Política Ambiental Departamental
O R D E N A N Z A 3316 VISTO: El Expte. HCD 6051/06, por el cual se S/ Política Ambiental Departamental, y; CONSIDERANDO: La necesidad de contar con el desarrollo ambiental en el Ámbito Departamental. Que la Ley Nº 5961 General del Ambiente de la Provincia de Mendoza establece, los principios de la política ambiental provincial y que el Congreso de la Nación, en cumplimiento de lo establecido en el Art. 41º de la Constitución Nacional, dictó como presupuestos mínimos de protección ambiental para el País la Ley de Política Ambiental Nacional Nº 25.675. Que es necesario para el Municipio llevar adelante acciones integrales que le permitan enfrentar adecuadamente las consecuencias negativas del crecimiento desequilibrado que afecta a la Provincia de Mendoza y específicamente al Departamento de General Alvear. Que la evolución del conocimiento del ambiente y de sus interacciones por parte de la sociedad y de los grupos económicos, ha provocado un cambio en la forma de abordar el conflicto entre medio ambiente y desarrollo. Que resulta indudable que las actividades económicas buscan, por esencia, la satisfacción de necesidades humanas y que, paralelamente, esas actividades dependen del mantenimiento de las condiciones ambientales –del equilibrio ecológico-, por lo