERANDO: El notable incremento en la visualización de casos de violencia de género en nuestro país, donde los datos publicados sobre femicidios son cada vez más alarmantes. Que la urgencia de asumir desde el Estado, en todos sus niveles, acciones públicas proactivas destinadas a visibilizar la violencia por razones de género, en procura de su identificación, prevención y erradicación. Que la necesidad de agilizar la detección temprana de situaciones de violencia y el tratamiento de los casos de violencia contra las mujeres tanto en el ámbito laboral como en el doméstico. Que el Estado debe hacer todas las acciones útiles destinadas a garantizar un ambiente de trabajo libre de discriminación y violencia donde se promueva el respeto de todas las orientaciones sexuales e identidades de género conforme las Leyes N° 26.485, N° 26.743, N° 27.499, sus Decretos reglamentarios, tratados internacionales, entre otros la Convención sobre la Eliminación de toda forma de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), y la Convención Interamericana de Belém do Pará, además de las leyes provinciales N°5811 (Art. 50 inc.

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Lardet Juan Pablo Donación Sin Cargo

O R D E N A N Z A   4656 VISTO: El Expte. 2703-“L”-20, por el cual el Sr. Lardet Juan Pablo Hace Donación de Terreno Sin Cargo, y; CONSIDERANDO: Que conforme surge de las actuaciones obrantes en el Expte. del rubro, la fracción de terreno ofrecida por Lardet, Juan Pablo – DNI N° 27.174.306, en conformidad de las usufructuantes Elsa Esther Lafi – DNI N° 10.726.200 y Juan Claudio Lardet – DNI N° 08.115.884, en el Distrito de Alvear Oeste, el mismo hace Donación Sin Cargo, a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.), de una fracción de terreno destinada a calles, pasajes, espacios de equipamiento y ochavas, totalizando una superficie global según plano de anteproyecto adjunto a fs. 14 de: Según Título: Una Hectárea Cuatro Mil Ochocientos Setenta y Dos Metros Cuadrados (1 Ha. 4.872 mts2) y Según Mensura: Una Hectárea Cinco Mil Trescientos Diez Metros Cuadrados (1 Ha. 5.310 mts2), con las medidas lineales, linderos y demás detalles que las individualizan y figuran en el plano referido, cuya discriminación se consignara en la Escritura Traslativa de Dominio que llevará a cabo el Escribano interviniente.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso

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Modificación Ord. 4411 Libreta Sanitaria

O R D E N A N Z A   4653 VISTO: El Expte. HCD 12209/20, por el cual se Solicita Modificación Ordenanza 4411 (Libreta Sanitaria), y; CONSIDERANDO: La necesidad de adecuar las normas vigentes al estado actual de situación y en resguardo de la salud de la población frente al COVID 19. Que se debe modificar la Ordenanza 4411 para que la misma se adapte a las condiciones socio-sanitarias actuales. Que nos encontramos ante una potencial crisis sanitaria y social sin precedentes, y para ello es necesario tomar medidas oportunas, transparentes, consensuadas y basadas en las evidencias disponibles, a fin de mitigar su propagación y su impacto en el sistema sanitario. Que toda vez que no se cuenta con un tratamiento antiviral efectivo, ni con vacunas que prevengan el virus, las medidas de mitigación de riesgos revisten un rol de vital importancia para hacer frente de coronavirus. Que en ese sentido se ha dicho que, “… el campo de acción de la policía de salubridad es muy amplio, siendo su atinencia a todo lo que pueda llegar a afectar la vida y la salud de las personas, en especial la lucha contra las enfermedades de todo tipo, a cuyo efecto

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ORDENANZA REGLAMENTARIA TRIBUTARIA 2021

O R D E N A N Z A   4658 VISTO: El Expte. 2020-05649193 letra SECHAC 2020, por el cual se Solicita Modificación Código Tributario, y; CONSIDERANDO: Que la Ordenanza tributaria vigente durante el año 2020 y Que la precitada normativa es susceptible de modificaciones para el ejercicio 2021,  y por ende Direccion General de Rentas de la Municipalidad de General Alvear sugiere modificaciones en pos de lograr una mayor eficacia en el sistema tributario actual, con el consiguiente beneficio para el erario público. Que conforme a ello, resulta una necesidad recaudatoria y administrativa realizar modificaciones que mediante este proyecto se pretenden. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°).- Apruébese el Código Tributario y Ordenanza Reglamentaria  Libro l y ll  de Fs. 1 a la 97, y  Libro lll, Ordenanza Tarifaria Anual para el Ejercicio 2021 de Fs. 1 a 74 enviado por el D.E. Municipal bajo Expte digital N° 2020-05649193 letra SECHAC, año 2020;  con la incorporación del dictamen de comisión de fs.75 del presente Expte.- ARTICULO  2 ).– Modificar libro lll N° 19 Balneario Municipal, punto

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Modificación Ord. 4652 RAMCC

O R D E N A N Z A   4663 VISTO: El Expte. HCD 12394/21, por el cual se Solicita Modificar Ordenanza N° 4652 RAMCC, y; CONSIDERANDO: La necesidad de Modificar Ordenanza Nº 4652 Participación Municipio  en Fideicomiso RAMCC. Que la ordenanza 4652, sancionada en noviembre del año dos mil veinte, aprueba la participación del municipio en Fideicomiso de la RAMCC ( Red Argentina de Municipios frente al cambio climático) ya que el mismo se encuentra en línea con los objetivos y valores que el Municipio pretende promover en interés del bienestar de su ciudadanía y para su sustentabilidad. Que uno de los objetivos principales de la RAMCC es ejecutar proyectos o programas municipales, regionales o nacionales, relacionados con la mitigación y/o adaptación al cambio climático, a partir de la movilización de recursos locales, nacionales e internacionales. Que en Ordenanza N° 4652, Artículo Nº 2, establece un aporte inicial o de adhesión como así también un aporte mensual anual en base a lo estipulado en la Asamblea de Fiduciantes de la RAMCC, vigente durante el año 2020. Que en fecha dieciocho de febrero de dos mil veintiuno se realizó la nueva Asamblea de Fiduciantes de RAMCC, donde se establecieron nuevos

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Creación Museo del Deporte

O R D E N A N Z A   4665 VISTO: El Expte. 3220-“D”-20, por el cual la Dirección de Deportes Solicita Pto. Ordenanza, y; CONSIDERANDO: Que es una necesidad de nuestra comunidad reconocer, recopilar y reconstruir la historia e identidad del Deporte y la Educación Física en General Alvear, Provincia de Mendoza. Que este abordaje será el primero en documentar y perpetuar desde sus comienzos el deporte en nuestro Departamento, garantizando el acceso a las presentes y futuras generaciones, atesorando los valores de sus antecesores. Que el deporte de General Alvear ha sido y es un pilar fundamental en el ámbito social, cultural y turístico, por lo que se debe procurar crear espacios necesarios, para que puedan reconocerse e identificarse los elementos, eventos y personajes, ordenados cronológicamente desde este contexto de educación no formal, para ser apreciados y puestos en valor. Que la Educación es la base fundamental de nuestro museo, generando y fortaleciendo el desarrollo cultural en la sociedad. Que el deporte de nuestro Departamento se origina en las Escuelas Deportivas Municipales y establecimientos Escolares, como así también en Instituciones Deportivas y Clubes de relevancia; y que a jerarquizado a través del tiempo, generando deportistas destacados y llevándolos

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Distratar Terreno Gauvron Juan Pablo

O R D E N A N Z A   4664 VISTO: El Expte. 2021-01788477-GDEMZA-SECGOB#ALVEAR, por el cual se Solicita Distratar Fracción Terreno Sr. Gauvron Juan Paulo, y; CONSIDERANDO: Que el Sr. Juan Paulo Gauvron, se dirige al D.E. Municipal a efectos de solicitar el Distracto de una Fracción de Terreno Donada y Aceptada mediante Ordenanza N° 4189 Promulgada con Decreto N° 758-S.G./2015 e Inscripta a favor de la Municipalidad de General Alvear, Mendoza en Matrícula N° 4765/18 D 04 en el Registro de la Propiedad Raíz de la Segunda Circunscripción Judicial. Que la fracción en cuestión, ha quedado sin efecto la apertura del tramo de la Calle Proyectada I, entre la Calle Emilio Civit y la Calle Agustín Alvarez. Que atento a lo planteado, es necesario que este Honorable Cuerpo dicte la Ordenanza que disponga distratar el primer tramo de la Calle I Sin Nombre con una superficie de Según Mensura y Según Título de Cuatrocientos Cincuenta y Tres Metros Cuadrados con Sesenta Decímetros Cuadrados (453,60 mts2); con medidas lineales y linderos en primer tramo, al Norte 28,35 mts. con más terreno del donante; al Sur el igual dimensión que el lindero Norte con más terreno del donante; al Este

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